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Participaciones del usuario Jalcper - Fiscalidad

Jalcper 24/09/24 15:05
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Estoy de acuerdo contigo, la única duda que hay, es como aplicaran ese incremento del 0,115%. Aunque mi fuerte no son las letras, tal y como esta redactado, entiendo que será la primera formula, además para la Seguridad Social eso puede representar "dinero" de ahorro. Como referencia, en  la DT 38 indica como aplicar un incremento, aunque sean disposiciones y temas diferentes, creo que lo "tiros" pueden ir por ahí.  Respecto al incremento del 0,115%, como bien dice el párrafo es "acumulativo", esto tiene sentido porque:1.- En esta misma Disposición Transitoria (DT 39), el párrafo 4 indica una tabla de incrementos de la P. Maxima hasta 2065 en el que el incremento será del 20%, y ese mismo año, se valorara si mantener ese proceso de convergencia hasta alcanzar el máximo del 30% 2.- Este incremento, de alguna manera esta asociado al "destope" de las bases Máximas de cotización, por lo que sería injusto que se cotice mas y no se tenga opción a tener una pensión Máxima mayor."Disposición transitoria trigésima octava. Norma transitoria para la aplicación del tope máximo de la base de cotización.1. Desde el año 2024 hasta el año 2050, las sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado aprobadas para ese período fijarán el tope máximo de las bases de cotización de los distintos regímenes de Seguridad de Social conforme a lo establecido en el artículo 19.3, si bien al porcentaje al que se refiere dicho artículo se le sumará una cuantía fija anual de 1,2 puntos porcentuales.".Una observación, hasta ahora el trabajador que se jubilaba con la P. Máxima, cada año con la revalorización anual, continuaba cobrando la P. Maxima. Desde el momento que se aplique esta Disposición, no será asi y se abrira anualmente un desfase que ira aumentando en el porcentaje que indica la DT 39, pues anualmente SOLO se incrementará la Pensión con el IPC promedio, como hasta ahora.
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Jalcper 05/09/24 14:29
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
No recuerdo quién de este foro te puede dar mejor respuesta respecto a las cotizaciones en la sombra, y como funcionan, pero creo y estoy bastante seguro, que si que se tienen en cuenta, independientemente de que estés con un Convenio Especial o cotizando de cualquier otra forma. Como le dije a Alfonso Codosero, en Facebook hay un grupo "Jubilación Anticipada 61" en el que puedes hacer la consulta exponiendo tu caso, pueden ayudarte y orientarte. Es un grupo que yo he seguido desde hace tiempo, siempre te enteras de situaciones diferentes a la tuya, y te pueden ayudar a tomar decisiones 
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Jalcper 04/09/24 20:12
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Werner, te adjunto el caso que te comentaba:https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/una-trabajadora-fuerza-el-despido-para-cobrar-el-desempleo-y-es-obligada-a-devolver-los-4-000-euros-cobrados-indebidamente/.Tambien te adjunto otro de un bufete de abogados, dando consejos.https://www.campmanyabogados.com/despidos/como-provocar-despido-procedente.En cualquier caso evidentemente, evalua si el riesgo merece la pena.
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Jalcper 04/09/24 17:19
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Werner, ojo con lo de "forzar" el despido. Hace unas semanas, no recuerdo donde, ley una noticia de una mujer que había "forzado" el despido, si no recuerdo mal, con faltas reiteradas al trabajo, sin justificar para así forzar que la despidieran y poder cobrar el paro, como así fue. No recuerdo bien si el el SEPE o la Seguridad Social, recurrieron, creo que por vía judicial, y esa mujer se quedó sin paro y tuvo que devolver el dinero que se le había pagado hasta esa fecha. Repito ojo
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Jalcper 03/09/24 18:16
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Ojo con ese plan!!. Si solicitas la Jubilación el día 30/12/2024 bien, pero si la solicitas para el día 1/01/2025, NO se cumple uno de los requisitos para poderte jubilar y este es "estar en situación de ALTA o asimilada al Alta", pues en principio causas baja el día 30. 
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Jalcper 03/09/24 18:07
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Por los datos que das, a mi juicio SI te deben aplicar la DT34, en definitiva deberían de aplicarte el coeficiente del 5,5 % que comentas. Por otro lado, en la resolución de pensión te adjuntan la información de las bases de cotización, así como la base reguladora que te han calculado. Si esta información coincide con la Simulación de la página de Tu seguridad Social, haces bien en reclamar, si no fuese así, contrasta las bases de la resolución y las de la Tesoreria y reclama si hubiese diferencias. En mi caso particular, cuando me enviaron la resolución, las bases de cotización que utilizaron para calcularme la pensión eran inferiores a las de la Tesoreria, no reclame por no afectarme al resultado final de Pensión. 
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Jalcper 14/08/24 11:41
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
He revisado, por encima sin entrar a analizar cada Disposición Transitoria, la ley actual y no he visto nada que en el que se pueda aplicar la anterior Ley, entendiendo esta como la anterior a la modificación del 28 de diciembre de 2021 y que entro en vigor el 1 de enero de 2022.Yo entiendo, que el bufete se refiere a la situación anterior a la entrada en vigor de la DT 34, es decir penalizaciones sobre la BR y Limite Máximo sobre la P. Máxima del 0,5% trimestral.Esto SOLO lo puede aclarar Alfonso contando su caso
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Jalcper 13/08/24 09:35
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Alfonso, no se si eres usuario de Facebook, pero te aconsejo que leas/consultes un grupo llamado "Jubilación Anticipada61" . Los administradores de ese grupo conocen bastante bien temas relacionados con las pensiones y pueden asesorarte/ayudarte y aconsejarte, si les expones tu caso
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Jalcper 12/08/24 20:09
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Además de lo que te ha comentado Werner Pauli, acudiria a un CAISS, para que al menos te den una Simulación, te informen para que puedas verificar los requisitos que te ha comentado Werner, y contrastar con lo dicho por el bufete
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