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Participaciones del usuario Masde50

Masde50 11/03/13 09:34
Ha respondido al tema Bases máximas de cotización por contingencias comunes vs. pensión máxima de jubilación
Sólo quiero comentar que la aguda observación de Buso es una de las principales responsables de que la edad efectiva de jubilación sea inferior a la edad legal de jubilación. Las personas que cotizan en régimen general con bases altas, a los 62 ó 63 años ya no les interesa seguir cotizando porque ya han llegado al tope de la pensión incluso teniendo en cuenta los descuentos que se les aplican por jubilarse anticipadamente. Las empresas pierden talento pues estamos hablando de Directores de Producción, Encargados de Sección, etc. etc. en la edad perfecta para aplicar su conocimientos y experiencia. Conozco de primera mano (amigos míos) varios casos que han optado por la jubilación cuando podían seguir aportando en sus empresas. Por culpa del tope máximo de pensión. Y han pasado a ser beneficiarios del sistema (incrementando el déficit) cuando podrían seguir siendo cotizantes. Una norma mal diseñada.
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Masde50 27/02/13 15:10
Ha respondido al tema Fiscalidad de un plan de pensiones
Ojo con la aportación que te sugiere que hagas al.rodrigo !!! Lo que dice es correcto siempre y cuando la realices ANTES de jubilarte. Esa aportación rebajaría base imponible en este ejercicio 2013 y la podrías recuperar a partir del momento de la jubilación. Pero si realizas esa aportación DESPUES de jubilarte se entiende que ya no estás cubriendo pensión de jubilación sino riesgo de muerte y no la podrías recuperar nunca. Sólo dejarla en herencia. Lo demás que se ha comentado es muy correcto. Como este año hay gravámen extra se podría demorar el cobro del PP al año en que lo quiten. Cobrar como capital lo aportado antes de 2007 y el resto en anualidades posteriores. Ojo también al tema del descuento del 40%: Hacienda sólo admite UNA disposición con ese descuento, por lo que no lo puedes ir retirando por partes. Saludos
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Masde50 14/02/13 10:57
Ha respondido al tema ¿Sale rentable cotizar por el paro un autónomo?
Lamentablemente mis predicciones se están confirmando: http://www.elconfidencial.com/tecnologia/2013/02/14/el-gobierno-rechaza-el-87-de-las-peticiones-de-paro-de-autonomos-4221/ El Gobierno rechaza el 87% de las peticiones de paro de autónomos El Gobierno ha encontrado un gran nicho impositivo del que sacar una gran rentabilidad. Y lo ha hecho a costa de los autónomos. Lo comprobamos al observar las cifras que dejan el primer año en que los autónomos que cotizaron por el cese de actividad (el llamado 'paro de los autónomos') empezaron a solicitar las ayudas correspondientes tras dejar de trabajar por cuenta propia. Y es que, de los 8.418 autónomos que solicitaron la prestación por cese de actividad, tan solo 1.538 pudieron acceder a ella. En otras palabras: el Gobierno rechazó el 81,72% de las peticiones. Se cotiza por ella, pero no se cobra Pero si el número de autónomos que accedieron a esta prestación fue bajo, no así lo fue el de cotizantes: según los datos oficiales, fueron 501.530 los autónomos que cotizaron por este concepto en todo 2012. Según los datos aproximados que en su momento dieron tanto PSOE como PP, la recaudación por este concepto en 2011 fue superior a los 50 millones de euros, una cantidad muy alejada de los 2,1 millones que el Gobierno asegura haber desembolsado en 2012, lo que deja un saldo positivo cercano a los 48 millones de euros en las arcas del Estado. En este contexto, cabe preguntarse: ¿por qué solo un 18,28% de los solicitantes de esta prestación pudieron cobrarla? Las razones se encuentran en los requisitos redactados en 2010 por el Gobierno del PSOE y mantenidos ahora por el del PP. De entrada, para acceder a la prestación la baja no puede ser voluntaria, sino justificada. El criterio parece lógico, pero, ¿qué se entiende por 'baja justificada'? Es ahí donde empieza el embrollo: según la disposición legal, el cese se justificaría, entre otras cosas, con criterios como "unas pérdidas derivadas del ejercicio de su actividad, en un año completo, superiores al 30% de los ingresos, o superiores al 20% en dos años consecutivos y completos". No obstante, "en ningún caso el primer año de inicio de la actividad computará a estos efectos", con lo que se cuenta a partir del tercer año. No parece fácil pensar que un autónomo que lleve dos años perdiendo dinero aguante dado de alta sólo por acceder a esta prestación, máxime cuando, durante un año, ha tenido que cotizar un 3% de su base para poder optar a esta ayuda y teniendo en cuenta que, como dice la ley, la prestación se extiende durante seis meses en el mejor de los casos, y durante solo dos en el peor. De este modo, si bien el Gobierno anima a los autónomos a dedicar parte de sus impuestos a esta ayuda, lo cierto es que las condiciones para finalmente poder cobrarla (aunque se haya cotizado por ella) son lo suficientemente complejas para que, como decimos, solo un 18,28% de los solicitantes haya podido acceder a la misma. Obligatoria para 2014 No obstante, el problema no acaba ahí, ya que, si en 2011 hubo poco más de 500.000 autónomos que cotizaron para poder optar a esta ayuda, la intención del Gobierno es que pronto lo hagan los poco más de tres millones de autónomos que hay en nuestro país. Así lo ha asegurado en varias ocasiones la ministra Fátima Báñez, desde cuyo ministerio se está trabajando para que la cotización por esta prestación sea obligatoria para todos los autónomos de nuestro país a partir del 1 de enero de 2014. De hecho, es una medida cuya obligatoriedad ya se intentó aplicar a 2013, pero finalmente se desechó por las protestas de numerosos grupos de autónomos, que, a la vista de las cifras, ven en esta prestación un nuevo impuesto, en vez de una ayuda.
