Acceder

Participaciones del usuario Miguel999 - Economía

Miguel999 02/03/22 19:57
Ha respondido al tema Parece que ha quedado gente sin actualizar segun ingresos de 2020 - Ingreso mínimo vital
Me parece que lo más pragmático que puedo hacer es solicitar cita presencial, con la SS, para otra cosa distinta que el IMV, o para solicitarlo; pedir cita para solicitar el IMV por primera vez.... y tratar el tema... porque me parece que ese formulario no es nada? desde luego no es una reclamación previa, y no está identificada de ninguna manera...
Ir a respuesta
Miguel999 02/03/22 19:18
Ha respondido al tema Parece que ha quedado gente sin actualizar segun ingresos de 2020 - Ingreso mínimo vital
Hola, esa página es adecuada para adjuntar documentación complementaria, de una reclamación previa / formulario de ALEGACIONES: realizada presencialmente,  una vez adjuntada documentación (a través de el registro) anteriormente; a sumar a la mencionada reclamación. Cabe la posibilidad que sea un error utilizar distintos medios para agregar documentación para una misma reclamación previa??? consiguiendo duplicar reclamaciones???  o cualquier otro error, en la tramitación de la comentada reclamación????
Ir a respuesta
Miguel999 01/03/22 02:53
Ha respondido al tema Cobrando RMI me exigen que pida RAI y aporte la negativa a mi solicitud
Si ha pasado un año, desde que cobraste la RAI por última vez, tienes derecho a un segundo o tercer periodo de 11 meses de RAI, seguramente lo puedas hacer de forma presencial. Las rentas autonómicas con subsidiaria de las de el SEPE, con lo que, si no solicitas la RAI, te extinguirán el RMI. Haz tus cálculos; ten en cuenta, que la RAI, te la van a restar a tu cuota de IMV a la hora de calcular tu cuota de el IMV, tras una actualización, de forma integra. 
Ir a respuesta
Miguel999 12/02/22 17:29
Ha respondido al tema Hilo para aquellos que han visto reducido el IMV por haber cobrado la RAI en 2020. - Ingreso mínimo vital
No, no hay ley que ordene que has de solicitar la RAI, antes de el IMV, si tienes derecho a la primera, eso se aplica a las rentas autonómicas que son subsidiarías de las prestaciones de el SEPE. La obligación a solicitar la RAI no existe en ley ninguna, tan solo como condición a la hora de solicitar rentas autonómicas, y a la suspensión de las mismas, si no solicitas la RAI, que te pertenece en un periodo determinado, y aún en ese caso, si no la quieres solicitar, no la solicitas.La RAI y el IMV son compatibles: puedes cobrarlas a la vez, realizando la diferencia entre ambas, para que al año siguiente, te la resten de el IMV al ser tomada la RAI como ingresos.
Ir a respuesta