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Reanudación subsidio mayores 52 años .carencia de rentas ( fondos de inversión ,interés presunto)
Hola muy buenos días a todos.
Tengo una duda , a ver si me lo aclaráis los expertos.
Ejemplo, una vez que te suspenden el subsidio por límite de rentas 850.50/mes, cuando solicitas su reanudación teniendo en cuenta
las rentas del mes anterior ..
¿Los fondos de inversión no es necesario dar conocimiento al SEPE ,en la renudación del subsidio?,salvo que se haga efectiva realmente la venta de fondos,que tienen un interés real y computa a Hacienda.
El SEPE ,ya tiene conocimiento de mis fondos y si no los vendo ,no debo comunicar nada al SEPE ; le aplica el interés presunto ,para calcular si me conceden de nuevo el subsidio mayores 52 años.
Espero no haberme enrollado ,muchas gracias.
Saludos.
Tengo una duda , a ver si me lo aclaráis los expertos.
Ejemplo, una vez que te suspenden el subsidio por límite de rentas 850.50/mes, cuando solicitas su reanudación teniendo en cuenta
las rentas del mes anterior ..
¿Los fondos de inversión no es necesario dar conocimiento al SEPE ,en la renudación del subsidio?,salvo que se haga efectiva realmente la venta de fondos,que tienen un interés real y computa a Hacienda.
El SEPE ,ya tiene conocimiento de mis fondos y si no los vendo ,no debo comunicar nada al SEPE ; le aplica el interés presunto ,para calcular si me conceden de nuevo el subsidio mayores 52 años.
Espero no haberme enrollado ,muchas gracias.
Saludos.