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Joanpetit 14/12/16 16:46
Ha respondido al tema Vendiendo contratos (puts) de telefonica a Diciembre como un loco
Ah, no, si no me preocupo. Tú mismo has dicho que eres novato y que necesitabas ayuda y yo te doy el mismo consejo que le he dado a muchos amigos que empezaban. Tú mismo has dicho que en tu entorno había habido pérdidas bursátiles. Lo que pasa es que consejos directos y las verdades a algunos les ofenden. Hace años en Rankia durante una temporada respondía preguntas de novatos y afectados. Dejé de hacerlo porque a veces les dedicaba más horas que los mismos afectados, con vocación altruista. Después cada uno que entraba te lo hacía repetir una y otra vez, porque no "habían tenido tiempo " para leer el hilo 10 pág. atrás. En fin, el tiempo que ellos no le echaban para resolver sus problemas pretendían que lo echase otro. Eran los mismo que tampoco habían tenido tiempo de leerse el contrato que les ofrecía el banquero. En tu tejado queda. A mí me da igual. Hasta otra.
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Joanpetit 14/12/16 14:37
Ha respondido al tema Vendiendo contratos (puts) de telefonica a Diciembre como un loco
Algunos sois muy cómodos, por no decir otra cosa y otros tienen más paciencia que un santo. Solo hace falta poner "vender put" en Google y te lo explican. Incluso entre las primeras posiciones sale un artículo de Rankia. Entonces se lee, se relee y si no se entiende se pregunta. Y no lo digo sólo por este foro, ya lo decía hace años cuando los perjudicados por las preferentes o convertibles bancarias entraban como elefantes en una cacharrería: "Pierdo 30 mil euros pero explicadme el folleto, que no tengo tiempo de leerlo". Siempre me ha parecido que la vaguería es el anticipo de la ruina bursátil. Allá cada cual. Pero después vienen quejas.
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Joanpetit 07/12/16 12:43
Ha comentado en el artículo Recurso de reposición en defensa del artículo 670 de la LEC
Si llegaron a un acuerdo antes, se presentaron en el juzgado y no se suspendió la subasta porque no estaba el secretario, para mí tienen razón. Si se presentan después del plazo que tiene el secretario para hacer el decreto, en mi opinión tienes las de ganar. Mi opinión, claro.
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Joanpetit 05/12/16 21:35
Ha comentado en el artículo Recurso de reposición en defensa del artículo 670 de la LEC
"En relación con la propuesta relativa a las subastas electrónicas, en nuestro ordenamiento se prevé, en diversas ocasiones, el recurso a la subasta pública como medio de realización de bienes. Esta forma de venta, basada en la pública concurrencia, persigue dos claros objetivos: por un lado, la transparencia del procedimiento y, por otro, la obtención del mayor rendimiento posible de la venta de los bienes. Estos procedimientos –notariales, judiciales o administrativos– hasta la entrada en vigor de la normativa reglamentaria derivada de la Ley 1/2013 de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, se caracterizaban fundamentalmente por su configuración presencial, por las diferencias en cuanto a su desenvolvimiento, las limitaciones a su publicidad y la gran rigidez de su procedimiento. El Gobierno, en el Consejo de Ministros de 21 de junio de 2013, aprobó el informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas en el que se analizó, como una de las medidas a adoptar, la creación en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado de un Portal Electrónico de Subastas para su celebración, a fin de lograr una mayor simplificación administrativa evitando, al mismo tiempo, el solapamiento de procedimientos mediante la reutilización de los medios disponibles. La existencia de un solo portal ofrece ventajas importantes, entre ellas se familiariza al usuario con un entorno y bastará que se dé de alta como tal en un único lugar para poder participar en todo tipo de subastas. Además, un solo portal implica la existencia de una única base de datos, lo que permitirá, por una parte, mantener un solo motor de búsquedas que abarcará la práctica totalidad de las subastas públicas –facilidad para el ciudadano– y por otra, ahorrará significativamente los costes de alojamiento, mantenimiento y desarrollo de la base de datos. La explotación de esa base de datos podrá posteriormente facilitar todo tipo de información y