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Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

11 respuestas
Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total
Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total
#1

Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

Hola chicos otra vez por aqui, os cuento recibimos la resolucion aceptada con IPT el 05/06/2025 y pensabamos que la empresa no se iva a pronunciar pero hoy nos ha dado la sorpresa y han llamado a mi marido diciendole.: 

Que les habia llamado el asesor laboral que INSS es habia pasado la resolucion del expediente y que con la ley nueva que se ha aprobado les obliga a INCORPORAR al trabajador a un puesto adaptado a sus limitaciones dentro de la empresa y si el estaba de acuerdo con esto.
Respuesta de mi marido que por el no hay ningun tipo de problema a lo que le suma diciendole que si ellos saben las limitaciones que el tiene para poder adaptar el puesto de trabajo, a lo que le responden de que no. Y le sigue diciendo mi marido que sino saben cuales son sus limitaciones que como van a ofrecerle un puesto adaptado, a lo que ellos le dicen:
Tienes varias opciones, que te adaptemos el puesto de trabajo y volver, que valoremos junto con prevencion de riesgos labores tus limitaciones y ver si hay una adaptacion y si no la hubiera pues hacer un certificado para justificar que por tus limitaciones no se pueden adapatar o que directamente renuncies y sigas cobrando solo tu IPT.
Respuesta de mi marido, que evidentemente lo tiene que estudiar y valorar y ponerlo en manos de nuestra abogada y a lo que le pregunta de cuanto tiempo dispone para poder darles una respuesta. Le han dicho que dispone de 20 dias desde que ha recibido la resolucion
Alguien que me pueda orientar si esto va asi ahora?, aunque salgamos de dudas mañana con la abogada, me gustaria que si vosotros seguro que estais mas puestos en esto jaja que yo me ayudais un poquito

gracias chicos 

#2

Re: Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

Por cierto su puesto de trabajo es de montador de cubiertas, y en la resolucion de cadiz pone lo siguiente: 
 Y analizadas las secuelas descritas y las tareas realizables por el titular, este Equipo de Valoración de Incapacidades, propone a la Dirección Provincial del La calificación del trabajador como incapacitado permanente, en grado de TOTAL Se podrá instar la revisión por agravación o mejoría a partir de 26-5-2027, en tanto no haya cumplido la edad mínima establecida para acceder al derecho a la pensión de jubilación. 
#3

Re: Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

Se veia venir esto.. La empresa se cura en salud (porque sera relativamente grande y con varios puestos) ofreciendo una adaptacion porque  tu marido no tiene reserva de puesto de trabajo, Con la adaptacion "ofrecida"  ellos son conscientes que se suspendera su IP, y entiende que vosotros lo sabeis tambien,, cosa que seguramente no os interesa, y os interesaria mas una reubicacion , que no os van a ofrecer (en un principio), Ellos han cumplido y le han ofrecido una reincorporacion y asi no podreis poner demanda, Lo logico ( no siempre) es que no le interese la rechaze y ellos han cumplido con la ley.... Hacer una prueba , que pida la reubicacion que si es compatible con la IP,,, a ver que le dicen...

Por cierto , son 10 dias no 20 a contar desde la recepcion resolucion IP..

#4

Re: Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

Por cierto tampoco es cierto que a la empresa se le obligue a ofrecerle un puesto adaptado o reubicado, solo en caso de si el interesado lo solicita, y si no tiene reserva de puesto de trabajo...Si no lo solicita obligacion , ninguna. Pasan los 10 dias , se pierde ese derecho, y la empresa extingue el contrato.
#5

Re: Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

Buenos dias gracias por tu respuesta, en un rato la abogada nos sacara un poco de la duda sobre todo esto.

os cuento en cuanto sepamos algo

saludos y gracias por todo.
#6

Re: Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

Si por favor, cuando hables con la abogada cuéntanos ya que es el primer caso donde la empresa quiere aplicar la nueva ley y de momento lo ha hecho al revés.
Sois vosotros los que tenéis que avisar a la empresa en 10 días y no la empresa a vosotros.
Un saludo 
#7

