Acceder

Participaciones del usuario Denario - Fiscalidad

Denario 12/01/21 16:29
Ha respondido al tema Cerrar cuenta británica (solo 1 de 2) Modelo 720
Hola, declaras la cuenta extinta. Como al rellenar el modelo importarás el archivo de la declaración anterior( te aparece esta opción al entrar, tras indicar el certificado), pues entonces al aparecer TODO lo que declaraste el año anterior o sea, tus dos cuentas, clicas sobre una y actualizas de A a C, o sea, bien cancelado, pones la fecha y el saldo. Y pasas a actualizar la otra cuenta, de A, a M, porque no es la primera vez que la declaras, aunque la subida de saldo  de dicha cuenta por sí sola ( sin la cancelación de la otra) no hubiera necesitado de informar a Hacienda. Imagina que además de haber cancelado una, hubieras abierto otra: la nueva la pondrías como A ( un nuevo bien), y las otras dos, pues como M ( bienes ya declarados anteriormente). Si no les pones M y los dejas como A,  hacienda estará viendo  que tienes 3 cuentas nuevas.Yo he tenido y tengo dudas, y he ido varias veces a Hacienda, y no me han sabido dar respuesta, entre otras cosas, porque la normativa es en algunos puntos muy laxa, o quizá esté hecha así para recaudar. La normativa que se aplica es ¿Cuáles son los criterios para tener correctamente registrados en la contabilidad los bienes y derechos en el extranjero? - Agencia Tributaria 
Ir a respuesta
Denario 26/02/20 18:47
Ha respondido al tema - Modelo 720
Tienes las mismas dudas que yo. Me he leido la normativa del modelo 720 en lo referente a cuentas, y no veo por ningún lado nada que clarifique eso. Yop este ñao he cancelado dos cuentas que estaban a 0. Pregunté en hacienda, y me dijeron que el último saldo que hubiera. Si extrapolamos esto a un depósito cancelado, el saldo final ( cuando has cancelado algo ya solo te piden el saldo final) Has entrado ya en la página de hacienda? Hay un forero que tiene experiencia en estas lides, es  @josegaliza, yo también le he preguntado cosas. A ver si nos aclara un poquito;-)Un saludo
Ir a respuesta
Denario 26/02/20 18:14
Ha respondido al tema - Modelo 720
Vaya, el año que viene yo  tendré que declar también la cancelacion de todos los depósitos de Ca. Y claro, tengo la misma duda. Creo, que habría que poner, el capital + ese último cobro de intereses, porque es el monto con el que finaliza el depósito. Que era un depo de 10000 al 1,10, pues 10110, que es la cifra final.
Ir a respuesta
Denario 26/02/20 15:35
Ha respondido al tema - Modelo 720
Si declaraste ese depósito en el año anterior como un bien " A", ahora dbes informar de que se ha cancelado y poner bien " C", y el saldo final a la fecha de cancelación, que será el capital final y los intereses que te hayan dado justo cuando al cancelarlo. 
Ir a respuesta
Denario 31/01/20 21:58
Ha respondido al tema Modelo 720 para acciones extranjeras
https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/720/Recopilacion_preguntas_frecuentes.pdfTe mando este enlace. Míratelo. Yo le echaré la enésima ojeada, a ver si me aclara mis dudas.Un saludo
Ir a respuesta
Denario 31/01/20 21:54
Ha respondido al tema Modelo 720 para acciones extranjeras
Hola, definitivamente me he explicado muy mal. Ya presenté el modelo antes. Dos de esas cuentas bancarias YA declaradas, las he cancelado en el 2019. La duda es, cuando cancelamos una cuenta corriente, esta ha de estar a 0 para poder cancelarla: por ejemplo, la de Keytrade, cuenta base para operar en Raisin, en ella el dinero permanece escaso tiempo, mientras se abre el depósito/s  en las entidades elegidas. Bien, decidimos cerrar esa cuenta, una vez el dinero haya vuelto a España., ¿ cuál es el saldo final? 1- El que había justo antes de cerrarla, previamente transferido el dinero a la cuenta española. Pensad que en Raisin, el dinero está en depósitos cuya cancelación- con su fecha y saldo final- ya declararemos en el 720 , con lo que a la hora de poner saldo en la cuenta de  Keytrade, no vamos a poner la misma cantidad de los depósitos ya finalizados.2- 0, porque así había quedado la cuenta  ( sin ningún depósito contratado ya) unos meses antes de decidir cancelarla.Cualquiera  que haya cancelado cuentas  corrientes en este foro debería saberlo. O no?.  Fui a Hacienda, y al funcionario le pareció mejor la opción 2,  no obstante, no estaba seguro. ¿?¿?¿?¿?¿Así están las cosas: o pongo 0, o pongo... 0,40. He aquí mi dilema. Este año está la cosa más parada en el foro, quizá por la llamada de atención de Bruselas, o más bien porque Raisin no ha enviado los documentos y la gente no se ha puesto a " ello"Un saludo
Ir a respuesta