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Participaciones del usuario José Luis 54 - Subsidios

José Luis 54 19/04/25 11:50
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Karen, en cuanto a lo de los días no lo sé, pero en cuanto al expediente de oficio es como te han dicho, tienes que esperar a que lo abran. Si quieres meter un poco de presión vete a un Caiss y pregunta porque no te lo han abierto ya.Un saludo 
José Luis 54 19/04/25 11:47
Ha respondido al tema Incapacidades y Compatibilidades laborales - Incapacidad Permanente Total
Jajaja, dos personas compartiendo opiniones e interpretamos lo poco que sabemos de la ley de manera diferente.Como no aclaren muy bien en la ley los diferentes casos me da que ni los del propio INSS van a saber interpretar la ley.Yo también leí que en la primera reunión que haya en el congreso se aprobaría con lo cual para la semana que viene debería de estar resuelto.En cuanto lo del tope máximo, esto ya está contemplado en países como Alemania y lo que hacen es reducirte la cuantía de la pensión hasta llegar al tope, que dejas de trabajar, pues entonces recuperas la cantidad que tenías Lo más lógico será trabajar a casi media jornada para alcanzar el 100% total (55 de la IPT y 45% del trabajo). Pero creo que lo del tope no está contemplado en esta ley, será un siguiente paso.En puesto el enlace de este hilo en el hilo principal de incapacidad permanente para el que quiera colaborar.Un saludo 
José Luis 54 19/04/25 10:03
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Elena, con la ley actual la respuesta es no, cuando le concedieron la IPT le debieron de pagar la liquidación con las vacaciones y parte de las pagas extras si le correspondía (todo depende del convenio).Ahora, durante estos dos años, la relación con la empresa ha quedado suspendida con lo que no se genera derecho a nada.Si volviera a trabajar por retirada de IPT le tienen que guardar la antigüedad, eso no se pierde. Si se quiere reincorporar y la empresa no quiere, le aplicarían un no apto y ya está Pero ojo, esto lo digo con la ley actual, como la nueva ley se va a aprobar en breve habrá que ver qué cambia para saber si hay alguna posibilidad. Tú amiga tiene hasta Octubre y antes se verán casos parecidos donde podremos ver por dónde va la ley.Dejo aquí el enlace donde en su día hablamos de la nueva ley y que retomaremos cuando se publique https://www.rankia.com/foros/subsidios-prestaciones/temas/5595550-incapacidades-compatibilidades-laborales-incapacidad-permanente-total?page=10&utm_campaign=mandrill__respondido_en_tema&utm_medium=email&utm_source=notificaciones_mailer#respuesta_6800587Un saludo .
José Luis 54 19/04/25 09:38
Ha respondido al tema Incapacidades y Compatibilidades laborales - Incapacidad Permanente Total
Buenos días, haces muy bien en reabrir este foro ya que los partidos políticos llegaron a un consenso para sacar adelante está ley, se introdujeron enmiendas que fueron aceptadas en el congreso, después de aprobó en el senado hace como unos 10 días con el voto a favor de todos los partidos políticos excepto Vox, y yo creo que unos días días se aprobará ya definitivamente en el congreso con lo que después la publicación del texto en el BOE será inmediata.Después tendremos que ver casos para ver qué dice la ley y como se aplica, en mi opinión:Cuando te concedan una IPT tú tienes un tiempo determinado (creo que 20 días o un mes) para comunicar a la empresa que quieres hacer, si continuar trabajando en tu puesto adaptado a tus limitaciones o no.Si dices que no, pregunta, tienes derecho a indemnización con la nueva ley?Si dices que si y vuelves a tu trabajo adaptado para tus limitaciones entonces que sentido tiene la IPT?Yo creo que la IPT se conservará solo si trabajas en otro puesto de trabajo diferente al habitual y que sea compatible con tus limitaciones, ya sea en esa empresa o en otra empresa.No creo que vayas a recibir el 55% de tu base reguladora por la IPT y además el 100% de tu sueldo trabajando en el mismo puesto adaptado, me imagino que en esos casos la IPT se quedaría en estado suspendida pero no extinguida ya que la empresa te puede despedir o quebrar y entonces recuperarías la IPTTendremos que esperar unos días a que se publique la ley.un saludo 
José Luis 54 15/04/25 10:03
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Nada más que añadir a lo que ha dicho @mapi76 , ahora es una cuestión de paciencia, esperar e ir siguiendo tu expediente por los puntos.Un saludo y ánimo 
José Luis 54 15/04/25 07:11
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
En este caso que te vean o no es indiferente, de la gente a la que no le han visto presencialmente a unos se la han concedido y a otros no.Lo de no verte es por saturación de gente o porque lo tienen muy claro solo con ver los informes.De momento hace una semana que que hicieron el informe de síntesis y está a la espera de que lo vea el tribunal médico.No sé pueden hacer más conjeturas.Un saludo y ánimo 
José Luis 54 14/04/25 20:58
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
Hola Sara, significa que te han evaluado de manera no presencial, el inspector médico ha visto los informes que hay en el sistema y con ellos ha emitido el informe de síntesis, este informe de síntesis está en manos del tribunal médico (punto 3) desde el día 7 de abril. Ahora tienes que esperar a que el tribunal médico tome una decisión y el expediente siga avanzando.No es muy común pero a veces pasa, a mí me pasó lo mismo que a ti.Un saludo 
José Luis 54 14/04/25 17:15
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Si, tienes toda la razón es muy interesante, lo he visto es mañana y lo he guardo en mi móvil para comentarlo dentro de unos días pero ya que lo has puesto tú aprovecho para hacerlo.Según he leído, no te pueden llamar en ningún caso a revisión antes de la fecha que pone en la resolución (algo que ya sabíamos), pero sin embargo según he entendido tampoco se pueden poner en contacto contigo antes de la fecha para decirte que abren expediente de oficio y que presenten alegaciones.Esto último me deja alucinando porque hemos leído cantidad de casos donde aproximadamente un mes antes de la fecha ya te avisan y parece que no se puede hacer.La pregunta es porque lo ha e el INSS sistemáticamente si sabe que no lo pueden hacer?? Sólo se me ocurre que por la reserva del puesto de trabajo.Un abrazo 🫂 
José Luis 54 14/04/25 11:25
Ha respondido al tema Los famosos 8 puntos - Incapacidad Permanente Total
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Retenciones.shtmlEstá es la calculadora oficial de la agencia tributaria. Al tener una IP tienes que señalar que tienes una discapacidad de entre el 33 y el 64% y en la parte de abajo que eres pensionista.Un saludo 
José Luis 54 13/04/25 14:01
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Rose, es lo que te dijimos Mapi y yo, se visita al inspector médico para que haga el informe de síntesis en el punto 2.A ti te lo han concluido sin verte, el inspector médico lo ha hecho con los informes. Ahora lo tiene que valorar el tribunal medico (EVI) y cuando lo haga se concluirá el punto 3.Lo único que puedes hacer es seguir tú expediente por el enlace que te dijimos.Un saludo