Re: Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

Buenos dias Jose luis, la verdad que no sabiamos que teniamos que ponernos en contacto con la empresa, al reves pensabamos que ellos eran los que nos tenian que decir algo, esto de la nueva ley y demas nos tiene un poco fuera de juegos.
A lo que el otro compañero nos ha dicho por aqui, lo de la rehubicacion y no la adpatacion del puesto o al reves, tampoco sabiamos que si el acepta una incorporacion perderia su IPT,  pero si es la rehubicacion quiero recordar que ha puesto el compi anterior si puede estar cobrando la IPT.
A esto quiero añadir que no se el sentido que tiene puesto que si te conceden la IPT para tu puesto de trabajo es mas que viable que al mismo mismo no puedes volver, ( una empresa que se dedica a albañileria general y a montadores de cubiertas en un sector de la sedimetalurgia) ni ellos mismos cuando ayer llamaron sabian ni en que puesto lo podian poner ni nada de nada de las limitaciones de mi marido. Por lo cual te quedas un poco como diciend?????? y esto????

Y sumado a todo esto en el informe de sintesis pone lo siguiente:

 *LIMITADO PARA ACTIVIDADES CON RIESGO ACCIDENTABILIDAD Y/O RIESGO A TERCEROS 

por lo cual a ver que tal con la abogada y que nos saque un poco de la duda....

gracias de nuevo 
#8

Re: Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

hola chicos, pues bien despues de un dia de locos, por fin en casa.

Pues bien, lo primero: los que reciben aprobada la IPT y tienen el contrato en suspension con la empresa, tienen 10 dias para comunicar por escrito que si esta de acuerdo en que la empresa le rehubique, o adpate o simplemente no quiere ninguna de las anteriores causas y automaticamente se queda cobrando la IPT.
Segundo: la empresa tendra entonces hasta 3 meses desde que recibe este documento del empledado para que junto a riesgos laborales hacerle al empleado un reconocimiento y donde expecifique que si es apto y que no es apto. Y a partir de tener esta valoracion del empleado redactar la empresa un informe donde diga si hay un puesto diferente a lo que el venia haciendo por lo cual cobraria la IPT y a su vez su remuneracion economica por su nuevo puesto de trabajo, readaptar a las limitaciones su antiguo trabajo y evidentemente si acepta no cobraria la IPT y/o que la empresa no pueda readptar ni pueda tener un nuevo puesto de trabajo en el que pueda estar trabajando por lo cual se quedaria el contrato x extinguido y se quedaria cobrando la IPT y al haber un despido si obtentria imdenizacion por el despido.
tercero: si esto no se diera es decir que si la empresa en el plazo de esos 3 meses no se pronuncia y no dijera nada se da por entendido que hay un despido que no es procedente y se puede demandar ( esto no es viable con la empresa de mi marido ya que ellos si se ha pronunciado).
Por lo cual en nuestro caso la abogada nos va a redactar un escrito para presentar en la empresa para ver respuesta sobre la reubicacion o adaptacion a el puesto de trabajo de mi marido.
Eso si, nos ha dicho que la empresa no va a inventar o hacer un puesto de trabajo a medida ni a corde de mi marido cuando no sea viable o si no existe la opcion ha hacerlo es decir que no van a inventar un puesto para poder mantenerlo en la empresa, sino de lo que hay pues hacer los ajustes si son posibles o no.
Tienen que tener en cuenta la alta tasa que puede tener cada empleado de siniestralidad dentro de su nuevo empleo o adaptacion ya que quizas esa alta tasa sea incompatible con cualquier tipo de trabajo independintemente si es adptacion o rehubicacion
No se si me he explicado o lo he liado mas.

lo unico que se es que esta nueva ley esta dando muchos dolores de cabeza a todos porque deja un abismo y un abanico muy amplio y dificil de abarcar y de ponerse de acuerdo en muchos sectores de las empresas, como  en todo habra casos que sean muy facil y en otros mas complicados.

