A eso me refiero: que depende más de la instrucción penal de inexactitud de la información brindada y publicada por el banco y acólitos. Un presunto delito de estafa masiva y continuada.
A qué grupo de wathsapp te refieres?. No sabía que existiera alguno de rankianos.
Saludos.
Lo digo por esta noticia que os pongo a continuación. Ocho años de periplo judicial para que el TS falle en favor del banco por la profesión del demandante: director de sucursal bancaria....eso que nos cuentan algunos bufetes que, aunque tengan algunos conocimientos financieros, pueden ganar el pleito,se perfila como una quimera del letrado en cuestión.
https://www.google.es/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://amp.20minutos.es/noticia/3462843/0/ts-rechaza-recurso-jubilado-banca-palmas-que-pedia-devolucion-preferentes-novacaixagalicia/&ved=2ahUKEwjTpayZgYHeAhUCPewKHbeDCUgQFjAAegQIBBAB&usg=AOvVaw0CL8CBscYbNBaq9gLUlEGB&cf=1
Hola,Orion 5.
Sí hay sentencias de demandas interpuesta en diciembre de 2017. Nos lo han contado los periodistas y algún que otro despacho de abogados.
Pero sabemos si dichas sentencias han sido apeladas ante las audiencias provinciales o en tercera instancia, ante el TS?. No nos dan ese dato.
Por eso es que pienso que la demanda civil, una vez sentenciada, puede recorrer un largo camino que puede ser incierto.
Aquí gana terreno la querella penal: la instrucción de los hechos probados.
Siempre que se publica una sentencia favorable en un medio de comunicación, los afectados nos alegramos y lo celebramos. Pero echo de menos ese titular que diga: un afectado de la resolución del banco popular, gana en sentencia firme, la devolución de su inversión.
Alguna firme existe, pero es de cuantía inferior a 3.000€.
A los bonistas nos dan la opción civil de aplicación de la doctrina bankia...pero no sé yo si será la más segura.
http://www.expansion.com/empresas/banca/2018/10/20/5bcafdbe22601dd6408b4632.html
Algún bonista en Las Palmas? Podríamos comunicarnos para ver nuestras opciones y cambiar impresiones sobre procedimientos judiciales y bufetes.
Creo que este canal tiene opción para privados.
Saludos
Si estás en manos de tu abogado, que te oriente. La fecha tope es el 14 de septiembre.Pero yo seguiría adelante con el tema.
Lógicamente, tanto si es verdad como si no, hemos sido engañados y habrá responsabilidades de consejos de administración como de autoridades económicas o monetarias, tanto españolas como europeas.
Ellos poseen la maquinaria para intoxicar y minar ánimos de afectados. Nosotros tenemos la fuerza de la razón.
Saludos, compañeros
https://www.google.es/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/grandes-inversores-reclaman-Europa-euros-Popular_0_1159085126.amp.html&ved=2ahUKEwjp2KKu2cvcAhVB3aQKHX63De0QqUMwAnoECAkQDQ&usg=AOvVaw3BubgHtjZ_3DeqlWMIxxd9&cf=1
Alguien entiende eso de que solo podrán ser beneficiados de dicha resolución los que presentaron e recurso en Luxemburgo?
Acaso no puede utilizarse las sentencias por analogía abriendo en España tu reclamación civil en sede judicial?.
Sería la primera vez en la historia jurisprudencial, que yo sepa claro está.
Compañeros:
Se han fijado que tenemos anuncios del San entre los comentarios de los foreros?
Que no cunda el desánimo. Está predicando entre los afectados, como banco ejemplar....de sus artes y partes somos testigos directos, a la par que víctimas.
Alguna noticia nueva de sentencia en primera instancia o lo que es mejor,sentencia favorable en apelación?.
Sería ideal que nos pusieramos en contacto por el foro a título de afectados si se dictan sentencias o se apelan por el San, sin esperar a que sean los bufetes los que filtren a la prensa los fallos judiciales.
Se sabe que hay mucha gente con demandas interpuestas por toda España, pero no tenemos conocimiento de como se van desarrollando.
Hasta ahora, los que mejor lo han tenido, han sido los compradores en la sucursal del banco popular.
Pero creo firmemente que la solución de la totalidad de los afectados va a proceder de la instrucción de la AN,y/o del Tgue.
No quiero pensar que se admita por válido la ocultación de datos a los inversores durante años, como ya reconoce el BdE y la AEAT, y esto no tenga resarcimiento a los terceros de buena fe,que según algunos con ánimo despectivo, definen como especuladores.
Hemos sido engañados por una entidad bancaria y con la presunción de connivencia de las autoridades económicas que tendrían que velar por la seguridad legal de actuaciones de la entidad que operaba en un mercado público y garantista.
Todos hemos sido víctimas de mala praxis. Desde el banco popular hasta la Jur y los colaboradores intermedios entre ambos.
Saludos
Dependiendo de donde las compraste, según tengo entendido, es la acción civil de vicio o error en el consentimiento, si te las vendieron en el popular.
Yo tengo unas fotocopias que me dieron donde se afirmaba que era renta fija cuando las compré.
Luego vino el cambio de normativa donde peligraba la inversión, y no hicieron partícipe a nadie de tal evento.
Tengo entendido que hay algún bufete que pide la nulidad por esa falta de comunicación fehaciente a los afectados.
Ya te digo: consulta con un abogado tu caso particular. Siempre es mejor. Y ya llega la hora de tomar decisiones.
Esto no va a ser como la gente se piensa. La reclamación será de forma judicial, ya aquí o en Europa y necesitarás quien te represente.
Saludos
Si las compraste en otro banco o en sitios como Renta 4, etc., pues me imagino que tendrá alguna acción