Esto de la titularidad formal y real me trae de cabeza aunque en el fondo sea una tontería. Volviendo al caso de que yo tenga un depósito solo a mi nombre pero casado en régimen de gananciales he entendido que ambos cónyuges debemos declarar el 100% sobre el mismo depósito.¿No es eso como decir que cada uno de nosotros tiene ese depósito?Aquí en la pregunta 12 se comenta el tema pero no se habla de los porcentajes: https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/720/Recopilacion_preguntas_frecuentes.pdf
Regresa el Plan Amigo. Aquí las condiciones:https://www.nnespana.es/cuenta-de-ahorro/Documents/NNB_Promo_Trae-a-un-amigo.pdfDesde que abrí el hilo ya son unos cuantos rankianos beneficiados con la promoción. Me sigo ofreciendo como padrino. Si te interesa contáctame por mensaje privado a través de mi perfil y empezamos.Un saludo.
Recuerdo el caso reciente de una señora a la que le okuparon la vivienda y le "levantaron" joyas y 2500 euros en metálico. No me quiero imaginar si metes todos los ahorros en casa. No parece una buena idea.
En mi razonamiento no veo el fallo. Otra cosa es el razonamiento de Hacienda el cual no necesariamente va relacionado con la razón pura como tantas veces pasa pero al que hay que atenerse por contraintuitivo que sea. Si en lugar de estar casados se estuviera sin contraer matrimonio, siendo los bienes los mismos y siguiendo en el extranjero no habría nada que declarar en el caso que expuse. De lo cual se puede deducir que no hay afán de recabar información (fácilmente extraíble con los medios actuales sin que se cuente con el contribuyente) y sí un subterfugio para recaudar un poco más.
Buena y mala noticia. La buena es que se amplía el plan amigo hasta el 31/12 y la mala que el bonus regresa a los 25 euros para el invitado y el padrino. Dejo aquí las bases: https://www.nnespana.es/cuenta-de-ahorro/Documents/NNB_Promo_Trae-a-un-amigo.pdf Si alguien está interesado sigo disponiendo de invitaciones. Solo tiene que contactarme por mensaje privado a través de mi perfil y empezamos.Un saludo.
Me pierdo un poco con lo del 720 y el Régimen de gananciales...Si los topes no se superan por individuo tampoco lo harán en conjunto. Si por ejemplo entre ambos hay fuera de España 90.000 euros cuentan como 45. 000 al estar el patrimonio dividido al 50% y ninguno supera el umbral. Otra cosa es que se considere al régimen de gananciales como una persona jurídica y entonces claramente habría que declarar. Pero eso no me queda claro.