Asi que de momento mandamos escrito y esperamos a que la empresa en estos 3 meses se pronuncie que es lo que va a hacer junto a prevencion de riesgos labores.

saludos y gracias 
#9

Re: Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

Todo bien , pero hay una cosa que tengo que discrepar con tu abogado/a por muy abogado que sea...Y me extraña que lo haya explicado asi... copio y pego:

La empresa no pueda readptar ni pueda tener un nuevo puesto de trabajo en el que pueda estar trabajando por lo cual se quedaria el contrato x extinguido y se quedaria cobrando la IPT y al haber un despido si obtentria imdenizacion por el despido.

Este parrafo es en lo unico que no estoy de acuerdo,, si la empresa puede demostrar que con ajustes razonables no es posible adaptar ni reubicar,,, no se tiene derecho a ningun despido, cero patatero,,,  quedaria la cosa tal cual era la ley antigua,, extincion por la concesion de IP Sin reserva de puesto de trabajo.. Pero sin indemnizacion , Igual que antes vaya,...

Pero tiene que poder demostrarlo ... Que luego uno pone una demanda porque la empresa dice misa y tu no te lo crees , porque si lo ves viable, tanto adaptacion como reubicacion, ahi ya es otra causistica , te pueden indemnizar en acto de conciliacion o llegar a un acuerdo economico, pero porque la empresa no tiene claro de poder demostrarlo delante de un juez,,,, Si es sencillo de demostrar y no es viable, en un principio no hay indemnizacion y si extincion..

Aun asi , muchas gracias por contarlo tan bien y explicar tu experiencia con la abogada,

Un saludo
#10

Re: Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

Fijate que es de sentido comun,,, segun lo que comentas que te ha dicho tu abogada... en el supuesto de una fruteria o una tienda de ultramarinos pequeña, una persona pide la reincorporacion y lleva 20 años ahi.... Tan solo hay 3 puestos en estas dos empresas,,, y son sus ajustes razonables no pueden ni crear un puesto compatible, ni adaptar nada,, porque no se puede,, porque no es viable, y lo puede demostrar facil la empresa,,, Crees que seria logico que ese pequeño empresario pagara una indemnizacion bien sea un despido objetivo 20/12  por ineptitud sobrevenida calculandolo sobre los 20 años de antiguedad?.... Vamos ,, se irian al carajo muchisimas micropymes.. Esta ley esta hecha para que arrime el hombro la gran y la mediana empresa y a la vez para pagar menos IP,  en los casos de adaptacion.

Dejo enlace donde lo explican bastante entendible, y atencion donde pone extincion justificada, que es justamente a lo que me estoy refieriendo.

https://www.uso.es/estos-son-los-cambios-ley-2-2025-regulacion-laboral-incapacidad-permanente/#:~:text=El%20trabajador%20debe%20comunicar%20su,la%20situaci%C3%B3n%20funcional%20del%20trabajador
#11

Re: Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

hola buenas tardes, quizas lo hayamos entendido mi marido y yo mal. 

Y yo asi lo he interpretado, os voy contando con los acontecimientos que vayamos teniendo, en este proceso.

siento la confusion que haya podido causar por aqui, en cuanto tengamos respuesta de todo y se vayan aclarando un poco mas todo os ire diciendo por aqui
como siempre gracias

#12

Re: Como proceder despues de una ipt con la empresa - Incapacidad Permanente Total

lo que he dicho en el siguiente mensaje quizas lo hayamos mal interpretado con tanta informacion de golpe y tantos frentes abiertos, 

si ha causado alguna confusion, pues mil perdones, en cuanto sepamos mas, o como va desarrollandose nuestro caso lo haremos saber por aqui, saludos y como siempre

gracias