Ayer recibí aviso de notificación pero el estado no ha cambiado “su solicitud de rectificación ha sido presentada”. Hay alguna manera de entrar en la notificación de un familiar? . Con referencia se pueden consultar muchas cosas, pero la notificación no puedo verla.
Lo tengo todo preparado, de hecho yo creo que cada día miro los avisos en la app, es un sin vivir. Y eso que es un tema de mi hermana: separada con la custodia exclusiva de tres hijos y su ex no le quiere decir si se aplica el mínimo por descendiente que le pertoca o se aplica la desgravación por pensión alimentaria. Encima el gestor es el mismo, -hasta el año pasado- y el tío no le quiere facilitar esa información. Por eso a la que aprueben la rectificación ya tengo preparada otra rectificación para el ejercicio 2019 por el mismo motivo.Yo también haré como tú, cuando cambie el estado lo comunicaré en el foro, así nos vamos haciendo una idea de como va Hacienda.Por cierto mi órgano gestor es el de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona).Un saludo
Hola, yo presenté el 3/5/21 una solicitud de rectificación de autoliquidación del IRPF del ejercicio 2018.A día de hoy no tenemos noticias, si no responden en 6 meses, han pasado ya 8 meses, qué significa?, silencio administrativo? , tienen obligación de contestar?, gracias.
Sigo con el tema, me sale rendimiento neto: 298,48€ después de aplicar amortización y deducciones IBI, gastos comunidad, etc. Después aplicando la reducción al tratarse de un alquiler destinado a vivienda habitual me sale: 179,09€. El alquiler es a mis suegros, el precio del alquiler es a precio de mercado 650€. Si no marco la casilla de alquiler a familiares tributo por 179,09€. Si marco la casilla de que es un alquiler a familiares me pide que indique el 2% del valor catastral, no lo hace el programa automáticamente, entonces pongo el 2% del valor catastral y tengo que tributar por 293,76€, es correcto?. Entonces qué sentido tiene el declarar el alquiler, pago la renta imputada y ya está.Gracias.Un saludo
Perdonad, quizás no me he explicado bien. El piso lo alquilo a mis suegros como vivienda habitual. Precio 650€, todo legal con contrato. El alquiler empezó el 1 de junio, sumando ingresos , restando gastos deducibles y aplicando la reducción del 60% por ser un alquiler de vivienda habitual, el importe a pagar es inferior al 2% del valor catastral en su parte proporcional del tiempo que ha estado alquilado,.Del 1 enero al 13 de mayo tributan los antiguos propietarios, del 14 de mayo al 30 mayo tributo yo renta imputada, y a partir del 1 de junio se alquila..Entiendo que estoy obligado a marcar con un SI la casilla de arrendamiento a familiares y poner el 2% del valor catastral proporcional al tiempo que ha estado alquilado, y luego ya el programa calcula la cuota a pagar, el 2% valor catastral o tributar por los rendimientos obtenidos?GraciasUn saludo
Pero si el total ingresado por el alquiler es menor restando los gastos deducibles, tengo que pagar el mínimo por alquiler a familiar que es del 2% del valor catastral. Puede que el año que viene no sea así porque tendré menos gastos y entonces entiendo que sí he de tributar por los ingresos netos del alquiler?