Y, al final, cierro este hilo de consulta respondiéndome a mí mismo –por si en el futuro alguien tiene la misma duda y le vale de algo mi interpretación del nuevo anexo-D.El anexo-D real en renta-web incluye apartados que no se detallan en el manual de la Agencia Tributaria 2020 y que, en mi caso, permiten realizar el cálculo individualizado de la amortización del alquiler –por un lado- y la amortización de la mejora –por otro lado- al ofrecer fechas de inicio y fin de amortización independientes, que posteriormente se suman en la casilla [0131].Un saludo.
Desde que hice la anterior consulta he seguido buscando información en el Manual de la Agencia Tributaria sobre amortización de inmuebles en alquiler (en particular sobre plazas de garaje) e información disponible en Internet por si en el futuro alguien hace una búsqueda en Rankia con una duda similar a la del comentario anterior o por si alguien en este foro quiere aconsejarme sobre la forma adecuada de realizar la amortización.De momento, lo que he encontrado es:Los gastos de conservación, es decir, los gastos asociados con obras de reparación de averías o de mantenimiento (por ejemplo, pintado, limpieza, etc.) y la sustitución de elementos deteriorados (por ejemplo, la reforma de la cubierta del edificio, la sustitución de la instalación eléctrica o del ascensor, etc.) se pueden deducir como gasto los importes satisfechos por su totalidad –a mi entender, deben rellenarse en el apartado de Gastos de comunidad.Los importes asociados a mejoras, por ejemplo aquellas que aumentan la habitabilidad o la vida útil del inmueble o la instalación de elementos que antes no existían (por ejemplo, consolidar la estructura, instalar un ascensor, etc.) no son deducibles como gasto, sino que el coste total debe amortizarse a partir del momento en que las obras finalicen.De ser así y haberlo entendido correctamente, la duda ahora sería ¿Cómo reflejar la amortización de las mejoras en la declaración de la renta? Pues la información proporcionada por la AEAT, como Anexo-D, en el Manual de la Renta 2020 es apenas un texto de intenciones sin detallar.Si hay alguna sugerencia de lectura o propuesta es bienvenida.Un saludo
Leopol72... muchas gracias por tu respuesta anterior; nos ha sido muy útil.
Disculpa el retraso pero como imaginarás hemos estado ocupados con los trámites y documentación.
Un saludo.