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Participaciones del usuario Asesor

Asesor 12/02/24 13:30
Ha respondido al tema Seguro para propietario de bar alquilado
 En este tipo de actividad, al inquilino no le sirve cualquier cantidad en cte, ni primer riesgo, ni obras de reforma, para la obtención de la licencia tiene que cumplir con los requisitos que le marque su comunidad autónoma, todo lo que este por debajo de lo indicado en la norma que lo rige, es multa, y se cobra, su mediador, si es profesional del seguro, lo tiene que conocer. 
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Asesor 12/02/24 10:24
Ha respondido al tema Seguro para propietario de bar alquilado
 Como sois, queréis apretar y ajustar y vais a lo loco, ¿seguro que el inquilino cuando se marche se llevara sus tuberías y su instalación eléctrica? Una cosa es que por un acuerdo el realice y pague estas instalaciones y otra que sean suyas y no del propietario. Como bien dices, tu asegura lo tuyo, con su valor, que te lo calculara tu mediador, y el que asegure lo suyo, teniendo en cuenta que esta actividad tiene su propia legislación dependiendo de la comunidad donde se encuentre y que seguramente tenga unos capitales mínimos en RC e incendios, dependiendo del aforo, que tenga que respetar para poder tener la licencia, eso ya se lo dirá su mediador cuando realice el contrato. Hablarlo con vuestros mediadores, pero tener claro lo que es de cada uno, independiente de quien lo realice o pague. Un saludo. 
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Asesor 29/12/23 09:54
Ha respondido al tema Que se puede hacer si la compañia aseguradora no me informa debidamente
Leo que se trata de SegurCaixa, contratos a tres años con facilidad de pago mensual, pues lo mismo, tu puedes cancelar la subcripcion de la poliza cuando quieras, simplemente te indicaras que pierdes la facilidad de pago mensual y que tendras que abonar el resto de la prima del contrato firmado, no tendras problemas.en este foro existen muchas consultas sobre este tema de los tres años de SegurCaixa, y como realizaron la anulación de la póliza sin tener que esperar al vencimiento, utiliza la búsqueda del foro y quizás encuentres una solución con la experiencia de otros foreros.Lo de la reparación lo que ya te indicaron, tu decides, espera a la aceptación de culpa, si es lo que prefieres y cuando tu seguro te comunique que ya la tiene pues lo peritas, y lo reparas cuando quieras, recuerda que quien pagara esa peritación y esa reparación será tu seguro, no el contrario.Suerte.
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Asesor 28/12/23 10:00
Ha respondido al tema Seguro de salud recomendado
si estas en un colectivo, que ya tiene pactados unas primas, y lo lógico es que sea a mejor, y la diferencia son 30 euros al mes, algo no esta bien, o no te lo cuentan todo o el colectivo tiene que renegociar, comunícaselo al colectivo con la oferta que te dan, o asisa no te da lo mismo.
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Asesor 28/12/23 09:49
Ha respondido al tema Seguro para edificio completo (Con dos propietarios diferentes)
Los seguros de edificios son para las zonas comunes, digamos que "de puerta de vivienda para adentro no cubre", si existen seguro de edificios que como garantías opcionales te cubren los daños por agua de conducciones privativas, la rotura de cristales exteriores privativos y la restauración estética privativa, así como la RC de conducciones privativas.Si no es esta póliza de edificio la que te recomienda el nuevo corredor, y que te quedarías corto y con problemas,  lo que te hace tu corredor es lo mas correcto, una póliza por piso y la del edificio, RC entre padre e hijo no la tienes, por tanto mejor lo que tienes, el alquiler es un negocio y yo no ahorraría en mi negocio, todo lo que invente en mi beneficio será, a la larga peor para mi, es raro que un corredor te este recomendando que solo contrates el de edificio, eso solo es buscar problemas donde no los tiene que haber. 
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Asesor 27/12/23 17:37
Ha respondido al tema Que se puede hacer si la compañia aseguradora no me informa debidamente
1) ojala pudier cancel.larlo antes de tiempo, pero entiendo que no se puede hacer, o si ?Los seguros se pueden cancelar cuando lo consideres oportuno, carta solicitando anulación a la fecha de solicitud y listo. la aseguradora se quedara con el resto de prima no consumida.2) El contrato que tengo supongo que me da el derecho de poder reparar y que pague la compañia que tiene la culpa como este es el caso; y eso es lo que queremos hacer, pero eso no nos quita el derecho de que pase el perito.....no ? Con esa garantia tu estas solicitando que te repare y pague al taller tu aseguradora, despues tu aseguradora ya hara las gestiones oportunas con el seguro del contrario, si existe, pero con esta garantia quien repara y paga es tu aseguradora, 3) Nosotros no queremos incumplir ninguna norma basica, simplemente queremos que nos reparen el coche y que pague el culpable ( eso no es incumplir no ? ).Para esta cobertura tu seguro no reparara ni pagara al taller, tendrás que optar por la cobertura de reclamación de daños, te lo tramitara tu aseguradora, y quien perita y paga la factura que se aporte, será la aseguradora del contrario, si esta acepta la culpabilidad de su asegurado.4) La compañia me acaba de responder :  que ellos ya han reclamado y que tal reclamacion es independiente de si el vehiculo se perita y se repara o no, y que si es necesaria la peritacion ya me llamaran para solicitar peritar el coche. Tu aseguradora esta haciendo la gestión de averiguar (ya que les estas solicitando que sean ellos los que reparen y paguen tus daños), con la otra aseguradora, quien es el responsable de los daños ocasionados, esto tienen unos plazos máximos de respuesta por parte de la otra aseguradora, si esta acepta la culpabilidad de su asegurado, tu seguro te solicitara que el mandes la factura de reparación o que lleves el vehículo a un taller para peritarlo, si te viene bien lo dejas que te lo reparen y si no te lo llevas y ya lo repararas, y no tardes mas de un años, por si...
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Asesor 27/12/23 09:37
Ha respondido al tema Daño ocasionado por empresa aseguradora en búsqueda de una avería agua
Por aclarar, el sellado de las filtraciones no tiene cobertura en el seguro, dentro de los daños por filtración, la garantía de filtración por defecto en sellados de juntas, tienes un limite máximo de indemnización de 300€, que es lo que te están dando, ya que los daños producidos superan ese limite, no confundas coberturas, los 300€ no son para que tu selles las juntas, son para cubrir los daños producidos, y solo para el continente, que si el armario lo consideran contenido, no tendrías cobertura.Otra cosa es que los operarios, en la búsqueda, te produzcan daños, esos daños los tendrían que asumir ellos, si son daños que nada tienen que ver con la búsqueda.Háblalo con tu mediador mas profundamente, seguro que llegara a darte una explicación que tu puedas comprender.
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