La póliza tendrá un mediador (agente o corredor), y esas dudas le competen a vuestro administrador de fincas, que haga su trabajo.
En general, la fontanería en conducciones exteriores se refiere a las que van desde el edificio a las tomas generales, así que no te debería preocupar.
Ahora, por lo que comentas parece una finca antigua (al no llevar tuberías particulares), avisa también a tu seguro de hogar, para que lo miren.
Saludos,
No pasa nada, Market. Gracias a ti por darte cuenta (a los que trabajamos en seguro nos parecía que no podías estar preguntándolo en serio). ;)
Lo que venden es un producto de ahorro, en principio a prima periódica, con unas condiciones determinadas (que no te dan en la página web) y con participación en beneficios.
Te aconsejaremos que acudas, bien a una oficina de Generali (que es a donde te dirigirían de todos modos), o mejor aún a un corredor de seguros competente, que te dará opciones (por ley está obligado a darte la mejor para ti) entre varias compañías.
Nos vas comentando. Saludos,
¿Pero con base a qué se lo va a reclamar? Si se hubiera caído, se lo reclama porque fue quien lo puso, pero sin haber daño, se lo come el propietario, yo creo. Que negocie si luego se lo quieren abonar, pero creo que no ha lugar por responsabilidad civil, desde luego, sino porque como atención comercial pueda llegar a un acuerdo privado. Saludos,
En principio no hay problema. Cuidado con las directas si no vas a ser tú el que se encargue de los trámites en caso de siniestro, no sea que luego te dejen tirado. Saludos,
El PIAS es como los planes de pensiones, puedes traspasar el dinero a otro PIAS sin problema.
Pero antes tienes que abrir otro PIAS para poder hacer el traspaso, como es lógico.
En la mayoría de PIAS a prima periódica que conzoco, se puede dejar de aportar en un momento dado (puede haber obligación de un determinado tiempo y beneficios que pierdes en caso de no mantenerlo).
Pero en última instancia los rescates dependen de lo que marque el contrato,
Lo que no me queda claro es si vas a seguir aportando a un ahorro de este tipo o no. Saludos,
Tendréis que estar a lo que diga el contrato. Míralo y nos dices. Ahora, si se lo hizo el banco, es probable que el beneficiario sean ellos y no la familia. No sería la primera ni la segunda vez que lo veo. Nos dices. Saludos,
El seguro es anual (aunque lo pagues mes a mes) y si lo das de baja es para el 10 de marzo de 2016, así avises cuatro, seis u ocho meses antes de la fecha de vencimiento.
Hasta entonces tienes obligación de cumplir religiosamente con el contrato, me temo. Antes de faxes y burofaxes, y gaitas varias (que nos creemos que esto es USA, y hay una ley 50/1980 que obliga tanto al tomador como a la compañía), deberíamos saber estas cosas.
Saludo
Eso tiene más trampa y cuento que Calleja. Te mejoran el precio, si, pero a costa de quitar coberturas. Mucho ojito con lo que contratas. Que si te fijas, no garantiza nada (no hay letra pequeña) y cuando hay un siniestro medianamente grave te quedas vendido. Saludos,