Ha comentado en el artículo From “mi cartera” to “Drawinex”
Totalmente de acuerdo con el resumen de Drawinex... La solución sería más adecuada para instituciones y para sus clientes, que para frikis con ordenador y particulares.
Y de lo que no has hablado es de las comisiones por gestión además de la famosa divergencia.
Mi padre y yo hemos sido clientes de Bestinver muchísimos años y ahora lo somos de Az Valor. Te diría que lo contratases directamente con ellos. Es muy fácil remitirles la información. Respecto a las comercializadoras , yo estos en una en otro fondos y no le veo muchas ventajas, si pudiera contratar el fondo directamente lo haría.
Muchas gracias por subir el documento escaneado. Mi banco, el Popular no me contesto de está forma, si no que indicó , que la sentencia se referia a la claúsula de otra entidad y que difiere en forma de la de mi préstamo (difiere en la redacción pero me cargan con todos los gastos los cuales va enumerando....).
Sigo pensando, en la vía de recalcular la Responsabilidad Hipotecaria y solicitar como ingresos indebidos para el impuesto de IAJD....
Hola,
Respecto a esto, sigue no estando claro si el IAJD que es realmente la cantidad de dinero importante, de acuerdo con el reglamento del impuesto es el prestatario quien debe abonarla.
Antes de meterme en abogados, estoy empezando a pensar si hay posibilidad de reclamar en juzgado para cantidades menores de 2.000 solo los gastos de notario+registro+gestoría y las claúsulas abusivas de intereses de demora a efectos de cálculo de responsabilidad hipotecaria.
Y por otro lado la devolución de parte del Impuesto de Actos Juridicos Documentados a la Comunidad Autonoma. Al tratarse de una autoliquidación si es posible. Este impuesto es el 1% de una cantidad “Responsabilidad hipotecaria” y si está afectado por las clausulas de intereses de demora y otros porcentaje bastante inflados sobre el principal. Así que no sé qué os parece este “camino”.
Mi experiencia. Reforme piso de mis padres y al año me he separado. La reforma fue con materiales de alta calidad, cocina perfecta y todo perfecto. Pongo en venta. Evito agencia. Pago 1500 euros reportaje de Home Staging, video precioso, fotos preciosas.
Anuncio en todos los portales incluso wallapop.
Vienen muchas parejitas jovenes con ninguna idea de lo que es tener dinero ahorrado para los gastos y menos aún pedir una hipoteca.
Les mando por whatsapp las paginas de rankia con los comparadores de hipotecas y la gente se asusta.
Despues de 2 años, me persuade una agencia y se lo he tenido que dar (lo han vendido en menos de un mes) porque son ellos los que hacen los papeles para la hipoteca.
Creo que es falta de cultura financiera....
Saludos.
Gracias,
no había mirado en youtube. Lo que pasa es que tendré que currarmelo, ya que no puedo con un convertidor de youtube a mp3 bajar audio de tantas horas y tendré que separarlo en capítulos.
Aunque la Once tiene una gran biblioteca hay temáticas que no toca.
Respeto al Impuesto de AJD este articulo lo aclara
http://www.notariosyregistradores.com/web/secciones/oficina-registral/joaquin-delgado-paradojas-de-la-hipoteca-la-tributacion/comment-page-1/#comment-1013
Gracias por esta información.
El derecho es enrevesado, ufff, yo creo que antes de sacar al público una sentencia, tenían que ponerse ellos de acuerdo a nivel nacional para tener un único criterio.
Esto nos desmonta a todos por completo, por que el principal monto es del impuesto de actos jurídicos.
En mi caso, ya he recibido carta del SAC del Banco Popular, desestimando mi solicitud por estar fuera de plazo para reclamar al SAC. (pero no van al fondo de la cuestión). La transcribo, me dicen que esta sentencia no es firme para el Popular, cuando yo en este foro leí que sí, ....
Muy Señora nuestra:
Acusamos recibo a su escrito de fecha 19 de diciembre recibido en este Servicio de Atención al Cliente con fecha 21 de diciembre de 2016, en el que manifiesta su disconformidad con los gastos de constitución ocasionados con motivo de la formalización del préstamo hipotecario número XXXXXX formalizado a su nombre.
A este respecto, la sentencia del Tribunal Supremo na 705/2015 a la que usted alude en su escrito, se refiere a la cláusula de otra entidad cuya redacción difiere de la cláusula de gastos de su hipoteca formalizada con Banco Popular en fecha 14 de octubre 2010.
Igualmente, analizada la incidencia que plantea nos vemos en la necesidad de significarle que desde este Servicio de Atención al Cliente nos hacemos eco de lo estipulado en el arto 10.2.f de la Orden
ECC/2502/2012 que regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de
reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General
de Seguros y Fondos de Pensiones, así como del Reglamento para la defensa del cliente del Grupo
Banco Popular. El citado artículo fija el periodo máximo de seis años desde la producción de los hechos como criterio para la admisión a trámite de la reclamación, constatando que los hechos por usted referidos exceden este plazo.
En base a lo anteriormente expuesto, lamentamos comunicarle que no podemos atender su solicitud en
los términos que solicita en su escrito.
Quedamos a su disposición y aprovechamos la ocasión para saludarle atentamente,