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Participaciones del usuario boliche - Fiscalidad

boliche 06/04/17 18:13
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Se entiende perfectamente. Mírate el mensaje 356 en la página anterior, que lo tienes explicado ahí. Y sí, tus cálculos de plusvalías y minusvalías del primer bloque son correctos, no así los del segundo. Las primeras acciones que compras son las primeras que vendes, siempre, estén donde estén.
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boliche 06/04/17 08:35
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
A ver, esto está ya explicado unas pocas páginas atrás, pero lo vuelvo a comentar. La regla de los dos meses no tiene carácter preventivo, es decir, no se bloquean minusvalías durante dos meses por si acaso se hace una recompra. No funciona así. Si has vendido todo, está todo libre, y si lo has hecho en 2016, puedes meterlo ya en la declaración. Busca esos mensajes que digo, que creo que lo explicaba algo mejor. Un saludo.
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boliche 05/04/17 17:26
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Si has vendido todas y no te queda ninguna, sí, puedes compensar todas las minusvalías. Pero esa es una operación de 2017 que tendrás que meter en la declaración que prepares el próximo año, no en la de los próximos días. Saludos.
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boliche 03/04/17 01:09
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Siempre tienes que considerar un espacio de dos meses a contar alrededor de cualquier venta con pérdidas, y si tuvieras varias, las posibles compras que caigan en los solapes siempre corresponden a la más antigua. Y otra cosa a tener en cuenta es que, en el caso de tener pérdidas bloqueadas, las posibles ventas que se hagan para liberarlas también tienes que cumplir la regla, aunque sean con ganancias. Si no, no valen como ventas para liberar minusvalías. En los casos que planteas: a) No hay pérdidas, luego no hay bloqueo. b) En este, si C1 es la primera compra (o sea, no tienes acciones previas antes de esa compra), nunca es recompra. C2 será recompra si está a dos meses o menos de V1M. c) Aquí C2 será recompra de V2M si está a dos meses o menos de distancia temporal de ella. C1 como en el caso anterior. d) En este caso, sólo será recompra C2 en las mismas circunstacias de los casos anteriores. Y C1 como en los casos anteriores: no será recompra si no hay acciones previas; si no, sí lo es. e) En el último, igual que en los anteriores. Si C2 está a dos meses o menos de distancia de V2M, será recompra suya; si no, no. Y C1 como en los casos anteriores. Espero que haya quedado claro. Un saludo.
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boliche 28/03/17 19:23
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Yo tengo las acciones en dos brokers distintos con dos cuentas distintas, aunque los valores son de la misma compañía, OHL Según lo que me has escrito ¿las acciones que he comprado con un broker las he vendido con otro? pero entonces para cuadrar las cuentas me voy a volver loco, pues en mis páginas de  click trade aparecen aun las acciones que según tú ya he vendido, y en las de activotrade ya no aparecen las que supuestamente aun tengo Todo esto que me has contado supongo que será válido solamente a efectos fiscales, ¿no? Correcto. Todo este embrollo es exclusivamente a efectos fiscales de liquidación de impuestos con el único objetivo de recaudar y evitar la posible picaresca que se pueda dar, como dije en el mensaje anterior. Tendré que llevar ahora dos cuentas, como "el Barcenas" pero con pérdidas de miles de euros... una para saber lo que tengo y otra para saber lo que tengo que declarar a Montoro... Así que, sí, tendrás que llevar una pequeña contabilidad paralela a la que te den tus brókers para saber en cada momento qué acciones estás vendiendo y qué resultado te sale en cada operación. Para Hacienda, es indiferente cómo estén repartidas tus acciones entre diferentes intermediarios. El propietario es el mismo (tú) y considera que todas están en el mismo saco (tu patrimonio). Todo este lio es aun mayor, pues hace tiempo compré y vendí OHL con activotrade paquetes de acciones completas con plusvalías (o al menos eso pensé yo), por lo que no lo incluí en este documento, paquete de acciones que ahora tendré que buscar para recuadrar las cuentas de nuevo.... Pues si ya has hecho operaciones previas que pueden ser erróneas (y más si has declarado y pagado por plusvalías que no eran tales), asegúrate primero del resultado correcto de las operaciones y pregunta después en Hacienda como enmendar el error, que supongo que será haciendo una declaración complementaria del año en el que declaraste erróneamente, si es que aún se puede. Con lo fácil que sería poder compensar directamente sin regla de dos meses ni gaitas... todo este lio lo hacen para evitar que vayamos comprando y vendiendo en los mismos valores, además de para liar a pardillos como yo. Con Hacienda hemos topado, amigo Bernn. Ese es el trabajo de los recaudadores de impuestos: recaudar el máximo posible, y para ello hay que poner el mayor número de piedras en nuestro camino. Saludos.
