La verdad que puede ser un tema bastante enrevesado, como "sospechosamente" lo es gran parte de la fiscalidad; pero por las consultas que he hecho parece ser que la regla-2-meses sólo se aplica si generas minusvalías (y luego compras la misma empresa).En las plusvalías desaparece la insidiosa regla, pudiéndose compensar siempre con minusvalías (aunque sean pendientes de años anteriores).-. Saludos.
No ocurre nada puesto que en la primera venta generaste una plusvalía, y ya se te aplicará el correspondiente pago fiscal del IRPF (independientemente de la regla-2-meses).- Saludos.