Más allá de la utilidad de que estemos tranquilos (algo muy importante), aplicar un stop de pérdidas en un fondo de gestión activa tiene entre sus inconvenientes (o dificultades) el de que no sabes de la rotación de posiciones hasta un tiempo más tarde, con lo que puede ser que las posiciones que pudieron propiciar la caída del valor liquidativo ya no estén en cartera, o se hayan aumentado si se sigue confiando en el valor... Cada maestrillo tiene su librillo.En el caso concreto del MS Asia Opportunity, sin duda pesó mucho la salida de su gestora. Eso sí fue motivo de alerta como mínimo.Salu2
Ni por 200.000 Como te ha respondido @bacalo
el 720 solamente aplica a las inversiones depositadas en el extranjero. Si trabajas con una gestora o plataforma española, no aplica, independientemente de la moneda o de la nacionalidad de la entidad gestora del fondo. Si contratas un fondo con Interactive Broker (que no es probable) entonces sí.Salu2
Uf, es muy distinto un enfoque a micro que a small, independientemente de que a futuro el fondo pueda ir mejor o peor. Es un cambio de estrategia y para mí sería motivo de salida o como mínimo de planteármelo.Salu2
Hace una eternidad que no pasó por el foro de fiscalidad, pero se prodigaba gente muy válida. Por mi pésima memoria solamente recuerdo ahora a Lunático, pero había un par mas desde los inicios, incluso de sitios anteriores a Rankia. Igual se han jubilado. Dudo ahora si Chanquete además de controlar de seguros también estaba en fiscal.Salu2
O te has explicado mal o te ha entendido mal. Al reembolsar el fondo se tributa por la diferencia entre valor de adquisición y valor de reembolso. En el bien entendido de que el valor de adquisición se refiere al valor original de la partida fiscal reembolsada, que en caso más simple corresponderá al mismo fondo, pero que de haber mediado traspasos, corresponderá a la primera suscripción. Pero no, porque medien cambios de moneda no se origina tributación adicional.Salu2
En lo principal o global, además de en cifras absolutas, calculo en periodos de consumo. Por ejemplo, el colchón de seguridad, no de xxx euros, , sino para x años, que son xxxx euros. Y lo mismo en cuanto al patrimonio,, etc.Salu2
Hola Diego. Me lo pones muy fácil. En lo que a mí respecta, las respuestas breves son NO y SI. Por eso, entre otros motivos, invierto en gestión activa en lugar de indexada. Y hago notar que en todo caso, soy más de seguir ACWI que SP500, aunque tus preguntas seguirían siendo válidas, por la ponderación de las empresas de EEUU. También hay que considerar que mi comentario es en respuesta al planteamiento de Mapatal. Para estar invirtiendo en productos muy focalizados, mejor un global, ya sea activo o indexado.Luego, los que mueven SP500 son una veintena de empresas. Cosas de la ponderación. No hace falta analizar las 500. Las burbujas, unos no las ven nunca y otros las ven siempre. Y aún viéndolas cuando lo son, falta saber cuándo van a pinchar. Recordemos la subprime lo que tardó. Y sobre el PER, opino que tiene innegable utilidad, pero más lo veo aplicado a empresas que a fondos y siempre en relación al sector en concreto. Lo de apuntarse a lo que funciona ya puede ir en función de lo tácticamente que uno tenga ganas de gestionar la cartera, que no es ahora mi caso. También reconozco que indexado me sentiría como un lemming, siguiendo una ruta fija e invariable sin cuestionarme si hay un mejor camino... sobre todo en las caídas, claro está :-DSalu2