Lo que venían también a explicar los jueces en este artículo es que no solo hay un tribunal médico por provincia en toda España, ellos también tienen que ejercer de tribunales médicos y hay más de 300 jueces en España que se dedican en parte o totalmente a resolver demandas contra el INSS, así que a ellos les tocaba hacer una buena parte del trabajo que el tribunal médico del INSS no resuelve de una manera adecuada para los intereses de las personas.En resumen, le echaban una buena reprimenda al INSS y al tribunal médico por su manera de proceder, pero como todos nosotros sabemos eso al INSS le da absolutamente igual Un saludo
El juez trata de entender lo que le explican de acuerdo con sus conocimientos y ve si una persona es apta para una incapacidad permanente o subir el grado y para ello escucha a las dos partes. Cuando se admite a trámite una demanda, si es un caso complicado pide un perito judicial para que le asesore y tomar una decisión, lo que dice el perito judicial es en lo que se va a basar principalmente el juez ya que es una persona imparcial, no pertenece al INSS ni al demandante, es lo mejor que puede pasar.Hace tiempo ley un artículo donde los jueces venían a explicar que "deberían de haber estudiado también medicina" ya que el INSS hace que muchas solicitudes acaben en el juzgado.Un saludo
Bien, eso es bueno, han utilizado el informe de síntesis del primer expediente para este segundo expediente.Lo demás, como te ha dicho el funcionario es posiblemente una cagada, era lo que pensábamos ayer, que lo que te estaba pasando no era normal. Ahora tampoco pero por lo menos que siga avanzando y que sea para bien
Vergonzoso lo que estás contando, podrán dormir tranquilos esos señores?Mi mujer tuvo un accidente de tráfico hace 30 años con lesiones muy similares a las tuyas, estuvo en coma mucho tu tempo y tardo varios años en aprender a andar de nuevo, nunca recupero el equilibrio, 100% pérdida auditiva oído izquierdo y todavía sigue todos los días con vértigos y un zumbido en el oído. Esa es la realidad de esas lesiones.Lo que te están haciendo en la mutua es más que denunciable.Un abrazo y ánimo
Perdona pero sobre las costas del juicio no te puedo decir ya que no me he visto en esa situación pero me imagino que si el INSS recurre todo porque para estos juicios está libre de costas también le pasará al que demanda.Un saludo
Hola, en la respuesta que le acabo de dar a Amparo viene contemplado tu caso también.El departamento de la mutua que os tiene que hacer el reconocimiento médico es el de salud laboral que no se si serán las mismas personas que os han visto durante la baja.Por lógica deberían de ser otras pero no lo sé con seguridad.Un saludo
Está es una duda que siempre surge porque hay veces que el INSS te informa de la fecha de alta y otras no, la que lo puede ver seguro es tu empresa y tú lo puedes ver también en internet entrando en la TGSS y buscando tu situación laboral actual, conque pongas "situación laboral actual" en Google te saldrá.Aquí no importa exactamente qué día te dan el alta, lo importante es que tú no puedes volver a trabajar sin que te vea la mutua correspondiente y te dé un apto, apto con limitaciones o no apto, mientras tanto hay empresas que cogen ese tiempo de las vacaciones, otras son más generosas y esperan, es cuestión de ponerse de acuerdo con la empresa sobre como proceder y además es lo más aconsejable ahora mismo. Contactar con la empresa y decidir entre las dos partes que camino seguir.Un saludo
Hola, el INSS emite dos resoluciones, una personal, para ti, donde constan datos del motivo de la baja y demás que no debes de enviar nunca a la empresa, es algo privado.La otra resolución es para la empresa y solo consta la denegacion de la incapacidad y la fecha de alta, nada más. No vienen datos de tu proceso de baja ni enfermedades.No puedes mandar tú resolución a la empresa porque eso les pone en alerta para darte un apto, no apto o un apto con limitaciones.A la mutua si le llega la misma resolución que a ti y son ellos los que te deben de valorar como estás después de una baja larga, nunca la empresa, eso es confidencial.Un saludo
Hola, lo primero cuídate, si te han dado una absoluta y crees que te pertenece una GI es que no debes de estar nada bien.Cuando se apruebe la nueva ley la GI pasa a llamarse absoluta con ayuda de terceros y ese es el complemento que ponen.Ahora te han dado una absoluta, 100% de la base reguladora, sin ningún complemento?Un saludo