Hola! Las retribuciones en especie forman parte de los rendimientos del trabajo y por lo tanto debes sumarlas.Si la suma es superior a 22.000€, estás obligado.Te dejo el enlace la página de la Agencia Tributaria donde lo explica.
Este impuesto es progresivo en función de la cantidad que se herede/done.Está cedido a las Comunidades Autónomas por lo que cada una de ellas lo grava de una forma diferente.Te dejo el enlace de Andalucía para que lo puedas consultar.
Hola! La Seguridad Social indica que: Cuando el complemento por pensión se solicite con posterioridad al reconocimiento de aquélla, surtirá efectos a partir de los tres meses anteriores a la fecha de la solicitud, siempre que en aquel momento se reunieran todos los requisitos para tener derecho al mencionado complemento.Eso es lo que indica respecto a la solicitud. No obstante, para el pago, lo normal es que te pagaran dicho complemento desde el momento en el que cumples todos los requisitos para su concesión y te lo han aprobado.Para cerciorarte, puedes mandar un correo a la Seguridad Social, desde este enlace.Un saludo
Hola! Los rendimientos que recibes por el alquiler de la vivienda deben tributar como Rendimientos del Capital Inmobiliario y por lo tanto, no puede ser tu vivienda habitual.Deberás indicar el domicilio actual.Respecto a la segunda residencia, está "a disposición de los propietarios"
Hola! Están habiendo muchos retrasos en la tramitación de los Erte, incluso en los primeros que se solicitaron en marzo.Si la empresa ha recibido la notificación de que ha sido aprobado, es cuestión de tiempo que se vayan solucionando los trámites.