Y respecto a la ITV, lo mismo. Aunque el vehículo esté estacionado tiene que tener su ITV pasada, según Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos.
"Para la exención de la obligatoriedad de la inspección en razón de la no utilización del vehículo en las vías públicas será requisito necesario obtener la baja temporal del vehículo en la Jefatura Provincial o Local de Tráfico correspondiente, para su anotación en el Registro de vehículos, quien comunicará esta circunstancia al órgano competente de la Comunidad Autónoma del lugar de matriculación"
Como idea, busca información o consulta con un abogado que tal iria hacer un contrato privado o bien capitulaciones prematrimoniales que prevean en que situación deberiais quedar en caso de ruptura.
Y otra cosa al margen del tema, piensa mucho con quien vas a tener un hijo, son los que peor salen parados y es una pena.
Haces bien en planteartelo. SABES LA PERSONA CON LA QUE TE CASAS PERO NI IDEA DE LA QUE TE DIVORCIAS. Te lo digo por experiencia. Quien iba a pensar el calvario que me esta suponiendo el divorcio. Menuda loba.
Buenas noches,
Al menos en acciones, SÍ.
Existe una pestaña de indicadores que si la clicas, te aparecerá el volumen entre las primeras opciones.
Saludos.
El ejercicio de la prostitución no está penado en nuestro país. Caso muy distinto, son aquellas personas que obligan a otras a prostituirse.
La prostitución es meramente sancionable a nivel administrativo y siempre que este respaldado por la legislación territorial correspondiente, porque que yo sepa a nivel estatal tampoco es sancionable administrativamente.
En todo caso, y ya bajo mi punto de vista personal, debería ser reconocido como actividad laboral, regulandose a fin de garantizar unas condiciones sanitarias adecuadas y una contribución a las arcas como cualquier otro trabajo.... ejercido siempre desde la propia voluntariedad del que lo/a ejercita.