Hola Martinz,He revisado la escritura y, como bién expicabas, en los pactos TERCERO y TERCERO BIS especifica claramente TIN, TAE, tipo de referencia, mes del cual se tomaba el tipo de referencia para revisión anual... concretamente el "último publicado en el BOE, al último día del segundo mes anterior al del inicio de cada periodo de revisión". He recalculado y clavado hasta la centésima.Tu ayuda ha sido de enorme utilidad para mi.
Hola Martinz,Pues han sido unos ejemplos que me han dado muy buen resultado y de los que te estoy muy agradecida.Básicamente, yo estoy esperando la sentencia y mi caso ya está en la mesa de un bufete de abogados... como hice con la gastos de constitución que hemos llegado a juicio y ya me los han devuelto y con intereres...; mientras he querido comprender en base a que y porque me estafaron de esta manera en la constitución de la hipoteca.La congelación ya podría atacarlo ahora mismo el bufete de abogados, porque es de un abuso que tira de espaldas; pero esperamos... ya he dicho a mi abogado que no tengo prisa puesto que ya he subrogado la hipoteca a otra entidad a tipo fijo 2%. Explico lo de la congelación, en setiembre del 2013 el irph-cajas desapareció y un mes antes de la revisión anual prevista para junio 2014 me enviaron un comunicado donde me notificaban - tanto si yo quería como si no quería - que me congelaban el TIN resultante de la revisión de junio del 2013.Así de claro y rotundo me lo comunicaron y por escrito.Respecto a los datos que comentas sobre escritura, estaban casi todos los que me dices... de todos modos, tenía dudas y por eso pregunté.Gracias de corazón
Hola Martinz,Estoy perpleja y me explico, no sin primero darte las gracias y aclarar que el tipo de referencia que he dado era de IRPH-Entidades a 01.06.2013 y debería dar dado el del IRPH-Cajas.Sobre el IRPH-Cajas, que es tipo estipulado en escritura; he calculado tanto la media simple de los tres meses anteriores a mes de constitución/congelación como el porcentaje a diciembre del 2005/2012.Si tenemos que el interés en escritura constitución era del 3,900% y el diferencial era del 0,4500% y que la cuota mensual el primer año fue de 497,61 euros y que a partir de la congelación la cuota quedó a 524,80 euros :Si sumo el diferencial de la escritura al porcentaje IRPH-Cajas publicado en diciembre del 2005, me sale casi clavado un 3,900%, así pues podría deducir que el TIN resultante final en primer año desde constitución hipoteca era del 3,900%.Si lo calculo sobre la media de los tres meses anteriores a la constitución de la hipoteca(abril, marzo y febrero 2006) me sale casi clavado 3,900% al que tendría que sumar el diferencial del 0,450% quedando un TIN resultante final en el primer año del 4,350%.Si hago los mismos cálculos para calcular el TIN resultante final consencuencia de la congelación me sale el mismo TIN resultante final tanto si calculo a partir del diciembre del 2012 como si hago la media de les tres meses anteriores a la fecha efectiva de congelación y me clava a la centésima con el TIN que me comunicó la entidad que quedó a 4,246%.A la espera de tu respuesta, me adelanto a deducir dos cosas:El tipo de referencia me lo calcularon de acuerdo con el tipo IRPH-Cajas publicado en diciembre del año anterior a constitución/congelación.2. Que me hicieron una doble imposición de diferencial tanto en la constitución como en la congelación, la primera el diferencial medio que lleva intrínseco en el cálculo el IRPH y la segunda el diferencial en escritura pública de constitución.Conclusión:Manda ovarios/huevos.Ya me dirás y muchas gracias
Me lo miro y te digo algo. Te pasaré una captura de pantalla de la parte correspondiente de la oferta vinculante que consta en escritura.Y sí, manda cojones... como más profundizo más claro tengo que me estafaron de principio a fin.
Pues la verdad es que ni idea, no me he preocupado de indagar puesto que el IAJD lo paga el Banco, como todos los otros gastos de constitución. Y a nivel fiscal no me afecta para nada.
Pero supongo que mal no le debe ir, porqué cuando se lo propuse dijo que sí enseguida y me pareció que se alegró y todo.
Saludos!
Novedades sobre registro
Finalmente solo me grabará una nota de afección correspondiente a la cancelación, aúnque sean tres. Y no me grabará ninguna nota más de afección
No ha habido manera con el Codi Registral Único. Al final le he preguntado que si se va grabar en factura de constitución porqué se tiene que grabar en cancelación. Respuesta: porqué así lo marca la ley. Mira que bién.
Y ya está no puedo rascar más. Mañana me pasa la pre-minuta.
Por cierto, cuando ha visto mi 'pre-minuta' se la ha mirado muy atento, eh?
Saludos!
El tema del desplazamiento, mientras sea un apoderado de Caixabank va que explota y en esa localidad hay oficina de Caixabank.
Y sí la verdad que esto parece sacado de un mal viaje de tripi. Estoy flipando, no salgo de mi asombro.
Ahora voy a acabar la operación y después me van a oír.
Os voy contando.
Buenas tardes a tod@s,
Gastos por aranceles notariales.
Puesto que, a diferencia del Registro, puedo ir a la Notaria de mi elección, ¿cual ha sido mi proceder?
1. Llamar a seis notarias, 2 de mi CCAA y 3 de la CCAA colindante a no más de 50 quilómetros de mi domicilio. Con una notaria de mi CCAA ya había hablado y me dió un presupuesto máximo de 500 euros
2. Las 2 de mi CCAA me dieron el mismo presupuesto. Las otros 3 me dieron presupuestos diferentes y más económicos.
3. Volví a llamar a una de estas 3 notarias y ya cuando sin yo preguntar me dijo que podía renunciar a la Nota Simple Informativa vi muy claro que debía seguir hablando. No me hizo falta entrar en debates técnicos. Presupuesto máximo calculando las bases por separado, escritura única y con IVA incluido 250 - 300 euros dependiendo números de folios.
4. Llamé a mi notaria, les dije abiertamente que tenía un presupuesto mucho mejor; y que si 'tenían a bien' igualarme el precio. Respuesta: NO
5. Okis. Lo haré con la otra notaría, ya les he llamado confirmando encargo.
6. No sabría decir que arancel me aplican. Yo creo que el correspondiente a documentos con cuantía, pero lo sabré cuando tenga la factura.
7. Tendré que hacer 44 Km de ida y 44 de vuelta.
8. Mañana me voy a Registro a cerrar dos flecos que me quedan.
9. En la DGNR me van oir y les voy a exigir que se pongan las pilas y no dejen a la ciudadanía con el culo al aire.
10. En el Colegio de Notarios de mi CCAA tambíen me van oir.
Y señoras y señores, campana y se acabó esta fase.
Me voy a gastar en cancelación entre 450 - 550 euros(Notaria + Registro + Gestión) más IVA. La notaria me hará las gestiones por 60 euros (mi notaria pretendía 200 euros), por este precio que se encarguen ellos aúnque reconozco que la tramitación no es nada laboriosa pero estoy ya muy cansada con esta operación de subrogación... más bien estoy exhausta. :)
Gracias infinitas!