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boliche 28/03/17 18:13
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
El criterio FIFO impide que puedas escoger qué acciones vendes, precisamente para evitar estas cosas: que uno pueda elegir acciones con pérdidas y otras con ganancias, y compensar para no pagar impuestos. El criterio FIFO obliga a considerar, desde un punto de vista fiscal, que se venden las acciones siguiendo el orden de entrada. Por eso, si vendes 1.365 acciones serán del primer paquete del año 2008, pero si después vendes 3.723 acciones más, parte serán las restantes de 2008 (2.001 - 1.365 = 636) y el resto (3.723 - 636 = 3.087) serán del paquete heredado en 2015. Y siempre tus ventas serán de esta manera, cambiando las operaciones con las acciones que vendas en cada momento. No lo puedes cambiar ni elegir. Hacienda siempre necesita dinero e impone reglas para dificultar que la gente se escape de tributar. Un saludo.
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boliche 28/03/17 18:04
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Las plusvalías y minusvalías se refieren siempre a transmisiones patrimoniales, en este caso de acciones, y pueden compensarse íntegramente entre sí siempre que cumplan las reglas, como dices. Lo que no puede compensarse entre sí completamente son los resultados de transmisiones patrimoniales (cuando su compensación sale negativa) con rendimientos del capital mobiliario, que está limitado, en 2016, a un 15% (20 % en 2017 y 25 % a partir de 2018) del importe de estos últimos. Saludos.
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boliche 28/03/17 09:52
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Hola Bernn. Puedes olvidarte de la regla de los dos meses. Con las operaciones que indicas, hay más de dos meses de diferencia entre la ultima compra (8 de noviembre) y la primera venta con pérdidas (17 de marzo), así que puedes compensar todas las minusvalías con otras ganancias que puedas generar. Y digo "primera venta con pérdidas" porque, antes que la regla de los dos meses, debes aplicar el criterio FIFO para calcular si tienes ganancias o no en las ventas (al ser todas las operaciones con la misma empresa), y según este criterio ambas ventas las has hecho con minusvalías fiscales, y no sólo la primera. El 17 de marzo has vendido 78 + 3.055 = 3.133 acciones de OHL con un importe de transmisión de 12.688,65 €. Según el criterio FIFO, tienes que empezar por vender las primeras compras para determinar el resultado, así que las acciones vendidas son las 464 compradas el 4/7/14, las 322 compradas el 8/7/14, las 438 del 4/8/14, las 800 del 2/11/15 y 1.109 acciones de las compradas el 12/5/16. En total, el coste de adquisición de todas estas acciones es de 46.922,56 €. El resultado global es una minusvalía de 34.233,91 €, si no me he equivocado en las cuentas. Y ten en cuenta también que esta cifra debes aumentarla con el importe de todas las comisiones de las operaciones de compra y venta, si esas comisiones no están incluidas en los precios que has indicado. Por último, decirte que esta pérdida es del ejercicio 2017 y no puedes meterla en la declaración que se presenta en los próximos meses. Eso sí, tienes 2017 y los 4 años siguientes para compensar todo lo que puedas. Siento el roto que te hago con la noticia. Un saludo.
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boliche 26/03/17 16:58
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
La aplicación práctica de la regla no se puede realizar sólo con la Ley, hay que apoyarse en casos prácticos. Echa un vistazo a la consulta número 0271-04 en este enlace: http://petete.minhafp.gob.es/consultas/ Si lo analizas, verás que hay dos premisas que predominan sobre el resto de criterios: 1. Si no te quedan acciones, no hay acciones recompradas ni minusvalías bloqueadas. 2. No puedes tener más acciones recompradas que las que te quedan en cartera, como te decía antes. Por eso, es indiferente cuántas acciones hayas comprado antes de la venta. Si te quedan ahora 151, esa es la cantidad recomprada y el resto está transmitido de manera efectiva, lo que significa que puedes utilizarlo para compensar con ganancias. La primera venta (esa que "recompraste" dos meses y treinta minutos después) fue con ganancias y, por eso, no está sujeta a la regla de los dos meses. Puedes olvidarte de ella. Saludos.
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boliche 25/03/17 21:50
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Las ventas con ganancia no están sujetas a la regla; así quedan resueltas las dos primeras dudas. Sobre la otra, tienes una venta de 154 acciones de las cuales has recomprado 151 con posterioridad. La compra anterior no se tiene en cuenta porque no puedes tener más acciones recompradas de las que tienes en cartera. Así que de los 19,85 € de pérdida, tienes libre para compensar la parte proporcional a 3 acciones, es decir, 3 / 154 = 1,95 % (unos 0,38 €). El resto está bloqueado hasta que vayas vendiendo las 151 acciones. Saludos.
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