Charly17
08/12/22 21:51
Ha respondido al tema Gamesa for ever
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Cierto. Ahí ya hablan de "millones de acciones". Al menos han tenido el valor de modificar lo que su propia fuente "Por EP" (Europa Press) les había comunicado, sin que -hasta el momento- la "madre" de la noticia haya añadido la "tontería" esa de "millones de". Aquí se la ha jugado El Confidencial, pues mira que si llegan a ser 4.831 acciones entonces la errata sería que en lugar de "0,7%" tendría que decirse "0,0007%". Yo también pienso que son millones, pero la cagada de esta agencia de noticias fundada por miembros del Opus Dei y la ceguera de otros medios que parece que ni leen lo que copian, es como para fiarse de las noticias...Yo, vaya por delante, me alegraría que FWC (asesor de inversiones) haga lo que dice tiene pensado hacer, que son dos cosas: 1) presentar recurso contencioso-administrativo ante la AN contra la autorización de la OPA voluntaria por la CNMV y 2) comprar más títulos "en los próximos días". Pues le quedan 3 días para cargarse de títulos, si tienen tan clara la jugada ya que si la matriz alcanza el 90% buscado, su filial opada no tardará nada en quedar excluida de cotización, que será cuando haya liquidado la Oferta (pagado a los aceptantes).A ver si vemos que, con las "próximas" compras que anuncia FWC, que yo diría "inminentes", por el plazo que les queda, sube la cotización como sería de esperar... En la sesión de ayer se negoció menos de 1 millón de títulos. Hoy más de 7 millones, pero la cotización al cierre de ayer y hoy es la misma: 18,0250 €Yo soy escéptico, y ojalá me equivoque, en cuanto a que pueda prosperar ese recurso que dicen plantearse dado que es OPA voluntaria... y cómo tienen ya en cartera algo más del 67% con rascar menos de un 8% ya tendrán el 75% que les permite instar la exclusión de negociación formulando la preceptiva orden sostenida de compra, sin necesidad de lanzar una OPA de exclusión.Puede que me esté perdiendo algo muy importante, pero no consigo entender que pueda prosperar ese recurso cuando la CNMV no tiene competencias legales para aprobar o desaprobar el precio ofrecido en cualquier OPA voluntaria, independientemente de quien sea el oferente e independientemente de que el oferente tenga previamente el 30%, 50% o el 67% -como es el caso- del capital de la sociedad opada. Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores:Artículo 13. Ofertas voluntarias.5. Las ofertas voluntarias no habrán de formularse al precio equitativo. ¿Tú le ves recorrido a ese recurso? ¿La infracción de qué artículos se puede achacar a la CNMV? Insisto, ojalá tenga recorrido, prospere, y sin tener que llegar al Supremo. Sólo hay un antecedente en España en el que la CNMV fue obligada a elevar el precio planteado en una OPA. Se trata de Funespaña, sobre la que Mapfre lanzó una OPA en el año 2011. Tras la judicialización del caso y la confirmación del Tribunal Supremo, la CNMV recalculó en 7,37 euros frente a los 7 euros iniciales. ¿Cómo lo abonó? Dio un mes para que los accionistas lo reclamaran. Hay otros que han sido perdidos en el Tribunal Supremo, como el de Telepizza y Polygon o el de FCC en la OPA sobre Cementos Portland. https://www.lainformacion.com/empresas/audiencia-nacional-caso-opa-masmovil-cnmv-tres-denuncias/2875646/Fue la STS 3052/2015 de 10/07/2015 la que obligó, por primera y única vez, a la CNMV a recalcular el precio, pero fue por un motivo muy diferente...:Por ello, estimamos que la Sala de instancia debió estimar el recurso contencioso-administrativo, reconociendo la pretensión deducida por el recurrente de que la Comisión Nacional del Mercado de Valores proceda a recalcular el precio equitativo de la oferta pública de adquisición de acciones formulada por Mapfre Familiar Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. sobre Funespaña, S.A. atendiendo a los parámetros establecidos en el artículo 60 de la Ley del Mercado de Valores , y el artículo 9 del Real Decreto 1066/2007 , de modo que el precio fijado no sea inferior al acordado con los accionistas concertados con el oferente, sin necesidad de declarar devengo de intereses al no resultar aplicable el apartado 5 del artículo 9 de la referida norma reglamentaria. Además, aquella OPA no fue de tipo voluntaria, sino obligatoria, tal y como consta en el Folleto remitido por Mapfre y que validó la CNMV. La Oferta tiene la consideración de oferta obligatoria a los efectos de lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores y en el Capítulo II del Real Decreto 1066/2007, por haber alcanzado MAPFRE FAMILIAR una participación de control en el capital social de FUNESPAÑA