Ha respondido al tema
Prescripción en el procedimiento penal.
Pues si las respuestas de los participantes del foro no te parecen relevantes,....... espero que no te molestes, pero..... el error ha sido tuyo por plantear la pregunta en este foro, deberias haberla planteado en un foro especializado en derecho.
Por otra parte sus respuestas parecen lógicas, por poner un ejemplo el tema de la colza creo recordar que duró unos 17 años.
Leete esto y nos das tu opinión
http://es.wikipedia.org/wiki/Prescripci%C3%B3n_(Derecho)
"España
Según el artículo 1.973 del Código Civil, la prescripción extintiva de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los tribunales, por una reclamación extrajudicial o por el reconocimiento de deuda por el deudor. Una vez interrumpido el plazo de prescripción, vuelve a contarse íntegramente desde el principio."
Yo reconozco que no soy un entendido, pero entiendo que la prescripción solo funciona si no se ejercita ninguna acción, y queda en el olvido.