Blanchiki
30/10/14 09:28
Ha comentado en el artículo ¿Vender la vivienda antes o después de 2015? Reforma fiscal
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Sólo pagarías plusvalía por la diferencia entre lo que declarasteis como valor para el Impuesto de Sucesiones y la venta.
Por tanto es sumamente importante que tengas claro eso.
La fecha de adquisición es la del fallecimiento de tu padre.
las cifras que manejas de 1990 y 50000 euros NO TIENEN YA NADA QUE VER, tenlo claro. olvídate de ellas.
Cuando heredaste pagarías IMPUESTO DE SUCESIONES.
Cuando vendas pagaras la parte que te toque dependiendo de varios factores en el IRPF del año en que vendas, de hecho como bajan los tipos de la base del ahorro que es donde irán estas plusvalias, creo (y lo digo muy someramente, tendrías que hacer números) que te conviene vender el año que viene o subsiguientes.
Si teníais claro que íbais a vender el local, deberíais haber puesto el valor mas alto posible a este a efectos de Impuesto de Sucesiones, ya que así habríais pagado poco (no recuerdo los números y depende de varios factores pero a ojo siendo hijo no creo que más de un 5%); y así ahora las plusvalías serían mínimas y esas si que tributaran alrededor del 20%.
Un saludo