Pues no cambia mucho porque esa compra del 10.02 sigue siendo recompra de las acciones vendidas el 31.12 y no se podría compensar la pérdida.Lo que sucede es que la última venta del 22.02 no tiene recompras y, por tanto, saca de tu patrimonio esas acciones recompradas dejando el saldo de acciones a cero, por lo cual todas las pérdidas pueden compensarse.Eso mismo me faltó añadir en la respuesta anterior, en la que pasaba lo mismo. Se puede compensar todo en ambos casos.Saludos.
En el ejemplo 1, la compra de 1 acc del 28-1-22 es recompra de la primera venta del 20-12-21, luego su pérdida de 10 € no se puede compensar. La otra pérdida sí se podría.En el ejemplo 2, teóricamente aunque pases de año fiscal la regla sigue vigente, de forma que esas operaciones del inicio de 2022 influyen en las del final de 2021. Como todas las operaciones son de compra y venta y el saldo final es cero, se podrían compensar todas las pérdidas y ganancias.Saludos.
En este caso, la primera venta con pérdidas son las 1000 acciones del 25/01. Esa venta, que tras el 04/02 no tenía nada recomprado al haber quedado saldo nulo de acciones, tiene recompradas todas las acciones adquiridas en los dos meses posteriores, a saber: 1000 del 26/02 + 1000 del 03/03 + 1000 del 05/03 + 700 del 19/03 + 500 del 22/03 = 4.200 acciones.La siguiente venta con pérdidas es la del 22/03 (1.000 acciones), que no tiene recompras en los dos meses anteriores (todas son recompras ya de la del 25/01), pero sí en los dos posteriores: 500 del 12/04 + 1000 del 20/04 + 1200 del 11/05 + 500 del 13/05 = 3.200 acciones.La venta del 6/5 (1.500 acciones) también tiene pérdidas que quedan parcialmente bloqueadas por la compra de 550 acciones del 30/6. Se puede considerar efectiva la transmisión de 950 acciones.Y la última venta del 28/9 (700 acciones) tiene recompradas las 550 acciones del 20/8 (en los dos meses anteriores) y las 800 del 13/10. En total, 1.350 acciones.El resto de ventas pueden considerarse efectivas (es decir, sin recompras imputables a ellas), por lo que el saldo final de acciones recompradas de cada venta con pérdidas, a fecha 13/10/21 (saldo total = 2.900 acciones), quedaría así:1. Venta 25/01 = 1.000 acciones vendidas y 4.200 - 1000 (4/3) - 1000 (15/3) - 1200 (7/4) - 950 (6/5) = 50 acciones recompradas --> Se puede compensar la parte proporcional correspondiente a 950 acciones. 2. Venta 22/03 = 1.000 acciones vendidas y 3.200 - 950 (6/5) = 2.250 acciones recompradas --> Toda la minusvalía bloqueada.3. Venta 06/05 = 1.500 acciones vendidas y 550 acciones recompradas --> Se puede compensar la parte proporcional correspondiente a 950 acciones.4. Venta 28/09 = 700 acciones vendidas y 1.350 acciones recompradas --> Toda la minusvalía bloqueada.Saludos.
Pues tal como lo veo yo y resumiendo un poco, la venta de 126 acciones del 14.7.21 con minusvalía de 14,56 € estaría bloqueada por las compras del 31.8 (442 acciones en total). Y al quedar recompradas acciones de esa venta, deja de ser una venta efectiva (de las que permiten considerar que salen acciones del patrimonio) y eso afecta a la venta de 95 acciones del 20.6 con minusvalía de 2,59 €, que también queda bloqueada por, en este caso, esas 126 acciones no transmitidas el 14.7.El resto queda libre.Saludos.
Si ha vendido todas las acciones en la última venta, sí. Si se ha quedado alguna, habría que ver cuántas acciones han intervenido en cada operación para ver lo que hay bloqueado y no se puede compensar con otras ganancias.Saludos.
Esa compra del 10.02.22 es recompra de la venta del 31.12.21 (la más antigua de las ventas). Por tanto, hay 500 acciones recompradas que bloquean la minusvalía generada por las 300 acciones y hay que vender 200 acciones antes de empezar a liberarla.Las otras minusvalías de las ventas del 07.02.22 y del 22.02.22 no tienen ningún bloqueo.Saludos.
