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Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

26 respuestas
Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total
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Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total
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#16

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Espero que vean tu situación actual en la revisión y consideren que tienes que estar un año más de IPT, ahora mismo sería lo mejor para ti
#17

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Pero no me habias comentado antes q no tengo obligacion de volver?es q llevo mucho lio la verdad
#18

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Si, pero fue una confusión mía porque creía que ibas por lo menos a intentar que te hicieran el reconocimiento médico para que te saliera un no apto y te despidieran, por eso te decía que no te iba a hacer falta de esa manera volver.
#19

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Ok muchas gracias
#20

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Ok gracias por contestar
#21

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Buenos dias
Perdonar mi insistencia pero es q tengo un mar de dudas….
En caso de q m quitaran la pension por alta en la ipt .cuantos dias tendria para reincorporarme a la empresa? suponiendo que necesiten personal, he leido q 24h pero claro supongo q la empresa necesitaria un margen mas amplio para cuadrar turnos
Gracias de antemano 
#22

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Tu informas a la empresa de que te ha llegado la resolución de la revisión y que ya no tienes IPT, a ellos les llegar una resolución parecida pero sin explicar ningún motivo y la fecha de alta, supuestamente es al día siguiente de que te lo comuniquen por carta certificada pero lo mejor es hablar con la empresa y llegar a un acuerdo para ver qué día reincorporarte. Tiene que ser un consenso entre los dos, muy probablemente te digan que quieren que pases una revisión médica primero y hasta que no tengan el resultado de apta, no apta o apta con limitaciones no te hagan incorporarte.
Es algo que debes de manejar con la empresa.
Un saludo 
#23

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Vale muchas gracias
#24

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Hola, si tú te encuentras bien para volver a trabajar y la empresa  te adapta a tu puesto de trabajo por supuesto que puedes volver la empresa está obturada a guarda tu puesto de trabajo. Ahora si no te encuentras bien bien para trabajar y la empresa no tienes puesto para adaptar a ti , yo no cobraría el paro, buscaría un buen abogado para seguir con tu incapacidad permanente total. Ya nos contarás, suerte y ánimo, felices fiestas 
#25

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Muchas gracias por contestar
Un saludo felizes fiestas!!!☺️
#26

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Puede hacer ambas cosas, pedir el paro y reclamar al INSS y así tiene cubiertas las espaldas de no triunfar la reclamación 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#27

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Disculpa Franjgr,  pero creo que el paro ya se ha consumido para el calculo de la IP,,, no tendria derecho a ningun paro a menos que haya trabajado y generado paro nuevo mientras tenia la condicion de IPT.. 

O quizas, tu te refieres, a que como solo lleva un año de IP, en el supuesto que en su momento le pertenecieran 2 años , le seguiria quedando 1?... Si te refieres a eso, yo pensaba se consumian los dos años igualmente , pero tengo mis dudas...Y seria interesante saberlo..Si puedes aclararlo, lo agradeceria.

Un saludo
#28

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

Si se retira la incapacidad permanente total se rehabilitan las cotizaciones que se utilizaron para calcular la incapacidad retirada. 
Si la empresa despide a la persona por no pasar el reconocimiento médico (incapacidad sobrevenida), además existe situación legal de desempleo y se puede solicitar la Prestación contributiva.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#29

Re: Estoinobligada a boler a mi puesto de trabajo, tras el alta de la ipt? - Incapacidad Permanente Total

""""""Si se retira la incapacidad permanente total se rehabilitan las cotizaciones que se utilizaron para calcular la incapacidad retirada"""""......

Pues , siento discrepar en este punto,, segun dices , no es que se rehabiliten el periodo proporcional que no has gastado en esa corta IP ( revisada en p.ej. 6 meses y retirada), sino que comentas que se rehabilitan todas para un futuro calculo de prestacion por desempleo...Aun habiendo estado 6 meses de IP... 

Este es un tema que me mire muy mucho antes de que me concedieran la IP, por si era luego revisable en un periodo corto,,,y llegue a la conclusion por todo lo que lei,, que aun habiendo estado tan solo 3 meses de IP.... las cotizaciones utilizadas para calcular esas IP, se perdian TODASSS, tan solo para efectos SEPE,,,Matizo efectos jubilacion y cualquier otra IP posterior si existen,  TaN  solo a efectos SEPE,, dejan de tener uso ... En pocas palabras y mas sencillo,, Si te conceden una IP, teniendo el tope de paro, 2 años,,, te la revisan en 6 meses y te la quitan,, no tienes derecho a paro ni a un año y medio y menos aun a 2...Directamente no hay paro.. Sino poco sentido tendria el subsidio por revision incapacidad desaparecido este año , que en parte lo sustituye el de mayores de 52 años...

Ilogico,, injusto, si ,,, pero a mi entender y por toda la informacion que busque al respecto,, creo que es asi...El SEPE tiene sus propias leyes .. Y reitero,, esa misma info, la busque hace 2 años ya, antes de mi concesion IP,, Y la he vuelto a buscar a raiz de tu afirmacion, y lo unico que encuentro es que esas cotizaciones anteriores a iP, desaparecen para una futura prestacion por desempleo,,..Solo para eso exclusivamente..

Si tienes algun enlace fiable donde corrija lo que estoy diciendo , o bien confirme lo que tu dices, te lo agradeceria, Porque es una informacion muy importante, bastante importante..

Y añado, si hay algun forero que despues de una retirada de IP, tanto IP corta como larga en el tiempo ( sin haber cotizado, o trabajado simultaneamente con esa IP,)  Ha podido cobrar el paro generado anterior, que lo cuente,  seria de agradecer para sacar algo en claro, y definitivo..

Un saludo