Podria ser que tus accs.estan en "presunción de abandono" (por llevar mucho tiempo sin operar con ellas) por lo que en el banco tendrían que anular dicha calificación antes de poder hacer operación alguna con ellas.Informale de esto a la empleada ignorante. Ya nos diras en que acaba.
Ese texto te aparece porque en su momento has realizado aportaciones a las Mutualidades Laborales y en aquellos momentos estos pagos no tenían la consideración de deducibles en el IRPF (ahora los pagos por SS si reducen los ingresos) se lleva peleando este tema desde el IRPF de 2014 y ahora la Ag. Tributaria a la misma de los cientos de miles de reclamaciones se ha empezado a ponerse las pilas.Lo que tienes que hacer es comprobar si efectivamente te ha trasladado esta reducción a lo que percibes de la Seg. Soc. como pensión, en mi caso no ha sido así por ello disminuire el importe cobrado por pension en la cuantia que me comunica que tengo derecho a reducción.En cuanto al formulario a rellenar pidiendo la reduccion del IRPF años 2019/2022 es el modelo DT2, que figura en su Web (aunque yo hoy no lo he localizado) si este fuera tu caso acércate a una oficina de la Ag. Tributaria y rellenalo alli.
Pide una Vida Laboral y ahi ves cuando has cotizado, aunque no explicita el ente recaudador de las cotizaciones se deduce que las has hecho al ente recaudador existente en cada momento. Las fechas clave son tener cotizaciones antes de 1/01/1979, esas cotizaciones efectuadas a la Mutualidad que fuera son las que tienen derecho a la reduccion.
Siempre que hayas cotizado a alguna de estas Mutualidades se tiene derecho a la reducción; -Mutualidad Laboral de Trabajadores Autónomos de Servicios: '- Mutualidad Laboral de Trabajadores Autónomos de la Industria:- Mutualidad Laboral de Trabajadores Autónomos de las Actividades directas para el Consumocreo que no me dejo ninguna fuera.Si es tu caso a reclamar.
Yo montaria una estrategia tal que así; E-mail al comercial pidiendo te aclare cómo es la garantía del fondo ya que tu no ves que la tal figure en la documentación que te han facilitado del fondo. Insistir las veces que sea necesario hasta obtener alguna respuesta y por supuesto guardar debidamente toda esta correspondencia para el futuro.De esta manera un amigo consiguió recuperar importante inversión e las famosas preferentes.
A mi, al día de hoy, si se abre, no te puedo hacer un copi/pega, pero te informo que es un anuncio puesto por la Caixa aqui: pág. 34 EL MUNDO DEPORTIVO Lunes, 22 de abril de 1985, buscalo en la hemeroteca de dicho periódico. (Editado una vez)
Tenía accs. de esta sociedad y hoy mirando la cuenta de Degiro veo que han desaparecido y en su lugar me aparecen unas de Crescent Energy, parece que ha habido una compra de la primera por la segunda siendo la proporción de una acc. de esta por 5 de Contango. No he recibido del broker ninguna información, por lo que brujuleando por la Web de este veo que hay dos ventas de accs de Contango, una de ellas por un importe y la otra sin ninguna cuantía y una compra de Crescent también sin ninguna cuantía.Al habla con Degiro no han sabido aclararme nada de lo comentado sobre ventas y compras y le he hecho ver que en la compra de las accs. de Crescent es necesario que figure la cuantía de la compra ya que si facilitan la información a Hacienda, mod. 187, con coste cero de las nuevas accs. resultará que cuando las venda el importe de la venta será todo plusvalía para la Ag. Tributaría.La persona que me ha atendido no parecía muy puesta y ha quedado en hacer alguna gestión y respondeme esta tarde, cosa que no ha ocurrido.Me pregunto si alguno que hayáis tenido accs. de Contango os ha pasado lo mismo o habéis tenido otro tipo de actuación por parte de vuestro broker.Editado 1 vez.Saludos.
Muchas gracias estaba preparando los datos para hacer este modelo y he mirado a ver si había alguna novedad cuando he visto tu mensaje, está claro que los pequeños ahorradores nos hemos liberado de cumplimentar este engorroso formulario.Muchas gracias por la información
NO encontraba este hilo, lo ponía en el buscador y nada que no aparecía, solo queria informar que hay solución específica para los bancarios del TEAC de fecha 1/07/20 donde en unificación de criterio resuelve lo siguiente; "1.- Cuando se han realizado aportaciones a la Mutualidad Laboral de Banca a partir de 1 de enero de 1967 no resulta procedente la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, a la pensión pública por jubilación percibida de la Seguridad Social, toda vez que dichas aportaciones tuvieron la naturaleza de cotizaciones a la Seguridad Social, debiéndose integrar, en consecuencia, en la base imponible del lRPF el 100 por 100 del importe percibido como rendimientos del trabajo.2.- Cuando se han realizado aportaciones a la Mutualidad Laboral de Banca con anterioridad a 1 de enero de 1967 no concurren las circunstancias contempladas en el apartado 1 de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, lo que determina que deba excluirse como rendimiento del trabajo el 100% de la parte de la pensión de jubilación percibida de la Seguridad Social correspondiente a dichas aportaciones." lo que comunico para general conocimiento
Yo también he decidido ir a la ampliación pero tengo las accs. en degiro y son unos mataos ya que en el correo no indican que la ampliación sea de un derecho por cada cuatro accs. viejas y después de aclarar lo anterior con ellos la web no me acaba de realizar la operación, ya he cruzado varios correos, espero que al final se pueda concretar.
Que tal de interesante veis la ampliación de capital de Petrofac, Degiro me informa que la ampliación es en la proporción de 1 derecho por cada nueva acc. y hay desembolso de 1, 15GBP por la nuev acc. ahora cotiza a 1,127GBP y dice que los derechos no son negociables.Saludos.
Como no veo que te hayan contestado en los mensajes siguientes, en la pagina donde haces la consulta, te pego esta dirección con la respuesta que te interesa.https://es.wikipedia.org/wiki/Long-Term_Capital_ManagementSaludos.