Muchas gracias por la información. Si no te he entendido mal, ¿dices que los datos fiscales de años anteriores los han modificado? ¿Han incluido el ajuste en los datos... o solo en la declaración correspondiente? ¿Envían alguna carta o algo... o todo se ve en la página de Internet?
Si hiciste el pago el día 1 de julio, y puedes demostrarlo, entiendo que no te pueden sancionar ni aplicar ningún recargo. Además, todo lo has hecho antes de recibir la carta. Tiene toda la pinta que se ha cruzado la carta con el ingreso.De todas formas, es muy raro lo que cuentas. Verifica si el pago lo realizaste, efectivamente, el día 1 de julio. Si es así, recurre la liquidación provisional que te han enviado o ve a una oficina a comentar tu situación.Te agradecería que nos comentases cómo termina esto, pero, en principios, si pruebas eso, no vas a tener ningún problema.
Eso parece, sí... Realmente, son las más sencillas, porque las completan de cero, incorporando los datos fiscales a la declaración, sin hacer nada más.
No se abre la noticia entera. Imagino que esos 700 millones son solo de 2023... y que habría que añadir los otros años, desde 2019... Lo que hemos comentado aquí algunos... tiene toda la pinta de que las cifras en toda España van a ser muy elevadas, por encima de los 10.000 millones. No lo serían tanto con una gestión responsable, porque actualmente hay récord de recaudación, al no deflactar las tarifas del IRPF... Pero este Gobierno irresponsable, a pesar de eso, sigue incrementando el déficit y que ha conseguido que la deuda pública esté absolutamente descontrolada.
En el caso que he visto, de una persona que no presentó la declaración en años anteriores, presentó el formulario en junio... y esta semana ya le figuran grabadas todas las declaraciones de esos años, aplicando el ajuste por mutualidades, que las han grabado ellos... pero los datos fiscales no los han tocado.
Sí, lo estudié... y, como bien dices, es un tema complicado. El criterio es que no se puede modificar la modalidad de declaración, individual o conjunta, si ya ha pasado el plazo de presentación.Por eso, por esa vía, está el tema jodid... también.
Para sancionar, en principio, se deben dar unas situaciones, como culpabilidad... y no sé qué más. Hay un margen de subjetividad, al menos en principio...Por eso es dudoso...