En mi caso, una vez que ya tenía completamente activada la cuenta, hice la transferencia desde Unicaja a Facto para constituir el depósito. La transferencia la ordené el día 3 por la mañana a las 11:30, y esa misma tarde antes de las 18:00 ya tenía el dinero en Facto y había constituido el depósito. Si haces la transferencia desde tu banco después de su hora de corte, entiendo que debería llegar a Facto al día siguiente y aparecerte a lo largo de la mañana. No obstante, si tienes dudas te recomiendo que llames a Atención al Cliente y que te informen de la situación.
No entiendo qué significa exactamente eso de que "no puedes mantener dinero en la cuenta sin tener imposiciones". ¿Por qué no? ¿Te la van a cerrar? ¿Te van a quitar el dinero? No tiene sentido... Es cierto que como la cuenta no es remunerada, tener el dinero ahí parado no es razonable porque no te renta ningún interés, pero de ahí a decir que "no puedes mantener"... Si lo quiero tener ahí parado 2 días, 2 semanas o 2 meses, a la espera de ver qué hago con el dinero, pues es cosa mía, pero dudo que nadie te obligue a cerrarla.Es más, en su apartado de preguntas frecuentes dice, literalmente:Una vez vencidas mis imposiciones, ¿cómo puedo cerrar la Cuenta Facto?La Cuenta Facto no tiene comisiones de mantenimiento ni administración, por lo que puedes mantenerla por si en el futuro decides realizar nuevas imposiciones. No obstante, si deseas cancelar la cuenta, una vez que no tengas saldo en la cuenta, solicítalo enviando una consulta desde el apartado de consultas de tu área de cliente.Es decir, ellos mismos no quieren que cierres la cuenta, prefieren que la dejes abierta por si quieres hacer más imposiciones en un futuro. Por tanto, no entiendo por qué te dijeron tal cosa por teléfono, la verdad... 🙄
Lo de "aceptar" no está en ninguno de esos tres archivos, son simplemente documentos PDF. Lo que hay que hacer es picar en cada uno de los tres enlaces, para que se te descarguen los 3 archivos, y una vez que el navegador detecta que ya te los has descargado todos, entonces te permite marcar el check en el formulario web como que has leído esos documentos y los aceptas. Si no te los descargas, es lógico que no te permita marcar el check porque es imposible que los hayas leído si no los has descargado antes. Pero en cuanto descargas los 3 documentos, ya te permite marcar el check de aceptación, al igual que el resto de casillas de verificación que hay más abajo.
Eso se lo pregunté yo a los de atención al cliente y me confirmaron que no se puede modificar, sólamente puedes cambiar la contraseña, pero el usuario es el número que te mandan por correo cuando te das de alta, y no es modificable. Es un rollo, pero bueno, para una vez cada X meses que vas a entrar para hacer una imposición, ver los intereses abonados (son trimestrales) o transferirte dinero, tampoco es algo muy crítico... Distinto sería si fuera una cuenta corriente de uso habitual a la que tuvieras que entrar varias veces todas las semanas.
Yo les escribí una consulta a través del Área Clientes y me lo corrigieron para que saliera bien el nombre, tardan un poco en contestar pero al final lo hacen y te lo arreglan, en mi caso modificaron mi nombre y apellidos escribiéndolo todo en mayúsculas y sin tildes, para que apareciera correctamente, y problema resuelto.
Ya, pero Facto no está hablando de que no te vayan a devolver una parte o todo del principal; Facto solamente te está diciendo, literalmente: "La venta o cancelación anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes". Y esto (en su segunda opción, la cancelación) es correcto: "la cancelación anticipada no es posible", y a eso se refiere, sin más. Básicamente te están diciendo con ese mensaje que la cancelación no es posible (la venta no aplica, pero como da dos opciones "La venta O cancelación..." pues lo que aplica ahí es la cancelación, evidentemente. Y como es cierto que no es posible cancelar del depósito, pues entiendo que la frase es técnicamente correcta, porque la casuística se engloba dentro de las opciones que da esa frase.¿Que es rebuscado? Pues sí, pero si el texto tipo que indica la ley y que tienen que poner es ése y no se puede acotar más para que encaje únicamente con su producto, pues ése ponen. No hay más. Quédate con esto, que es lo que aplica al depósito, y ya está: "La venta o cancelación anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes".Saludos.
Cuando la cuenta esté activada te llegará un correo electrónico indicándotelo, e invitándote a constituir el depósito.Primero te marcan como "COHERENTE" la cuenta vinculada en la web, y después te validan la transferencia y la anotan en tu saldo con la fecha valor del día que llegó, aunque la validación la hagan más tarde. Lo lógico sería que a lo largo de ese mismo día que te validan la cuenta vinculada te aparezca también el euro de la transferencia en el saldo, y un rato después te llegue ese correo informándote de la activación de tu cuenta. En ese momento ya tendrás tu cuenta totalmente activada.De todos modos, si ya tienes la cuenta vinculada marcada como "COHERENTE", puedes llamar al teléfono de atención al cliente de Facto 900 848 022 y seguramente te validen ellos manualmente la transferencia y te aparezca al instante; a mí me validaron tanto la cuenta vinculada, como la consulta que hacen ellos a la TGSS (eso no se ve en la web) como el euro de la transferencia, y simplemente refrescando la página ya podía ver reflejados los cambios. Y a lo largo de esa misma mañana, una hora más tarde, me llegó el correo de Facto indicando que mi cuenta ya estaba activada y que podía configurar mi depósito.Saludos.
Creo que os estáis liando. Ese texto es un texto estándar y predefinido porque son las alertas sobre liquidez que tienen que publicar los bancos respecto a sus productos; está redactado así por ley y tal cual lo ponen los bancos, sin modificar. Es decir, este texto no lo ha redactado Facto ni ningún banco, este texto está redactado en la ley y el banco lo único que hace es publicarlo en su web si se adapta a su producto. Obviamente, puede que haga referencia a un grupo más amplio de productos que quizá el banco no comercializa, pero es el que se aplica concretamente a sus depósitos si no son cancelables: Página 8, Artículos 7 y 8:https://www.boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-11932-consolidado.pdfArtículo 7Artículo 8 Y en este caso concreto, la alerta que tienen que publicar es la del Artículo 8, frase c): "Cuando no exista ningún compromiso de devolución de una parte o de todo el principal invertido y se den simultáneamente las circunstancias descritas en el apartado 2.b) y c) del artículo anterior: «La venta o cancelación anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes."Por tanto, no busquéis culpables en Facto (ni en ningún otro banco), ellos simplemente cumplen con la ley publicando la alerta redactada tal cual se establece por ley.Espero haberlo aclarado, un saludo.
Pues al final me ha llegado esta misma tarde la transferencia a Facto y ya he constituido el depósito haciendo una imposición a 209 días (7 meses) al 4.25% TIN.Cuando finalice el 30 de mayo ya veré cómo está el panorama y qué hago con el dinero, pero de momento 7 meses de despreocupación... 😎Un saludo a todos y buen fin de semana!
Supongo que es porque 7 meses (209 días) es el máximo plazo al que puedes conseguir el 4.25% TIN. A partir de 210 días (o por debajo de 180 días) el interés baja al 4.00% TIN.Depósito Facto