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Participaciones del usuario Masde50

Masde50 25/06/14 11:58
Ha respondido al tema Algunos apuntes del Anteproyeco del IRPF
Ojalá sea como dices, pero el anteproyecto dice literalmente: << «2. Tendrán la consideración de gastos deducibles exclusivamente los siguientes: a) Las cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias de funcionarios. b) Las detracciones por derechos pasivos. c) Las cotizaciones a los colegios de huérfanos o entidades similares. d) Las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, y con el límite que reglamentariamente se establezca. e) Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales. f) En concepto de otros gastos distintos de los anteriores, 2.000 euros anuales, sin que el rendimiento neto resultante como consecuencia de esta minoración pueda ser negativo. >> Si no necesitan justificación, no entiendo que lo hayan pasado del apartado de la reducción al apartado de gastos. Saludos
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Masde50 25/06/14 11:44
Ha respondido al tema Algunos apuntes del Anteproyeco del IRPF
Sobre los 2000 euros de gastos deducibles del salario: antes los 2652 eran reducción tal cual. Ahora entiendo que son gastos que *habrá que justificar*. A saber qué considerarán admisible... Sobre el incremento del mínimo personal de 5.151 a 5.500: antes deducían al 24,75% (deducción 1.274,87); ahora al 20% (deducción 1.100,00). ES UNA SUBIDA DE IMPUESTOS. Igual cálculo se debe hacer para las deucciones por hijos.
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Masde50 25/06/14 10:47
Ha respondido al tema ¿Las elecciones de 2015 han condicionado la Reforma Fiscal?
Campaña publicitaria a cuenta de una supuesta reducción de impuestos. Supuesta, porque: - Suben del 30% al 31% el tramo de ingresos donde más recaudan (entre 22.000 y 33.000 euros). En el 2011 estaba al 27% - Reducen la exención por rentas del trabajo. Una pasta porque esta reducción es en la base y por tanto al tipo marginal. - Quitan los 1.500 euros de dividendos exentos. A pagar +300 euros en 2015. - Reducen la exención de los ingresos irregulares del 40 al 30%. ¿Rescates de fondos de pensiones gravemente penalizados? - Quitan la deducción del alquiler al inquilino - Reducción de la exención de alquiler al propietario - Al poner un nuevo tramo al 20% para ingresos bajos, las deducciones personales, aunque aumenten la cuantía se reduce el porcentaje aplicable por culpa del nuevo tramo. ¡No saben nada...! - Hacen cotizar las indemnizaciones por despido.Tema sangrante, aunque afecte a pocas personas. En resumen: una estafa publicitaria. A mí me sube la renta el año próximo.
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Masde50 23/06/14 18:15
Ha respondido al tema Vender acciones de mas de 1 año y de menos de 1 año en la misma operacion?
Las acciones recibidas gratuitamente de una ampliación de capital (y las recibidas en la opción de recibir acciones en un "scrip dividend" provienen de una ampliación de capital) tienen la antigüedad de las acciones originales que provocan el derecho a recibir esas acciones. O sea, todas tienen más de un año.
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Masde50 09/06/14 12:09
Ha respondido al tema Tributación Ticket restaurant
Desde finales 2013 los Tickets Restaurant cotizan a la Seguridad Social. Eso supone más del 31% a cargo de la empresa además de la parte del trabajador. Yo creo que la empresa ha descontado su coste del ticket y a partir de ahora los tickets serán de 7 euros manteniendo la empresa su coste. Aunque también es posible que sólo sea el descuento de la parte del trabajador de 5 meses no repercutida hasta ahora. Nota: las empresas tienen hasta Julio para regularizar la cotización de los nevos conceptos incluidos en cotización.
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Masde50 06/06/14 11:30
Ha respondido al tema Duda sobre hacienda: trabajando en dos empresas
8.000 euros brutos 2.652 euros de reducción laboral 512 euros de seguridad social trabajador 4.836 euros de renta neta gravable como son menos que los 5.151 euros exentos por mínimo vital, no has de pagar nada en el IRPF. Y si te están reteniendo el 2% mínimo, te han de devolver todo lo retenido. Edito: he utilizado 2.652 en reducció laboral que es el mínimo. La reducción laboral es una fórmula: 4080 euros menos el 35% de la diferencia entre la renta laboral y 9.180 euros. El resultado no cambia: no pagas IRPF.
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Masde50 06/06/14 11:18
Ha respondido al tema Pérdidas patrimoniales y recompra de acciones
Opino que no hay plazo, de la misma manera que no hay plazo para computar ganancias patrimoniales. Unas acciones compradas hace 25 años que se vendan ahora no están exentas de imputar la ganancia (o pérdida) patrimonial.
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Masde50 06/06/14 11:14
Ha respondido al tema Pérdidas patrimoniales y recompra de acciones
Artícuo 25-2-b de la ley del IRPF: " b) En el caso de transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de valores, se computará como rendimiento la diferencia entre el valor de transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de los mismos y su valor de adquisición o suscripción. Como valor de canje o conversión se tomará el que corresponda a los valores que se reciban. Los gastos accesorios de adquisición y enajenación serán computados para la cuantificación del rendimiento, en tanto se justifiquen adecuadamente. Los rendimientos negativos derivados de transmisiones de activos financieros, cuando el contribuyente hubiera adquirido activos financieros homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones, se integrarán a medida que se transmitan los activos financieros que permanezcan en el patrimonio del contribuyente. " Rogaría que nos informáramos un poco antes de *insistir* en informaciones erróneas, máxime cuando dos foreros han opinado totalmente en contra. Muchos foreros hacemos caso de lo que opinan gente "con pedigrí". Las minusvalías de unas acciones que no puedes aplicar por que antes de dos meses has comprado de esas mismas acciones se aplicarán cuando vendas esas acciones compradas tal como decían muabdi y al.rodrigo.
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Masde50 21/05/14 11:13
Ha respondido al tema ¿El fondepósito es una alternativa real al depósito?
El fondepósito no está afectado por la limitación de tipos que si se aplican a los particulares. Hoy por hoy es la mejor forma de invertir en depósitos. Por ejemplo, en este enlace puedes ver los depósitos de un fondepósito. A ti no te pagarán lo que al fondo. (Este fondo en concreto está rentando "ahora" un 2,60%) http://www.morningstar.es/es/funds/snapshot/snapshot.aspx?id=F0GBR04DST&tab=3
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Masde50 21/01/14 16:51
Ha respondido al tema Fiscalidad plan jubilacion
La banca ha comercializado "Planes de Jubilación" que no son "Planes de Pensiones". Depende del producto que se trate su fiscalidad cambía. Has de averiguar si se trata de un "Plan de Pensiones" (que permitía desgravar cada año y que sólo se puede recuperar al jubilarse), de un producto de ahorro puro o de un seguro. En función de lo que sea tiene una fiscalidad u otra.
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