Javi Falonsma
22/05/23 09:03
Ha respondido al tema Gastos de juicio
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Si el deudor ha sido la AEAT, los intereses que se cobran para mí mal denominado "ingresos indebidos" ya que es una COMPENSACION y no es un enriquecimiento, *HAY QUE DECLARARLO* = (SENTENCIA 24/2023, DE 12 DE ENERO DE 2023 RECURSO DE CASACIÓN Núm: 2059/2020) Y DE HECHO EN LOS DATOS FISCALES DEL CONTRIBUYENTE, APARECE ESA CUANTÍA .Del resto de cuestiones, salvo error, no se declaran. (https://sincomisiones.org/reclamaciones-hipotecarias/pagar-impuestos-por-lo-recuperado-en-clausulas-suelo#:~:text=%C2%BFDeben%20declararse%20los%20intereses%20indemnizatorios,abuso%20bancario%20tampoco%20deben%20declararse. )