Buenas tardes, ifequix
1. Me ha extrañado leer que la formación no reglada no lleve IVA.
Es al contrario, la formación no reglada lleva IVA. Es la formación reglada -la que entra dentro de un plan de estudios oficial- la que no lleva IVA
+Info: http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-iva-en-las-actividades-formativas)
Por lo que no cabe prorrata.
Eso sí: hay que realizar el alta en el censo de la nueva actividad (http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/ingresos-por-varias-actividades) vía modelo 036 (http://www.crear-empresas.com/DeclaracionCensal.htm)
En caso de que hubiera prorrata la opción sería entre prorrata general o especial.
2. Puede pedir la devolución pero ante toda devolución de IVA (siempre que no se pasen los 4 años desde su devengo), vendrá un requerimiento de Hacienda (y más ahora, con ánimo recaudatorio).
Son dos entes diferentes, pero en caso de Seguridad Social puede solapar mecanismos inspectores y pueden frenar la devolución. Se corre un riesgo. En mi caso he visto cómo se han pedido devolución de 200.000 euros en medio de un proceso de inspección por IVA. ¡Y le han dado la devolución! A veces sale bien, a veces no. Depende del gestor de recaudación tributaria y de la celeridad del proceso. No quedan exentos de nuevas inspecciones.
3.El turismo se puede deducir el 100% si se usa para:
- Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.
- Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de
viajeros mediante contraprestación.
- Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de
conductores o pilotos mediante contraprestación.
- Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas,
ensayos, demostraciones o en la promoción
No entiendo el motivo de la pregunta de las ventas. No pasa nada.
Son correctos la vivienda (impuesto transmisiones) y el profesor (son rendimientos de trabajo)
4. Debe tratarse de una confusión. No sé de dónde ha sacado ese epígrafe de construcción (400.5), sería el Epígrafe 501.3 "Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general".
(http://www.boe.es/boe/dias/2012/10/24/pdfs/BOE-A-2012-13168.pdf ... página 75017)
Tradicionalmente se ha optado por módulos (estimación objetiva) cuando se cree que se va obtener buenos resultados y pagas una cantidad fija.
Pero, como se habla en bolsa: "rentabilidades pasadas no aseguran rentabilidades futuras"
El límite de Ingresos del conjunto de actividades ha de ser 450.000 € anuales.
El devengo por unidad se debe a los meses que está el trabajador en la empresa.
¿Cuándo comienzan a trabajar los nuevos trabajadores? No es lo mismo a mediados que un año entero.
Un ejemplo: http://www.gabilos.com/webfiscal/regimenes/simplificado/simplificadoIV13ingresar.htm
Saludos
Las "Prestaciónes de servicios a través de terminales de ordenador conectados a internet" tributan al 21%
Un poco más de información en tema fiscal
http://www.slideshare.net/adigitalorg/fiscalidad-en-comercio-electrnico-y-venta-a-distancia#btnNext
Saludos