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Masde50 01/02/13 18:56
Ha respondido al tema Paga extra de Diciembre.
Te "pertenece en parte" porque lo que has cobrado estando de baja ya incluía la prorrata de pagas extras. A la Seguridad Social se cotiza con las pagas extras prorrateadas y cuando se percibe una prestación de baja también se recibe con la parte proporcional de pagas extras incluida.
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Masde50 01/02/13 18:40
Ha respondido al tema Casi me enchufan un préstamo personal en ING
Pues este de ING es uno de los mejores préstamos. En el 2011 me informaron que tenía preconcedido hasta 58.000 euros. No hice caso. En Agosto me interesó realizar un pago y no quería anular los depósitos por que sólo necesitaba el dinero por 4 días. Probé de disponer del préstamo y en 5 minutos tenía el dinero disponible y la transferencia realizada. Cuatro días después amorticé el préstamo y listos. Sin ninguna comisión. Los intereses de 30.000 euros por 4 días subieron unos 30 euros, pero el desmontar los depósitos y voverlos a contratar a un interés más bajo del que estaban hubiera perdido más. Y da bastante tranquilidad cuando te conectas a la cuenta ver que tienes ese importe disponible "porsiaca".
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Masde50 23/12/12 20:06
Ha respondido al tema ¿Cambios fiscalidad bolsa para 2013?
Vender antes 31/Dic para recomprar en enero: NO es la jugada. El contador del año se ha vuelto a poner a cero. Si tienes acumuladas plusvis y hace menos de un año que compraste y quieres vender antes de que se cumpla el año de la compra: SI te interesa vender antes del 31/12. Luego ya verás si te interesa comprar esas u otras acciones o cambiar de negocio para no pagar marginales del IRPF
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Masde50 04/11/12 13:22
Ha respondido al tema ¿Seguir como autónomo o hacerme SL?
A mi me salen (en Cataluña) 100.000 euros de impuestos para 200.000 de renta. Lo que dices del 85% es la atribución de rentas "como sueldo" o factura del profesional en las Sociedades Profesionales. No hay ninguna norma (y si la hay me la dices) que obligue a repartir el 85% del beneficio como dices en las SL o SA. Hay libertad total en conservar los beneficios como reservas o repartirlos escalonadamente en el tiempo o invertirlos en oficinas para alquilar, por ejemplo. Hay una obligación legal (suspendida hasta 2015) de repartir 1/3 del beneficio siempre que los socios minoritarios lo soliciten. (modo jocoso on) Me da la impresión que eres el funcionario que Hacienda ha puesto en este foro para evitar que la gente se desmadre. ¿Me equivoco? (modo jocoso off) Saludos cordiales.
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Masde50 03/11/12 20:17
Ha respondido al tema ¿Seguir como autónomo o hacerme SL?
Voy a poner un ejemplo (extremo) de la diferencia de pagar impuestos al marginal del IRPF o pagarlos con una SL. Beneficio bruto de la actividad: 2012 200.000 euros 2013 22.800 euros 2014 22.800 euros 2015 22.800 euros 2016 66.000 euros (y siguientes) Como autónomo el año 2012 te sablean 100.000 euros de impuestos y te quedan para ti 100.000. Los otros tres años pagas unos 4.200 euros. En esos 4 años has pagado 113.000. Como sociedad tienes asignado un sueldo de 22.800 euros. De ese sueldo pagarás en IRPF 4.200 euros cada año. Del beneficio 2012 pagarás de ISOC 44.300 y los otros años nada. Ahora sacamos los 133.300 euros de reservas del primer año como dividendos de la siguiente forma: 33.325 cada año de 2012 a 2015. Coste fiscal de los dividendos de cada año: 1500 x 0% + 4500 x 21% + 18000 x 25% + 9325 x 27% = 7.963 euros cada año. Total Impuestos de los cuatro años con esta opción: 44.300 + (4.200+7.963) x 4 = 92.951 Euros Ahorro fiscal: 113.000-92.951 = 20.049 Euros Coste de llevar la S.L.: ? En resumen: la S.L. te puede dar algo de flexibilidad fiscal si tus ingresos fluctúan año a año. También sirve para acometer inversiones futuras que tengan carácter empresarial por que en ese caso te ahorras los impuestos de pagar dividendos y pasar el dinero por tu cuenta particular. No se si me he explicado bien. Nota: para los que la ensalada de números les ha impedido leer el post, se puede resumir diciendo que la escala progresiva del IRPF penaliza mucho obtener ingresos no estables año a año. El año que ganas mucho te crujen con hasta un 56% (Cataluña) y el que no ganas lo suficiente no te compensan nada.
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