He estado leyendo las condiciones de la cuenta de EASISAVE y me queda una duda.
No veo muy claro el sistema para los reintegros, según leo se utilizan transferencias SEPA, creo haber entendido que habría algún sistema de confirmación via email o teléfono ¿ es así ?, ¿esa confirmación,caso de existir, sería ocasional o para todas las operaciones ?; no obstante deduzco que alguna comprobación debería haber puesto que las transferencias que se hagan para reintegrar efectivo, parece no utilizarán tarjeta de barras o envío telefónico de códigos de confirmación, o .....
Tampoco se, si este Banco emite tarjetas débito/crédito, como otro sistema más cómodo para reintegros.
Gracias
Si cobras los intereses trimestralmente, en la misma fecha de cada vencimiento trimestral puedes cancelar el depósito sin penalización., si lo cancelas antes de la fecha de cada vencimiento trimestral pendiente, te penalizan los intereses que te corresponderían en dicha fecha de ese trimestre.
Si lo cancelas, según preguntas, a los cuatro meses de abrir el depósito, te penalizan los intereses de un mes del segundo trimestre; los del primero que ya has cobrado no tienen penalización.
El importe del depósito no tiene penalización, nunca.
O sea que estamos pillados por todas partes.
Me voy a repensar mi inversión, pues pensaba que de momento hasta que no incrementara los depósitos no habría que declarar el 720; ya se que eso no implica mucho en el procedimiento, pero es otro engorro tener que hacer más declaciones como esta.
Esperemos que la U.E acabe por prohibir este control, que por lo que he leido solo existe en España.
Te agradezco mucho tus aportaciones al respecto
Gracias por la información, deduzco que en lugar de abrir una cuenta con dos titulares hubiera sido mejor para evitar en principio la declaración a Hacienda, el abrir dos cuentas de 50.000 una por cada titular.
Gracias Josegaliza,
Entiendo que hay que declarar la cuenta con su saldo total, pero quien declara, un titular o ambos, o sea una declaración o dos. Eso no lo veo claro.
Quiero abrir un depósito en EASISAVE de 100.000 con dos titulares.
Como para declarar con el modelo 720, es necesario tener más de 50.000, ¿ tengo que entender que ninguno de los dos titulares tendría que presentar una declaración en este modelo 720 ? , ¿Son declaraciones individuales de cada titular o conjunta con ambos titulares ?
Por favor podeis decirme algo al respecto ?
Gracias
Gracias por responderme; el contrato no lo tengo en mi mano como dices, me explico, cuando rellenas el cuestionario te da dos opciones, la primera es que lo imprimas, firmes y devuelvas una vez comprobado todo y con los documentos necesarios, la segunda opción es que lo envíes y ellos lo repasaran y me lo devolveran; yo elegí esta segunda opción porque en ese momento no encontré la opción para añadir en la cuenta a un segundo titular, tampoco podía imprimir en estas condiciones ya que si lo hacía me inhabilitaba para después enviarlo.
Deahí mi desconocimiento del texto que tu me adjuntas.
Gracias
Estoy abriendo cuenta en SWISSQUOTE y también en EASISAVE.
En la primera, ya envíe ayer el cuestionario y hoy he hablado por teléfono con ellos y me han enviado el contrato que recibiré en unos días; en la conversación que he tenido con ellos, me dicen que la cuenta la puedo abrir en : euros, francos suizos, libras inglesas o dolares; sobre esta cuenta quería saber vuestra opinión actualizada a 2016, sobre que divisa utilizar, euro u otra de las ofertadas, los tipos de interes varian de unas a otras, pero en todos los casos son insignificantes y tendentes a cero. También me gustaria saber si facilitan tarjeta de débito o similar y si hay gastos de mantenimiento, tarjeta,......
También he rellanado ayer el cuestionario de cuenta en EASISAVE y ahora no se cual es el siguiente paso a dar , ¿esperar a que me lo envien para la firma? ¿o el siguiente paso lo tengo que dar yo?. Lo pregunto ya que hoy he recibido un email diciéndome ""Le informamos que hemos recibido su cuestionario para la apertura de una cuenta en EASISAVE Savings. Para completar el proceso siga las instrucciones que se detallan en la documentación de apertura de la cuenta """, mi duda es sobre este último párrafo, ya que no se si indica que esas instrucciones vendran en el contrato, que me tienen que enviar o tengo que buscarlas -aún no se donde-, y cumplimentarlas y enviárselas como paso prévio antes de que ellos me envíen el contrato.
Gracias