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Participaciones del usuario Jmp_bcn - Fiscalidad

Jmp_bcn 28/09/12 10:34
Ha respondido al tema Ya no te puede tocar ni la Lotería
Pues me parece fantástico, por un dinero que cae del cielo no importa pagar y además para las que compran décimos para blanquear dinero, al menos tendrán un impuesto...
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Jmp_bcn 22/09/11 11:13
Ha respondido al tema Carta de una recaudadora de impuestos o como el fraude puro y duro campas por sus anchas en este país
Pues sí, para engordar los gastos y pagar menos impuesto de sociedades, no hay más que pedir unas cuantas facturas a "moduleros", ellos se quedan con el IVA y quien recibe la factura se deduce el gasto y también el IVA. Negocio redondo para los dos... esto se hacía en la construcción una barbaridad, además de trabajos sin factura... pero también he de comentar que Hacienda se dedica más a controlar a los que cumplen y presentan sus declaraciones, a ver si se han equivocado en una suma o de han descuidado en alguna cosa, que en buscar las bolsas de fraude, que son detectables mediante muchos medios, pero precisan de más dedicación y esfuerzo, es más fácil machacar a los que cumplen que buscar a los que no lo hacen.
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Jmp_bcn 09/03/11 16:33
Ha respondido al tema Modelo 347 - Importe-
Según la normativa, están obligados a presentar la declaración las personas físicas, jurídicas .... que desarrollen actividades EMPRESARIALES O PROFESIONALES. Yo entiendo que una persona física que tiene un local arrendado NO DESARROLLA una actividad empresarial o profesional y por lo tanto, no está sujeto. RUEGO COMENTARIOS AL RESPECTO, pues lo que "yo entiendo" no tiene porqué coincidir con lo que "Haciendad entiende" Quedo a la espera de aclaraciones y gracias por anticipado.
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Jmp_bcn 11/11/10 19:52
Ha respondido al tema Para ingresos inmobiliarios, ¿Interesa ser empresa?.
Como dice al.rodrigo, los ingresos tributan en IRPF de forma muy reducida, cosa que no se produce en caso de empresa, que tributan íntegramente al 25%, luego ese beneficio, o lo dejas en la empresa como reservas y cuando repartas dividendo pagarás un 19%, o te lo pasas como nómina, con el lio que esto conlleva. En mi opinion, o tienes muchas viviendas en alquiler o no vale la pena, tendrás que llevar la contabilidad, hacer declaraciones de impuestos, llevar las cuentas al mercantil cada año, hacer los libros, etc... Vaya, que te va a costar más la empresa que lo que saques de arrendamiento.
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Jmp_bcn 23/09/10 21:00
Ha respondido al tema El atraco del siglo, los valores catastrales inamovibles...
Multiplica el atraco por dos: Tu pagarás "plusvalias" y quién lo compre "transmisiones patrimoniales", los dos por un importe mucho mayor al que toca... ambas partes podrán acudir a tribunales, ya que la administración se va a labar las manos y liquidará por lo que en "teoría" toca, y como a tribunales no va a ir nadie, ya que económicamente es inviable... pues nada, a pagar para mantener a los mismos inútiles que nos atracan...
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Jmp_bcn 14/03/10 00:07
Ha respondido al tema Mod. 347
Digo en Catalunya, porque he recibido instrucciones de la Dirección General de la A.T. en Catalunya, desconozco si en el resto del territorio nacional también es así, aunque lo lógico sería que fuese igual en todas partes.
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Jmp_bcn 14/03/10 00:05
Ha respondido al tema Mod. 347
En Catalunya, lo siento, desconozco si en el resto de España es así, a partir de este año los arrendadores deben hacer el 347, identificando al arrendatario, el importe cobrado y el local arrendado, con su referencia catastral, dirección, nif del arrendatario, etc... Hay que poner al declarado, y el local, en dos ventanas diferentes. Por lo tanta aqui debemos hacer el 347 si el arrendamiento esta sujeto a IVA a pesar de que el arrendatario ya informa a Hacienda con el resumen anual 180. Saludos
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Jmp_bcn 05/05/08 22:28
Ha respondido al tema Duda renta?
Las plusvalias tributan al tipo fijo del 18% prescindiendo del tiempo en que se han generado. Hacienda solo te informa del importe de la venta porque es la información que le pasa de forma telemática la entidad financiera que ha intervenido en la venta, desconoce, sin comprobación previa, el importe y momento en que se ha realizado la compra, por lo que no puede calcular el importe de la plusvalía. Las participaciones preferentes, en caso de producirse un incremento patrimonial por cokmpra-venta tributarán de la misma forma y debe tributar quien figure de titular, pues legalmente es su propietario, con independencia de quien realize la operación. Legalmente, si tus padres compran unas acciones, etc... y te ponen a ti de titular están realizando una "donación" y deberían tributar por ese concepto, y tu, por los rendimientos obtenidos. Saludos.
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