Hola @Ainhoa66 y buenos días todos. Gracias de nuevo. Para seguir un orden desmenuzo a groso modo por puntos lo que señalas. 1) El préstamo fue de 33.656,68€ en 2.002 , errata mía de conversión pesetas / euros de redondeo a un céntimo. 2) No es VPO, es viv segunda mano con ayuda directa de compra por reunir una serie de requisitos (edad, acceso primera viv., etc) impulsado por Ministerio de fomento en 2002 que consistía en ayuda económica directa más subsidio de 15% en cuotas de préstamo durante 10 años, con cláusula de prohibido a lo que hecho referencia al igual que VPO. De ahí aplicación de arancel 3.1 nota marginal por prescripción. 3) El precio compraventa fue de 42.070,85€ préstamo 33.656,68€ el 80% del valor de compra. 4) En lo relativo reducción del 5% adicional tanto cancelación hipo como cancelación prohibición, tienes toda razón, gracias por detectar porque no no lo aplican en base RD 8/2010. 5) En referencia NS, me entregan nota simple no aparece carga hipotecaria ni prohibición pero no hay mención de derecho de tanteo ni derecho retracto, sin embargo sí señala en cargas vigentes sobre la fina que queda afecta durante 5 años al pago de liquidación que puedan girarse por Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Por otra parte también señala que no hay documentos pendientes de despacho. 6) Escrito del Registro de la propiedad, señala que la Registradora suscribe previo examen copia escritura otorgada equis día por el Notario por cancelación de hipoteca, que se ha comprobado del CSV del documento que justifica el pago de impuesto, se practican notas marginales de afección fiscal durante cinco años al pago de la liquidación complementaria, y poe último que se procede a cancelación por caducidad de 2 afecciones fiscales así como prohibición.Eso es todo resumido, no veo nada más a parte que quisieran facturar la transmisión entre entidades que al principio estaba todo en una única factura a mi nombre , cuando protesté lo desglosaron en dos facturas; una a mí nombre y la otra emitida a la entidad.Con lo cual, (por favor Ainhoa66 corrígeme si me equivoco) anomalías en la factura; error económico de no aplicar reducción del 5% RD 8/2010 (4,68€ a mi favor), error formal arancel 4.5 que no existe y otras certificaciones 4.1E que desconozco? si se aplican éstas dos por lo que viene desglosado en el escrito del Registro.Mañana llamaré al Registro para resolver por telf la duda de 4.1E así como omisión de la reducción del 5%. Mil gracias, saludos