Tu respuesta es la realidad. Estudié el tema y es así. Pueden aplicar sanción por presentarla fuera de plazo, aunque no se estuviese obligado y sea a devolver.La duda es si en este caso aplicarán sanciones... porque es una situación muy excepcional en todos los sentidos. No sería justo que sancionasen, pero no me fío de esta gente.
Ese es el tema. Los ingresos son bajos, las retenciones también... Si presentase el formulario, con las declaraciones individuales, le devolverían unos 200 euros en total los tres años... Si las presentase él, conjuntas, serían casi 500. El problema es que, si le aplican sanciones, casi puede llegar a costarle dinero.No es mucha pasta, pero 300 euros no están mal... Ya me gustaría que me los devolviesen a mí...No sería lógico que se la aplicasen sanciones, pero quién sabe...
Muchísimas gracias por tu contestación... La duda es, como bien dices, el caso 4... "no se suelen aplicar sanciones ni recargos"... lo que no quiere decir que, aplicando la ley, no lo puedan hacer, si quieren.El problema es que, si se la juega y la presenta conjunta, fuera de plazo, si da con el listillo de turno y le sanciona... la bromita del ajuste de mutualidades, le puede llegar a costar dinero...Es un dilema, la verdad...
Buenas tardes.Os planteo un caso, a ver si os ha pasado a alguno. Se trata de una persona que no presentó la declaración alguno de los años anteriores, al no estar obligado, en otros, presentó declaración conjunta. Ahora, con el ajuste por mutualidades, ha visto que le sale a devolver, pero, lógicamente, el importe sería superior si la presenta conjunta. Su cónyuge no tiene ingresos y solo la presentó, conjunta con él, lógicamente los mismos años que él.La situación es que, si presenta el formulario, con éste la presentarían las declaraciones, pero en la modalidad individual... que le sale menos a devolver que conjunta.Su otra opción sería presentar él las declaraciones o rectificaciones, en la modalidad conjunta... sin presentar el formulario. Esto, en una situación normal, puede dar lugar a una sanción, por presentarla fuera de plazo sin estar obligado a ello.Lógicamente, sabe que ya no podría reclamar 2019... pero la duda es saber que, si hace esto, le pueden sancionar por presentar la declaración fuera de plazo y no haberla presentado en su momento.¿Alguien me puede decir si ha visto o analizado esta situación? La verdad es que no es tan rara... y sería interesante saber qué es mejor hacer.Muchas gracias. Un saludo.
Muchas gracias por la información. Como siempre, el periódico que más y mejor está tratando este tema es El Economista, al que agradezco, desde aquí, el tratamiento que está dando a este tema.Me parece una guarrería que hayan esperado a estas fechas para confirmar que el ajuste sí que puede afectar a esos colectivos. Conozco gente que no tenía el ajuste en sus datos y dieron por hecho que no les afectaba y no presentaron el formulario. Para mí, era un error. He recomendado presentarlo a cualquier persona que trabajase antes de 1978, porque quizá se les pueda aplicar el ajuste, aunque, a estas alturas, no se sepa. Así, no perdían 2019.El caso es que, al no dar esa información hasta ahora, mucha gente ha perdido la posibilidad de reclamar 2019. Hay que ser miserables para desinformar a la gente así... El caso es ahorrar unos cuantos millones de los miles de millones que va a suponer este tema.
No. Son casos en los que se presentó la declaración de 2023 y el formulario para los años anteriores. Por lo que deduzco, al tramitar y revisar la de 2023, los mismos funcionarios presentan la de los años anteriores, que no se presentaron en su momento.Para ellos es más fácil esto que revisar y modificar una que ya se presentó. Por eso, parece que están dando preferencia a éstos... aunque es solo una impresión mía por algún caso que he visto y por lo que se ha comentado aquí.
Gracias a la excelente información facilitada por Jonagal, he comprobado una a la que ayudé con este tema. Presentó la declaración en junio y el formulario en la misma fecha. No había presentado las declaraciones anteriores, porque le salían a pagar. Ahora ya figuran las declaraciones grabadas, preparadas por ellos... con las correspondientes cantidades a devolver, aunque todavía no pone que se vaya a pagar.Como comenté aquí, mi impresión era que esto iba a echar a andar cuando terminase el plazo de 2023. Echad un vistazo a las vuestras, porque esto parece que empieza a avanzar... aunque no van a hacer todo de un día para otros, eso está claro.Esta era sencilla y de importes relativamente bajos... Quizá hayan empezado por éstas... pero algo es algo. Por lo que he podido comprobar, aunque en una muestra muy pequeña, parece que han empezado por las que no se presentaron en años anteriores. Lo tienen más fácil, porque las tienen que preparar de cero. Las otras serán modificaciones de unas ya presentadas, y no serán tan sencillas.Si podéis ver las vuestras, podemos saber si ese es el criterio... u otro.
Tienes razón en lo que dices. Me refería a que, si se hace la declaración por primera vez, no te pueden devolver más de lo que te han retenido. Lógicamente, en el caso de que, en años anteriores, hubiese salido a pagar, ahora, al regularizarlas, podrían devolver el importe de las retenciones más lo que se pagó en su momento.