Pues sí, olvida lo que dije en el punto 3 (no sé cómo editar el mensaje, si no lo cambiaría). La compra de abril no es recompra de ventas anteriores, pero al haber una venta en mayo (antes de pasar dos meses de ella) sí que son recompra de esta última venta, por lo que no se puede liberar nada, ni las 3 de enero ni ninguna de las minusvalías que indicaba en el mensaje anterior.Perdona la confusión.
Hola. Apunto mi visión. Datos:Diciembre compro 13acc a 177€ cada una.Enero compro 10acc a 120€ cada una.Final de enero vendo 3acc a 72€ cada una.Dudas:1-estas 3acc está claro que no se pueden compensar pq no han pasado dos meses de su compra. ¿Esto quiere decir que nunca voy a poder compensar? ¿O si puedo cuando venda todo?En los dos meses previos a la venta se han comprado 23 acciones y como el saldo tras ésta (20 acciones) es inferior a las compradas en esos dos meses previos (23 acciones), se consideran recompradas las 20 acciones en cartera. Por criterio FIFO, las acciones vendidas son del primer lote de diciembre y la minusvalía generada (3 x (72-117) = -135 €) se podrá ir liberando cuando queden menos de 3 acciones recompradas. Es decir, que hay que vender al menos 17 acciones antes de empezar a poder liberar esa minusvalía. A partir de la 18 se podrá ir liberando la parte proporcional (un tercio de la pérdida) con cada una de las 3 últimas acciones. 2-si en abril vuelvo a vender las 10acc que me quedaban del primer paquete, por ejemplo en 100€, como ya han pasado dos meses desde la venta anterior ¿Puedo compensar estas pérdidas, siempre y cuando no vuelva a comprar hasta pasados 2 meses? Si haces eso, seguirás sin poder liberar nada porque aún te quedarán 10 acciones consideradas fiscalmente recompra. Pero sí que deberás esperar dos meses antes de volver a comprar o si no, esa venta de 10 acciones no podrá considerarse libre de recompra y volverías a tener más de 10 acciones bloqueadas.3-partiendo desde la venta de enero(me quedan en cartera 20acc), si en abril compro por ejemplo 22acc por 70€ cada una y las vendo en 100€ en mayo ¿Se podría compensar pq las que estoy vendiendo serían las del primer y segundo paquete?¿O como hice una compra el mes anterior(abril), no puedo compensar? Y en este supuesto¿ Cuando las podría compensar, al vender todo?Si compras en abril, esas 22 acciones no son recompra. Si haces esa venta posterior en mayo, habrás vendido más de las 20 acciones que tenías recompradas y podrás, por tanto, liberar toda la minusvalía de enero (los 135 €). Además, las 22 acciones que estarás vendiendo serán las 10 que quedaban de diciembre (resultado = 10 x (100 - 177) = -770 €) más las 10 de enero (resultado = 10 x (100 - 120) = -200 €) más 2 de las compradas en abril (resultado = 2 x (100 - 70) = 60 €).Es decir, con esta venta de mayo puedes compensar los +60 € con las minusvalías de -135 - 770 - 200 = -1.105 €.Un saludo.
Hola Oscar. Te comento:1.- Efectivamente, por el criterio FIFO las 1611 acciones que has vendido son las 1348 de ING más 263 del primer lote de XTB del 30/7/21. Debes tratarlas como dos ventas distintas, por lo que tendrás una minusvalía en las de ING y una plusvalía en las otras. Como además no tienes bloqueo por la regla de los dos meses, puedes compensar la pérdida con la ganancia.2.- Si quieres poder hacer esa compensación, no debes volver a comprar acciones de esa empresa directamente hasta el fecha que indicas. Puedes hacerlo mediante derivados (opciones o futuros con fecha de ejecución del 17/4/22 o posterior, si los hay disponibles), pero no compra directa.3.- A efectos de Hacienda, es indiferente que tengas las acciones en un bróker o en varios, por lo que también es indiferente quién te cobre las comisiones. Si mantienes acciones de esa empresa, metes las comisiones en el cálculo de rendimientos y plusvalías (si proceden) sin ningún problema, aunque fiscalmente lo considere que las has vendido. Físicamente las sigues teniendo ahí y sus costes, si son deducibles, se pueden seguir descontando.Saludos.