Cancelación: no te dan intereses de esos días que lo has tenido dado de alta.Desistimiento: te remuneran los días que haya estado de alta.Yo acabo de desistir de la imposición que renové el día 6 de mayo. Lo que me cumple el día 20 también lo sacaré. Tengo dos plazos que cumplen en octubre, no creo que pase nada pero por si acado lo que pueda sacar... lo sacaré.
Ayer me venció un plazo y lo renové a 207 días al 3.5% (cae en viernes). Tengo otro que me vence el día 20 de este mes y lo renovaré a 359 días al 3.25%.Dudé mucho pero al final lo hago así para tener vencimientos escalonados. Ya tengo uno que vence en agosto, dos en octubre, el de ayer el 29 de noviembre... También alterno entre cancelables o no.
Manda un mensaje a Facto y te contestan rápido. Mi marido tení cuenta en Facto y al intentar abrir una conjunta conmigo no nos dejaba. Hice una consulta y nos mandaron los pasos detallados para abrirla.
Hace 4 días que me he enterado por una vecina de este tema de la devolución de gastos de hipoteca. ¿Aún se pueden reclamar los gastos o ya ha prescrito? Según la Ocu el plazo acababa el 14 de abril. Además estaría en el mismo caso que Pavidi, mi hipoteca era del año 1999 hasta el 2014 y era una subrogación. En mi urbanización somos 200 vecinos y muchos ya han recibido unos 900 euros de Caixabank. Tantos años en Rankia y me siento tonta por no haberme enterado.
Hace un mes renové uno a 7 meses. El 6 de mayo me vence otro y tenía pensado hacer lo mismo pero después de leerte he decidido hacer el de 3 meses. Me ha convencido tu explicación. El que vence el 20 de mayo lo pondré a 359 días, por eso de ir escalonando vencimientos y tener unos a largo y otros a corto plazo.
Mi suegra murió el año pasado. Tenía testamento y no hubo que hacer declaración de herederos. La abogada del seguro de decesos dijo que bastaba con un folio en que que firmaban todos los herederos en el que ponía que estaban de acuerdo con el testamento. De hecho es que no pasaron por ninguna notaría para pagar el impuesto de sucesiones. Solo fueron a la gestoría que se encargó de los pagos.
Estás en el mismo caso que yo. Estamos esperando a hacer la declaración de herederros porque mi padre no tenía testamento. Hasta el 16 no tenemos cita con el notario para entregar los papeles. Nos dice que tarda un mes en dárnosla. Y hasta que no la tengamos no podemos iniciar el pago del impuesto de sucesiones, empezando por el certificado de saldo del banco. Y hasta que no tengamos el impuesto de sucesiones pagado no podemos hacer las declaraciones de la renta de todos, incluida la de mi padre y madre. Hace 4 meses y medio que murió mi padre, vamos con retraso debido a que han tardado 8 semanas en enviar el Acta de Últimas Voluntades, que además se pide 15 días después del fallecimiento. Esperemos que no haya más inconvenientes porque nos veo pidiendo prórroga.
El acta de últimas voluntades pone que tarda 10 días. Pero hemos estado 8 semanas justas esperándolo. Incluso con reclamación de por medio. La contestación que nos dieron fue la que te he contado: tenemos mucho trabajo, vamos con retraso, lo sentimos mucho. Lo que no sabía es que se puede hacer antes la renta. Según mi hermano tendríamos que esperar porque hay que incluir el % correspondiente de la posesión de la casa en ganancia patrimonial (murió el 27 de diciembre). Ahora ya me ha entrado la duda. Pero muchas gracias por toda la información aportada.