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Participaciones del usuario Asesor

Asesor 23/11/23 10:15
Ha respondido al tema Seguro Pelayo un desastre ,podía estar muerta
 Hola, no termino de entender lo que hacías, pero me parece que indicas, que según que vehículo, utilizabas un único seguro para los dos, y que ¿cambiabas la matricula del seguro dependiendo de que vehículo conducías? La ley, no cualquier chascarrillo, la ley, indica que todo vehículo, que este dado de alta en la DGT, obligatoriamente, tiene que tener un seguro de RC, es por ley, no por decisión propia del propietario. Tu misma saca las conclusiones de que era, y es, lo que tienes contratado. Un saludo. 
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Asesor 21/09/23 10:34
Ha respondido al tema Asegurados
 Hola, perdóname pero,  ¿dónde esta la diferencia con la definición de Mapfre? Las dos dicen lo mismo, nose. 
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Asesor 21/09/23 10:17
Ha respondido al tema Cancelación de seguro hogar
 Hola, a ver si afino algo mas, actualizar el continente que tienes contratado actualmente no te supondrá mucha prima de diferencia, seguramente el nuevo continente que tengas que poner sera muy similar al que tienes, ya que con la revalorizan de capitales del seguros, que se tiene todos los años a la renovación, estará muy similar, solo tendrás que indicarles el nuevo valor y que modifiquen la clausula hipotecaria de la póliza a favor del nuevo banco. La modificación de la póliza la realizas tu, no la realiza tu aseguradora, por tanto, sera tu actual seguro el que tenga que aceptarla y continuar con el contrato, seguramente tu no puedas alegar cambio de condiciones para anular la actual póliza. Pero se trata de un banco y con los bancarios hemos topado, te puedes encontrar de todo. Suerte. 
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Asesor 15/09/23 09:48
Ha respondido al tema La ley animal entra en vigor en septiembre: todo lo que deberán hacer los dueños de perros y gatos
Esa exclusión si que figuraba anteriormente en el condicionado, pero en los nuevos condicionados a desaparecido, por tanto se entiende que registrando a la mascota en una clausula o contratando la optativa de APP, se estaría cumpliendo con la legalidad, solo como información, en la comunidad de Madrid, ya llevan unos años que este seguro es obligatorio para mascotas y de momento, que se sepa, sin ningún problema con la contratación de la mascota en el seguro de hogar.
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Asesor 14/09/23 10:29
Ha respondido al tema La ley animal entra en vigor en septiembre: todo lo que deberán hacer los dueños de perros y gatos
Hola, según lo que indicas, yo entiendo que, lo único que se tiene que hacer, si no se hizo, para perros no PPP, es notificar a la aseguradora la identificación del animal y incluirlo en una clausula en la póliza, los PPP ya están identificados en las pólizas de hogar y se paga su prima, no conozco los condicionados de las aseguradoras pero te pongo lo que dice este condicionado:  4.2. Responsabilidad civil por animales de compañía Extendemos la responsabilidad civil del punto 4.1. anterior por la propiedad o tenencia legal de los siguientes animales que convivan en la vivienda asegurada y no sean utilizados con fines comerciales: gatos y perros de compañía, aves, roedores enjaulados, peces y tortugas. No tienen la consideración de perros de compañía los potencialmente peligrosos, como se definen en la siguiente garantía Responsabilidad civil optativa de perros peligrosos. 5. Responsabilidad civil optativa de perros peligrosos ¿Qué cubre? Hasta el capital asegurado para Responsabilidad Civil por siniestro y año y el límite por víctima que se indican en las Condiciones Particulares, mediante la contratación optativa de esta garantía incluimos la responsabilidad civil por la propiedad y tenencia legal de perros potencialmente peligrosos, según se definen a continuación, e identificados en las Condiciones Particulares: a) Los que pertenezcan a las siguientes razas y cruces con ellas: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu, Doberman, Bull Terrier, American Pitbull Terrier, Presa Canario, Presa Mallorquín (Ca de Bou), Mastín Napolitano, Dogo de Burdeos, Dogo del Tíbet y Bullmastiff. b) Los de cualquier otra raza o cruce de razas recogidas en la normativa aplicable en la comunidad autónoma del domicilio del asegurado. c) Los que, aun perteneciendo a otras razas o cruce de razas distintas a las anteriores, sean considerados peligrosos por la autoridad competente debido a sus características y/o antecedentes de agresiones. 
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Asesor 08/09/23 09:59
Ha respondido al tema Duda de siniestro seguro de coche
 Hola, lo que diga el bancario tendrás que verificarlo tu, en las definiciones de tu póliza, como norma general el asegurado, y así lo indica tu póliza, tiene que ser el propietario del bien, si tu no eres propietario del vehículo, no podrás ser nunca el asegurado, lo que si podrá el taller es emitir una factura a tu nombre, como tomador del seguro, para el pago de la franquicia, ya que tu, como tomador de la póliza contratada, eres quien acepta esa franquicia, pero no como asegurado de la póliza. Para cobrar un indemnización por daños materiales, sera al revés, tu no podrás por no ser el asegurado y propietario del vehículo, lee la definición de tomador del seguro de tu póliza y lo tendrás mas claro. Problemas con tu hija, pues si ya tiene 25 años, no creo que tengas ningún problema, mas haya de los que ellos te quieran poner, pero serian solo trabas para perder tiempo, tu estarías en la legalidad, como te indican, sus condiciones de contratación ya se cumplen, es como si no pusieses ningún conductor declarado en la póliza, siempre que se cumplan sus normas de contratación, cualquier vehículo lo podrá conducir otra persona. Si le mandaste la documentación a nuestro compi, ya nos ira poniendo al día de lo que indica esta documentación. Un saludo. 
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