Buenos días Delvitz.
¡Vaya pasada se pegan! Esto es un atraco a mano armada.
Si ves mis anteriores respuestas en este foro, puedes ver que todo lo relativo a protocolo electrónico hay que impugnarlo porque no hay ningún cambio arancelario en la normal. Especialmente el exceso de caras de la matriz electrónica ya hay resolución que dice que no están amparados para cobrarlo.
Por tanto, exceso de caras de matriz electrónica, testimonio hash, testimonio cotejo protocolo electrónico, las tienes que impugnar.
Además, te está cobrando unos servicios, como gestión catastro, y consulta deuda IBI, que te lo debería cobrar sólo si se lo has pedido tú. Lo mismo con la solicitud de información registral, que por pedir esas notas te cobre él más que lo que cobra el registrador por hacerla, es acojonante.
Respecto a los suplidos, papel colegio no lo pueden cobrar, y respecto al suplido ANCERT, entiendo que no te deben repercutir a ti el coste que entre ellos se cobren por su informática.
En cuanto a la operación, además de una compraventa, tienes dos actas. Revisa si realmente existen y de no ser así impúgnalo también.
Visto el excesivo afán usurero de este notario cobrando conceptos más que dudosos, y algunos que aunque pueda estar permitido, como el catastro, cobrar más del doble de lo normal, yo impugnaría directamente ante el colegio notarial.
Recuerda poner en tu escrito de impugnación, que impugnas la factura completa y quieres que revisen todos los conceptos.
No olvides que tienes 15 días para hacerlo desde que te entregaron la factura.
Suerte, ya nos irás diciendo.