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Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

11 respuestas
Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI
Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI
#1

Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

Buenas tardes. Surge una duda en cuanto a los supuestos de acceso al subsidio para mayores de 52 con en nuevo Real Decreto. Dice el art. 280.1 que podrán acceder al subsidio los trabajadores que en la fecha en que cumplan los 52 se encuentren en alguno de los supuestos del art. 274.1 es decir, haber agotado la prestación por desempleo entre otros. También dice que las personas que al momento de cumplir los requisitos de acceso no tuvieran la edad de 52, pero desde el momento de la finalización de la prestación por desempleo se hubieran mantenido inscritos ininterrumpidamente al desempleo, podrán acceder al subsidio cuando cumplan dicha edad.
Ahora bien, añaden después  " ... que a los efectos de este precepto haber agotado o cobrado la RAI o el SED NO SE ASIMILA  a quienes se encuentre en la situación prevista en el art. 274.1" (por ejemplo haber agotado la prestación por desempleo)
La pregunta es ¿cómo se interpreta esto último? La persona que por ejemplo cumpliera todos los requisitos para acceder al subsidio menos la edad y se haya mantenido inscrito ininterrumpidamente hasta los 52, pero también haya cobrado la RAI, ¿No puede acceder al subsidio por haber cobrado la RAI? O lo que quieren decir es que el cobro o la finalización de la RAI por sí sola (sin haber agotado una prestación por desempleo) no constituye supuesto de acceso ?
Creo que deberían aclarar meridianamente esto pq muchas cumplen los requisitos y por el hecho de que también hayan cobrado la RAI no lo veo lógico que no puedan acceder al subsidio para mayores de 52
#2

Re: Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

Es fácil aclarar esto si tenemos en cuenta que ya es el criterio actual del SEPE, únicamente lo incluyen en la Ley de Seguridad Social para evitar las sentencias judiciales que estaban considerando la RAI como causa de acceso al subsidio.
La RAI no es causa de acceso al subsidio para mayores de 52 años, pero en ningún lugar dice que cobrar la RAI anule otra causa de acceso previo. Por lo tanto se puede acceder al subsidio para mayores de 52 años si se permanece inscrito desde que se tuvo derecho a un subsidio, independientemente de lo que haya cobrado otra ayuda posterior o no.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

El que haya percibido la RAI no le cierra en absoluto el acceso a este subsidio.
La clave está en haber estado inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo desde una causa de acceso anterior en el tiempo. 

#4

Re: Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

Gracias por la aclaración. 
Por otro lado, en cuanto a estar ininterrumpidamente inscrito desde el agotamiento de la prestación contributiva ¿hay algún límite máximo de tiempo? Es decir ¿da igual haber estado apuntado al desempleo ininterrumpidamente 1 mes, dos años u ocho años?
#5

Re: Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

La Ley no establece nada al respecto, así que da igual el tiempo.
En este sentido quiero ver las instrucciones del SEPE sobre la nueva reforma que entra en vigor el 1 de noviembre.
Se añade una causa de extinción de la prestación contributiva por estar seis años suspendida sin haber reanudado, en principio no afecta a los subsidios.
Quiero ver que interpretación hacen de este precepto y si esa prestación, que no pudo generar un subsidio al no agotarse, podrá tenerse en cuenta como causa de acceso a un subsidio, a efectos del subsidio de mayores de 52 años.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#6

Re: Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

Sería una supuesta causa de extinción de una prestación que estuvo suspendida seis años y por tanto no se agotó. Al no agotarse supongo que no se puede considerar como supuesto de acceso al subsidio mayores de 52. 
Pero un ejemplo de persona que haya AGOTADO   la prestación por desempleo SIN HABER TENIDO NINGUNA SUSPENSIÓN,  aunque haya estado desde entonce digamos 8 ó 10 años inscrito ininterrumpidamente y cumpliendo los demás requisitos,  sí tendría derecho a acceder al subsidio  ¿Entiendo que es así?
#7

Re: Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

Si, en ese caso no hay nada que lo impida, ni ahora, ni a partir del 1 de noviembre 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#8

Re: Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

Buenos días. Una duda sobre este subsidio de >52 años. Según el párrafo siguiente que aparece en pág. 58210-58211 del nuevo decreto (creo que también figura en el actual subsidio):

“Las cotizaciones efectuadas conforme a lo previsto en el párrafo anterior tendrán efecto para el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación y porcentaje aplicable a aquella en cualquiera de sus modalidades, así como para completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilación anticipada. En ningún caso dichas cotizaciones tendrán validez y eficacia jurídica para acreditar el período mínimo de cotización exigido en el artículo 205.1.b), que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1, ha debido quedar acreditado en la fecha de solicitud del subsidio regulado en este artículo.”

Una persona que entre a cobrar el subsidio para >52 años en la actualidad habiendo cotizado 15 años que es el requisito mínimo para acceder. Si en un futuro cercano se aumenta el periodo mínimo de cotización exigido a 17 años por ejemplo, esto quiere decir que perdería el derecho a pensión contributiva por faltarle 2 años cotizados? Ya que los años cobrando el subsidio no se tendrían en cuenta a tal efecto según marca el decreto..
Muchas gracias y un saludo 
#9

Re: Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

En ese caso deberian establecer un régimen transitorio o unas instrucciones que aclararán ese tema, porque ¿Que se hace con un subsidio cuyo requisito principal es cumplir los requisitos para la jubilación si la persona llega a jubilarse y no cumple los requisitos? Estaríamos ante una paradoja de considerables proporciones 
Lo dicho, tendrían que aclararlo en la propia modificación o hacer unas instrucciones que lo aclararán.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#10

Re: Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

Gracias por la respuesta. No es descabellado pensar que se aumente ese mínimo de 15 años de cotización viendo como evoluciona y se alarga la edad de jubilación y recortes futuros para hacer sostenible el sistema, de ahí mi cuestión. 
Un cordial saludo 
#11

Re: Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

Hay un término en Derecho que se llama "seguridad jurídica". Con arreglo a la normativa actual, quien es beneficiario del SUB MAY  cumple los requisitos para tener derecho a una prestación contributiva de jubilación SALVO la edad. Si cambian los requisitos de cotización para jubilarse con repercusión en los mismos para acceder al SUB MAY,  a un actual perceptor del mismo  no le afectarán, salvo que su derecho actual quedase extinguido y tuviera que hacer una nueva solicitud al amparo de una normativa modificada. Para el que no crea que los años de subsidio de mayores cuentan como años cotizados para la jubilación, hay que tener en cuenta que mientras se mantenga al día la inscripción como demandante de empleo en tanto se mantenga  la condición de subsidiado,   la Doctrina del Paréntesis del TS echa por tierra cualquier denegación de solicitud de  prestación contributiva de jubilación. Y luego ya,  los más escépticos en este tema, quizá puedan  plantearse suscribir un CESS asociado al SUB MAY con el coste que ello supone.
Saludos.
#12

Re: Subsidio Mayores de 52 supuestos de acceso habiendo cobrado la RAI

Muy claro, muchas gracias por la información. Saludos