estadísticas. Las ventajas de la subasta electrónica frente a la presencial son muy importantes porque ésta última adolece, hoy por hoy, de serios inconvenientes como la falta de publicidad, ya que las subastas se anuncian escasamente y su limitada difusión dificulta enormemente la concurrencia, lo que genera, a su vez, una escasa participación. También destaca la limitación de acceso de la subasta presencial, lo que complica la participación a los que concurran en persona o representados, en su caso, al obligarles a estar en un lugar, día y hora determinados. Se ha subrayado también la rigidez del procedimiento de la subasta presencial pues adolece de un rigor formalista hoy superado. II La subasta electrónica tiene hoy innumerables ventajas, pues permite multiplicar la publicidad de los procedimientos, facilitar información casi ilimitada tanto de la subasta como del bien y, lo más importante, pujar casi en cualquier momento y desde cualquier lugar, lo que genera un sistema más eficiente para todos los afectados." Copio preámbulo de la ley 19/2015. Y, si recuerdo de mis asignaturas de derecho, aunque no soy abogado, es que los preámbulos forman parte de la ley, y ésta se tiene que interpretar con los motivos, principios y objetivos que en los preámbulos se establecen. Los plazos están para cumplirlos, y precisamente se ponen para favorecer la presencia de pujadores, en aras de obtener "el mayor rendimiento económico". Poco rendimiento económico se va a sacar si se puede aportar postor dando un euro más que la mejor puja realizada en subasta, por mala interpretación o por falta de decreto de adjudicación a tiempo. En fin, si alguna vez me adjudico algo yo atacaría por ahí, principio de transparencia para que te digan precio de adjudicación y plazos, tipos del 70% obligatorios etc para favorecer la presencia de pujadores. Los ejecutados y ejecutantes ya tienen sus tiempos establecidos y el favorecer a estos últimos puede ir en beneficio de la subasta pero en clara contradicción con el objetivo de la norma.
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Joanpetit 17/10/16 00:24
Ha respondido al tema Bono Convertible en Acciones NATRA vencimiento 27-1-2023 ISIN ES0265515009
La cotización teórica del convertible es más del 400% y cotiza a menos de la mitad de su precio ( al 200 y pico), por lo que la acción de Natra tendría que caer más del 50 % sobre precio actual para perder algo. El margen de seguridad existente es importante. La emisión es muy pequeña, ilíquida y una gran desconocida, de ahí el desajuste valor/precio. Creo que para recoger hay que sembrar loterías que tengan un margen de seguridad y posibilidad de éxito importantes. Ésta es una de ellas. Ojalá hubiese más, porque me tiraba de cabeza. Siempre conociendo el riesgo, claro está, porque Natra sigue teniendo problemas financieros . Nunca poniendo demasiados huesos en la cesta. Pero para un porcentaje pequeño de la cartera es un riesgo asumible frente una posibilidad real de ganar el doble de lo invertido (cálculos a precio de hoy de Natra y bonos al 200 y pico). Tampoco hay que esperar a vencimiento, conforme la fecha se acerque, lo lógico es que el bono suba de precio, se hable más de él y cierre el gap exorbitado con la acción que tiene hoy en día.
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Joanpetit 01/08/16 18:11
Ha respondido al tema Tecnocom
Por técnico puede irse donde quiera! una cosa es descontar expectativas y otra es dar las expectativas por hechas, que es en mi opinión lo que pasa ahora. Saludos :)
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Joanpetit 30/07/16 05:34
Ha respondido al tema Tecnocom
Vaya titular. Aumenta de 200 mil euros a 3 millones. Diferencia de 2,7 millones. Cruel y triste realidad. Como decía un jefe mío hace tiempo, si ganas 10 eur en vez de 1 también multiplicas por diez. Pero... No vamos a quedarnos en los titulares, vayamos a mirar los ingresos: - ohhh sorpresa, los famosos trabajos para el inmovilizado ascienden en ...1,8 millones! O sea, que de los 2.7 mill, 1.8 son "ficticios"... Y capitaliza 200 millones ahora! Esos titulares de las empresas... El per actual es ¡! ... ( lo estaba haciendo y me he asustado) En definitiva, en mi humilde opinión, por lo que se sabe ahora y ha demostrado, cotizando a 1 y pico era una buena oportunidad y a 2,7 que está ahora es una merienda de negros. Empapele, que dirían otros. PyG mediante.
