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No conozco norma alguna que regule este aspecto, salvo lo que establezca el contrato en el pedido. Todo son costes en tiempo y, a veces, esfuerzo físico que hay que remunerar.No es igual descargar un palé con varios sacos de cemento y ladrillos "a pie de calle" que subirlos al 3º2ª, y más sin ascensor. O un tresillo o un armario.
Los Ayuntamientos cobran por uso de vía pública. No podemos sacar nuestro sofá de forma permanente a la acera.Ni el transportista abandonarlo delante de nuestra puerta.Al contratar portes ya se establece si se descarga "a pie de calle", "ante la puerta", "dentro domicilio" o "con instalación"