No fuimos tontos. Fuimos engañados.
En otro foro han pedido que aquellos bufetes que vayan consiguiendo sentencias firmes, nos lo hagan saber. Es una buena iniciativa. De todas formas, comentan que existe unos enlaces del consejo del poder judicial que las publica, ocultando los datos personales, claro está.
No todos los gordos van a poder salir adelante. Sobre todo aquellos que formaban parte del consejo de administración.
Los accionistas y obligacionistas de a pie,como tú y yo, tenemos más posibilidades.
Compañero Orion5, mientras el gasto en costas procesales recaiga sobre el banco cántabro, no hay problema. Será su penitencia.
Esa noticia que nos das sobre las apelaciones hasta una segunda instancia es muy interesante
Es de suponer que con ello los afectados recuperamos: lo invertido minorado por los intereses recibidos, a lo que habrá que aplicar los intereses legales hasta la fecha y las costas procesales, que se supone le cargan al banco.
Aún así, menudo negocio ha hecho la santanderina!!
Es importante que no se pare la instrucción penal. Eso nos va a dar alas. Ya le tocó al banco popular. Es posible que vuelva a tocar a otro. Esto no deberíamos dejarlo que caiga en el olvido, pues daríamos pie a muchas tropelías.
Saludos
Disculpa que vuelva con el tema: las sentencias de la AP han sido apeladas o la Santanderina se ha estado quietita?.
Creo que toda la deuda subordinada va a ser recuperable a través del vicio en el consentimiento, que es la verdad. No obstante, no es para conformarse que todos esos elementos se escapen por la tangente y se vayan de rositas, después del derrumbe económico y anímico que nos han producido. La instrucción penal ha de intentar y lograr aclarar todo el entramado que llevó a un banco muy solvente y prudente a la bancarrota, haciendo responsables a todos los intervinientes, ya sean los consejos de administración en exclusiva o también estén implicados instituciones públicas por acción u omisión.
Saludos
http://curia.europa.eu/juris/documents.jsf?pro=&lgrec=es&nat=or&oqp=&lg=&dates=&language=es&jur=T&cit=none%252CC%252CCJ%252CR%252C2008E%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252Ctrue%252Cfalse%252Cfalse&td=%3BALL&text=banco%2Bpopular%2Bespa%25C3%25B1ol&pcs=Oor&avg=&page=1&mat=or&jge=&for=&cid=2230575
Los dos Autos 480/18 y 16/18
Pues te digo que las apelaciones las anunció la propia santanderina. Y el hecho es que ya hay muchas en las audiencias provinciales.
Orion 5, no se te pide la publicación íntegra de sentencias. Solo se te solicita datos de los antecedentes de hecho, que es en realidad lo que diferencia unos casos de otros, y la fundamentación del fallo.
Como verás, una buena parte de las sentencias confirmadas pertenecen a los bonos convertibles de emisiones previas a la deuda subordinada afectada por la resolución.
La diferencia es que aquellos bonos se convirtieron en acciones al llegar la amortización.
En el fondo, ignoro si van a tener el mismo tratamiento si se llega al TS.
Lo que está más que claro es que al San le cayó un chollo y va a patalear mucho para no pagar. Sus abogados están en nómina.
Me preguntas si ya he contratado con bufete jurídico, y no sé si insinuas algo con eso de que otro ponga el cascabel al gato....Pues como todos saben, aquí todos tendremos que pasar por juzgados si queremos recuperar nuestro dinero.
Lo que debemos estar atentos a las jurisdicciones. Me inclino por la penal, aún en instrucción, aunque es cierto que se empieza a vislumbrar la inexactitud de las cuentas que pudiera llegar hasta 2012.
La instrucción se amplía ahora hasta 2020.
Hay bufetes que ya recomiendan desechar la penal y accionar civilmente.
Cada uno decide en función de su situación personal.
Saludos
http://www.finanzas.com/noticias/mercados/bolsas/20181128/afectados-popular-alegan-ante-3954242_age.html
Pimco y otros siguen en la línea de utilizar todas las oportunidades de reclamar lo expoliado.
Orion5, no sabe/no contesta.
Las únicas sentencias firmes que hay hasta ahora, son las de cuantías inferiores a 3.000€.
También existe una, creo recordar, que la titular era una señora en estado vegetativo ya antes de firmar la suscripción, (por tanto, ella no contrató). El Santander no recurrió la sentencia para evitar males mayores.
El resto, y por lo que se ve, están todas recurridas, como anunció la Botin.
Me declino por la via penal, que es la que está cogiendo forma. La civil es un poco ruleta rusa. Se ha dado casos de perder despues de ocho años de pleitear.
En fin, cada uno decide.
Saludos
Nos están preparando el cadalso estos inspectores también, sesgando los datos o qué ocurre aquí?
https://www.google.es/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/guerra-Popular-peritos-Banco-Espana_0_1186081962.amp.html&ved=2ahUKEwjh79Wf1K3eAhUMLlAKHdweDvkQiJQBMAB6BAgIEAQ&usg=AOvVaw1SLQMRI35SO5KxYVDe2Oav&cf=1
Disiento en algunas afirmaciones tuyas: el buen señor ya no puede ir a otra instancia porque esta fue la tercera. Ya no hay más....excepto,claro, el tribunal europeo.....y el hombre seguirá perdiendo más dinero en minutas y costas...
Lo que he querido decir es que lo del vicio en el consentimiento es cierto, porque nos vendieron el producto como renta fija. Eso no obsta para que cuando la ley cambió, según dicen entre el 2014 o 2015, quedando atrapados en un producto de altísimo riesgo, era obligación del banco hacernos llegar el cambio y darnos la opción de rescindir dicho contrato por ser previo a la nueva ley, dado el perfil inversor del cliente. Lo mismo que cuando cambia las condiciones de comisiones en las cuenta corrientes. Y en este caso, debió recabar el consentimiento por escrito de cada uno de nosotros.
Por el contrario, hizo mutis por el foro y nos ocultó dicha circunstancia.
Os puedo comentar a título anecdotario, que en cierta ocasión la persona que estaba al frente de la sucursal, me llamó para que fuera a firmar un documento. Con extrañeza me acerqué hasta allí y quería que escribiera de mi puño y letra un documento sobre el tema de la inversión. Como me pareció la situación estúpida pues pretendía dictarmela cual si fuera un parbulito, le dije que me la dejara y ya lo haría en casa.
Cuando volví con el documento, al que en medio de la parrafada le había incluido una apostilla que decía aproximadamente que por instrucción de el/la director/a, y sin explicación por su parte, aunque se lo había solicitado, del motivo de aquel documento, lo firmaba pero reservandome los derechos que me confería la ley.
Se mosqueó mucho y lo tiró a la papelera. Le pedí una copia y me dijo airadamente que eso no servía para nada.....en ese ajo estaban metidos los empleados....que se busque por ahí tambien. La obediencia debida concluye cuando se ayuda a la comisión de delitos como puede ser la presunta estafa.
Las únicas sentencias firmes son las de bonos convertibles, anteriores a la deuda subordinada que nos vendieron a nosotros.
Las sentencias firmes en primera instancia, son las de cuantía inferior a 3000 euros.
Saludos.