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Participaciones del usuario José Luis 54 - Subsidios

José Luis 54 08/08/25 20:14
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Claro, eso no puede ser, es lo que decía antes, es obligatorio poner una fecha de próxima posible revisión, pero al no poner nada en la carta, si no te dicen nada en esos 135 días entonces que pasa?Me imagino que la gente les empiece a preguntar y no les que más remedio que decir algo.Un saludo 
José Luis 54 08/08/25 19:37
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Ni tú lo comprendes ni yo lo comprendo ni nadie lo puede comprender.En la carta solo pone que a los que si en 135 días hábiles no les han dicho nada entonces caduca el expediente, nada más. No habla de que la siguiente fecha de revisión será en x tiempo con lo cual no se puede saber.No sé, desde mi punto de vista es una manera rápida de que echen un vistazo a los informes y si todo sigue igual pues se ahorran hacer el informe de síntesis y la resolución pero se olvidan de algo esencial, es obligatorio poner una nueva fecha de posible revisión.Un saludo 
José Luis 54 08/08/25 17:56
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Un saludo y cuídate 🫂
José Luis 54 08/08/25 17:48
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Susana, yo creo que aunque no lo ponga son hábiles, no naturales. De todas las maneras da igual su expediente está caducado de una manera u otra.Un saludo 
José Luis 54 08/08/25 17:46
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
135 días hábiles son 6 meses aproximadamente así que tú expediente caducó a mediados de Julio.
José Luis 54 08/08/25 17:45
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Tal y como pone en la carta una vez pasados los 135 días el expediente caduca y por lo tanto se archiva. No puede llamarte nadie.Estoy seguro de que vieron tus informes, que todo seguía igual y no tomaron ninguna acción, dejaron que el expediente de revisión caducara.Un saludo 😃 
José Luis 54 08/08/25 17:21
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Pues si en tu expediente de apertura de revisión de oficio viene que pasados los 135 días hábiles si no sé han puesto en contacto contigo el expediente caduca.Tú expediente de oficio está archivado ya y sin resolución. Desde dentro de un año o dos hasta que te jubiles te pueden revisar cuando quieranUn saludo 
José Luis 54 08/08/25 17:04
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola, este tipo nuevo de revisiones de están empezando a dar en el último mes, cuando s ti te abrieron el expediente de revisión de oficio todavía no existían.En tu caso pueden pasar dos cosas:Que ya te hayan revisado por lo informes, hayan visto que todo sigue igual y no se han molestado en enviarte la resolución.Que vayan con tanto retraso donde vives que todavía no hayan visto tu expediente, hay personas que la están llamando a inspección por revisión a los 7, 8 o 9 meses.Cómo en tu caso no cuenta lo de los 135 días hábiles porque era otro modelo de revision ñ, lo mejor que puedes hacer es s acercarte a un Caiss a ver si ya tienen resolución y que te la impriman.Cómo tú sigues cobrando está claro que conservas la IP así que no pasa nada porque vayas a pedirla.En el caso de que tampoco la tengan en el Caiss es que o han pasado de ti y de hacer resolución o es que no ha llegado tu turno.Un saludo 
José Luis 54 08/08/25 14:39
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
No se puede hacer ningún tipo de seguimiento en una revisión, solo esperar a que cuelguen la resolución en notificaciones telemáticas o te llegue la carta con la resolución a casa.Un saludo 
José Luis 54 08/08/25 14:37
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Hola Plaga, te han enviado una carta muy parecida a la de @susana1911 y como ya hemos hablado en anteriores mensajes (mírate las dos o tres últimas páginas de este hilo) es totalmente ilegal que te abran expediente de revisión antes de la fecha estipulada.Además estás en el mismo caso que ella, revisión a finales de septiembre y le envían la carta a 1 de agosto, casi dos meses antes.Puedes reclamar que no te pueden revisar hasta que no llegue la fecha pero eso ya es a tu elección.Un saludo 😃