"...Si la constructora lo que cree conveniente"
Vaya claúsula más concreta y alejada de interpretaciones; vaya contrato te han hecho, y eso que no lo he leido.
Ten cuidado por favor.
Apreciado amigo Ankaser; yo entiendo que la subida del IVA no es más que una maniobra para ganar tiempo, pues es una medida de sobra impopular y que grandes economistas entienden errónea; y ellos te dirán:"En el reino Unido también se sube, pero en este caso estaba ya previsto hacía tiempo, y, de alguna forma, lo han digerido".
La última vez que se subió el IVA fue en 1996, y España no estaba tan mal como ahora; Y sabes cual fue el resultado?...una menor recaudación;porqué? porque tenemos la sana costumbre de que cuando nos quieren apretar las tuercas, salimos por la tangente, nos sale el torito que llebamos dentro... y empiezan a hacerse negocios en "B".
Y estoy seguro que el Gobierno lo sabe de buena tinta que van a recaudar menos, pero entonces; quien tendrá la culpa?...y el Gobierno dirá:"Los ciudadanos", que no cumplen con su obligación de declarar todo el iva soportado y repercutido.
Esto en castellano se llama "PROYECCIÓN DE CULPA", y es lo que quieren conseguir con esta medida.
Saludos
Si no ofrecen buenos depósitos, pero se compensa con un buen asesoramiento, te aseguro que a mi me vale.
Si tú te vas al mejor postor, es una postura respetable, pero yo en cambio tengo mi dinero donde me tratan y asesoran como es debido; por un 0.5% no me muevo; hay servicios que no son liquidos, pero si cuantificables.
Por otro lado es un privilegio que en este foro haya bancarios, pues nos dan una información privilegiada "del otro lado del mostrador", y nunca han pretendido captar un cliente, sino contarnos sus experiencias desde su punto de vista.
De ningún modo pierden el tiempo, y mucho menos el nuestro, por lo menos el mio.
Un cordial saludo
Al Notario, puesto que el plazo ya ha pasado, hazlo de palabra; simplemente puede ser un error de confección de factura, aunque pueden aceptar una reclamación formal; en cuanto al Registrador, aceptan reclamaciones en el plazo de un año.
La OCU desglosa una serie de consejos para verificar que la minuta está bien realizada y señala cómo ha de presentar la reclamación en caso contrario:
Pida que rectifiquen la minuta si en ésta no aparecen los conceptos desglosados.
Lo primero que debe hacer es comprobar los importes cobrados, de forma que se ajusten a las tablas arancelarias.
Reclame de palabra. Muchas veces basta con una simple queja si considera que le han cobrado más de lo debido. Solicite al notario o registrador que rectifique la factura y le devuelva el dinero cobrado indebidamente.
Si el anterior proceso no fructifica, puede presentar una reclamación ante la junta directiva del Colegio Notarial de la provincia o ante la junta directiva del Colegio Nacional de Registradores (C/Príncipe de Vergara, 72. 28006 Madrid). En el caso de los notarios, la apelación se puede realizar en un plazo de 15 días hábiles (sin contar domingos ni festivos), aunque la junta directiva del Colegio Nacional siempre admite las reclamaciones, a pesar de que se presenten más tarde del tiempo fijado. Los registradores aceptan las impugnaciones durante un año.
Antes de recurrir a los tribunales (ya sea por la vía contenciosa-administrativa o la vía ordinaria, que es más recomendable) puede acudir a la Dirección General de Registros y del Notariado (C/ San Bernardo, 19. 28015 Madrid), en el plazo de 10 días.
Saludos