Muchas gracias, Lunático.
Me has sido de gran ayuda.
Sí. Sé que es su obligación, pero yo casi que me quedo más tranquila si yo lo gestiono. No vaya a ser que me retengan el dinero y luego no lo hagan.
Saludos.
Pero yo no sé hacerlo y debería dárselo después de la firma a un gestor y sería en mi nombre, ya que al comprador no lo voy a volver a ver.
Yo, hasta que no haya firmado la compraventa, no tendré los datos suficientes para rellenarlo. Me explico, de la propiedad soy mitad propietaria yo y de la otra soy nuda propietaria. Acudimos a la firma el comprador, el usufructuario de la mitad y yo.
Desconozco sobre qué cantidad de la venta se me debe aplicar la retención del 3% e imagino que no lo sabré hasta la firma. O no es así? Si se puede saber antes, le agradecería me comentara cómo. Ando perdida.
Sí, llevan razón, por eso llegaron a un acuerdo con la compañía y no van a pagar hasta que se solucione el problema. Pero a saber cuándo van a tener que pagar.
No hay manera de hacer entrar en razón a esta persona de que el día de mañana puedo tener un problema. No sale de "es un gasto mío y si me voy, se acabó la deuda". Así pues, no tengo manera preventiva a la que acogerme.
Muchas gracias por la información.
Muchas gracias.
No lo hizo una gestoría. La provisión de fondos era a una cuenta del mismo notario.
He visto en algunos foros que también te piden copia de la escritura.
En fin. Esperaré algo más.