Hola, lo que diga el bancario tendrás que verificarlo tu, en las definiciones de tu póliza, como norma general el asegurado, y así lo indica tu póliza, tiene que ser el propietario del bien, si tu no eres propietario del vehículo, no podrás ser nunca el asegurado, lo que si podrá el taller es emitir una factura a tu nombre, como tomador del seguro, para el pago de la franquicia, ya que tu, como tomador de la póliza contratada, eres quien acepta esa franquicia, pero no como asegurado de la póliza. Para cobrar un indemnización por daños materiales, sera al revés, tu no podrás por no ser el asegurado y propietario del vehículo, lee la definición de tomador del seguro de tu póliza y lo tendrás mas claro. Problemas con tu hija, pues si ya tiene 25 años, no creo que tengas ningún problema, mas haya de los que ellos te quieran poner, pero serian solo trabas para perder tiempo, tu estarías en la legalidad, como te indican, sus condiciones de contratación ya se cumplen, es como si no pusieses ningún conductor declarado en la póliza, siempre que se cumplan sus normas de contratación, cualquier vehículo lo podrá conducir otra persona. Si le mandaste la documentación a nuestro compi, ya nos ira poniendo al día de lo que indica esta documentación. Un saludo.