Eso no es lo que me están pidiendo. Así que no me lo están poniendo fácil.La ley es de 2010 y primera vez que me encuentro en esta tesitura tras mover mi capital libremente entre bancos españoles. No sé si es que hay instrucciones de parapetarse tras esa ley para dificultar que el dinero se vaya al extranjero...No soy un delincuente pero me tratan como sospechoso de serlo sin que haya ningún indicio para ello.
Pues llamando durante la mañana y estos impresentables dicen que no se puede acceder a las fichas de los clientes. Raro es contactar con esta gente y no acabar con un disgusto.
Buenas. Soy el creador de este hilo al que no sé por cual motivo no me deja responder: https://www.rankia.com/foros/planes-amigo/temas/4099482-nn-bank-saca-plan-amigo-20-euros-por-abrirte-cuenta-ellos Llevo invitados a unos cuantos rankianos y me ofrezco para apadrinar a quien pueda estar interesado. Solo entrar en mi perfil, enviarme un mensaje privado y empezamos.Un saludo.
Gracias por la rapidez en contestar. Las declaraciones las tengo ya guardadas en la web de la AEAT. Lo de qué porcentajes aplicar es lo que me tiene frenado.Lo consulto con Hacienda a ver qué comentan.De momento he encontrado esto:https://reaf.economistas.es/preguntas-y-respuestas-enviadas-por-email-720/ 1. Manuel preguntó. Cónyuges casados bajo el régimen de gananciales. La mujer es titular de una cuenta corriente en Luxemburgo con un saldo de 58.000 € a 31 de diciembre de 2012, ¿Quién debe declarar la cuenta?, el marido no aparece como titular ni como beneficiario, ni autorizado.En este supuesto el titular de la cuenta, la mujer, debe declarar el saldo de 58.000 € poniendo un porcentaje de titularidad del 100 %El marido, al ser titular real según la normativa de prevención de blanqueo de capitales, debe declarar en el modelo la cuenta por 58.000 euros con un porcentaje de titularidad del 50 % Un saludo.
Esto de la titularidad formal y real me trae de cabeza aunque en el fondo sea una tontería. Volviendo al caso de que yo tenga un depósito solo a mi nombre pero casado en régimen de gananciales he entendido que ambos cónyuges debemos declarar el 100% sobre el mismo depósito.¿No es eso como decir que cada uno de nosotros tiene ese depósito?Aquí en la pregunta 12 se comenta el tema pero no se habla de los porcentajes: https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/720/Recopilacion_preguntas_frecuentes.pdf