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Joanpetit 14/07/16 19:02
Ha comentado en el artículo Lo que el Scrip Dividend esconde
no entiendo tu respuesta. El scrip dividend, que es lo que se trata, es completamente neutro. No sé qué tiene que ver con que se revalorice o no la acción (fuera de la dilución que conlleva el scrip, y que es equivalente al valor de las acciones que te han dado). El accionista se queda absolutamente igual tras el scrip. Baja el beneficio por acción, evidentemente porque hay más acciones. Pero es que esas acciones de mas las tienes tú. O sea, que tus acciones totales tienen el mismo beneficio total. Yo encantado de que me des tu cuenta corriente. De la misma manera ninguna ampliación es positiva o negativa SI ESTAS DE ACUERDO EN EL PRECIO. Evidentemente si tienes el mismo beneficio después de la ampliación, no es por culpa de ella, sino GRACIAS a ella. Sin la ampliación, seguramente hubieses tenido menos beneficio. El problema es de la empresa que va mal, no de la ampliación. (te sube el beneficio o baja la deuda, en definitiva, sube el equity value calculado de una u otra forma en el mismo dinero que te ha entrado por la ampliación). Lo único que estoy de acuerdo es con Fernan2, que dice que la mayoría de casos en los que se recurre al scrip (dejo el tema de las ampliaciones a un lado), es que la empresa tiene dificultades. Si bien eso es cierto si eres inversor value harás una valoración de la empresa que tenga en cuenta si el precio de la acción recoge o no el valor futuro. Seguramente si el mercado es "eficiente" y el scrip es posterior a una bajada del beneficio, la acción haya bajado y tu única pregunta será si ha bajado lo suficiente, o si se ha pasado de vueltas. Que se lo digan a Almirall después de implementar política de scrip, si éste es bueno o malo para el valor de la empresa. En su caso sirvió para recapitalizarla y relanzarla. Al precio de la acción me remito. En definitiva, scrip neutro, cada motivo se ha de estudiar de manera individual.
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Joanpetit 09/07/16 10:56
Ha comentado en el artículo Lo que el Scrip Dividend esconde
Creo que la discusión es un poco estéril porque fuera de impuestos y comisiones los scrip son totalmente neutros. Los argumentos en contra están perfectamente rebatidos, pero en los argumentos a favor carecen de un supuesto: cobrar el dividendo y comprar acciones ese mismo día o incluso, invertir el dividendo en otro producto con la misma rentabilidad que la acción. Me gusta el scrip porque te deja elegir y porque con esa elección puedes ahorrar impuestos y reinvertirlos ( los impuestos) , cosa que si cobras el dividendo y compras acciones no puedes. En cuanto a las ampliaciones "dilutivas" porque te dan el derecho de suscripción preferente ... Pues bien, tampoco es tan cierto, siempre y cuando estés de acuerdo en el precio. Todas las ampliaciones por encima del precio no me han diluido, sino que me han regalado dinero, igual que si ahora amplían a 10 eur. Saludos
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Joanpetit 08/06/16 21:21
Ha respondido al tema Naturhouse Health (NTH)
Naturhouse no necesita vender nada milagroso. De hecho lo que vende y si véis facebook etc, está basado en dieta mediterranea. Lo que único que te dicen es que lo complementes con sus productos. Complementes. No es Herbalife que vende humo. Es una obligación "moral" la de comprar, simplemente tienes una asesora personal que te guía en el adelgazamiento y vida saludable, a cambio de que tú compres los productos que te dicen. De hecho ya sabes que de alguna manera hay un sobreprecio que tienes que pagar por el asesoramiento gratis. Es muy fácil cerrar una tienda, y la inversión inicial no es mucha, por lo que si están abiertas las tiendas es porque funcionan. Si a un franquiciado no le gusta o no le va bien, no tiene más que cerrarla. Más seguridad no puede haber ni hay peligro de que haya tiendas "fantasma" con rentabilidades negativas, porque aquí todo el beneficio y/o pérdida la asume el franquiciado. La media es de 1 visita cada 15-20 min. Estamos hablando de 3-4 personas hora. NO es una tienda. Es lógico "que no se vea tráfico" ni "la tienda llena", porque no lo es. No tiene ventaja competitiva... si no se puede llamar ventaja competitiva tener más de 2.000 personas a las que has convecido vendan tus productos y monten tienda. Cualquiera que se pusiese ahora tendría un gasto publicitario ingente y años por delante para conseguir tamaña cifra. Hay que seguir el número de tiendas y el crecimiento (o no) de ingresos/Resultados. De momento parece que vamos según expectativas. Cisnes negros ya los han dicho por aquí arriba. Estoy de acuerdo. La crisis reputacional puede venir en muchos sectores e inesperadamente (que se lo digan a Volkswagen), pero aquí creo, en mi modesta opinión, que es mucho más bajo que en Herbalife por ejemplo, ya que no te dicen "esto adelgaza", sino "tú come ensaladas, fruta, pescado... y si quieres este extracto de hierbas te ayudará". La diferencia es clara. De momento satisfecho con la evolución, me sigue pareciendo barata. Aún es pronto para expectativas y sigue siendo desconocida. Por ejemplo en La Vanguardia impresa no sale la rentabilidad por dividendo (y les tuve que llamar yo para que la añadieran a su sección de bolsa, ya que ni salía la empresa). Saludos, seguiremos evolución.
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