Masde50
01/07/11 19:31
Ha respondido al tema Enagas o Gas Natural
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Perdonad que me inmiscuya en esta conversación pero no veo que nadie haya mencionado algo muy importante para los pequeños (muy pequeñitos) inversores: la exención fiscal de los primeros 1.500 euros cobrados por dividendos.
Si los "dividendos" sobre los que puedo optar entre derechos (sin retención) o dividendos (con retención) entran dentro de esos 1.500 que cada año tenemos exentos, tenemos un 19% de prima en cobrarlos como "dividendos" y no como ampliación o venta de derechos en el mercado. Si no completamos los 1500 euros en dividendos en el año estamos renunciando al 19% de prima por lo que no completemos.
Partiendo de la base de que me parece que al cobrar dividendos lo ponemos en la renta como ingreso del año (y nos devuelven la retención) y al cobrar derechos aplazamos la fiscalidad hasta la venta de las acciones, momento en que nos aplicarán el 19/21% de IRPF.
¿Es así? ¿O me he perdido algo?
Saludos