Acceder

Participaciones del usuario Paloi - Fiscalidad

Paloi 23/08/23 23:05
Ha respondido al tema Residencia fiscal en el extranjero y depósito en España
Yo he hecho depósitos de bancos italianos en Raisin.es mientras trabajaba en UK durante 2017 y 2018, aunq en realidad hacía la declaración (de residente) en España por los ahorros y propiedades q tenía en España, además tenía la familia en España y venía casi todos los fines de semana. Al iniciar los depósitos el banco depositario te pide un certificado de residencia fiscal q puedes conseguir en la web de hacienda con el certificado digital, el cual tb renovaba cada 3 años.Cuando permanezco en Europa por más tiempo y sólo voy a España cada 2 o 3 meses, suelo tener todos los productos bancarios en la dirección de mis padres y ellos me informan cuando llegan cartas o sobres de los bancos. Supongo q esto tb es importante para dar los pasos q quieres dar, abrir nuevos productos bancarios con una dirección española.De todas formas, si acabas encontrando impedimentos con Raisin.es puedes ir a su versión británica: https://www.raisin.co.uk/savings-accounts/Veo q ahora tienen productos más exóticos q en el 2017 o 2018, q de hecho creo q fue cuando tb empezó Raisin UK. En aquel momento creo recordar q tenían bancos algo diferentes a los de Raisin.es, pero solían ser bancos europeos. Ahora por Raisin UK veo bancos más exóticos, aunq parece q su oferta sigue estando bajo el amparo del fondo de garantía de depósitos británico (85k GBP)... y la categorización comercial de los productos es un tanto diferente:Fixed Rate Bonds (supongo q es renta fija-deuda privada y luego Notice Accounts, que parece más bien como depósitos a corto plazo (3-4 meses) q se renuevan de forma indefinida y permiten disponer del dinero una vez transcurrido el plazo inicial. Todo esto son elucubraciones ... pq parece q ha cambiado Raisin UK.
Ir a respuesta
Paloi 18/10/22 15:09
Ha respondido al tema Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos
Hola Carlos,  Las dudas q tu planteas son las q menos deberían preocuparte en este momento.  Según el escenario q cuentas, tu mujer va a ser contratada por una empresa holandesa. Así q primero intentar determinar si se puede acoger a esto:https://www.expatica.com/nl/finance/taxes/the-dutch-30-ruling-explained-101641/  Segundo, si la cosa se consolida, pues puede solicitar el registro matricular en el consulado español de Amsterdam, q anularía su empadronamiento en España y pasaría a figurar como residente en Holanda, en la dirección donde se registre en el ayuntamiento de Holanda (en Holanda a empadronarse lo llaman registrarse)... pero ojo, si va a pedir la exención fiscal, es muy importante q NO se registre con antelación en el ayuntamiento de Holanda antes de haber empezado a trabajar.... lo cual es un la situación del huevo y la gallina, pq para empezar a trabajar necesita un número fiscal, el cual consigue al registrarse en el ayuntamiento. Hay un procedimiento especial para conseguir un número fiscal de no residente, para no quedar excluida del 30% ruling.   En cualquier caso registrarse en el consulado español sólo sirve para 2 cosas: - Votar - Traerse un coche de vuelta a España, cuando vuelva y no tener q pagar de nuevo impuesto de matriculación por el coche (tras 1 año en Holanda al menos, y 6 meses como dueña del coche).. Supongo q sirve para algo más, pero son cosas menores... aunq es una prueba de tu residencia en el extranjero. Yo sólo me he registrado 2 de las 4 veces, y lo de votar funciona últimamente muy mal (creo q sólo he conseguido votar 1 vez), así q sólo lo hago cuando tengo coches holandeses.  Yo os aconsejaría q luego cuando ya esté trabajando os ocuparais de los temas fiscales españoles, pero vamos q eso sólo cuando os toque el IRPF de española y tengáis q ver si podéis hacer declaración conjunta o no ... y esos temas. La dirección de residencia fiscal en España se cambia en 5 minutos en el portal de la AEAT/Agencia tributaria, con el certificado digital. Así q lo q tenéis q asegurar por ahora es q tiene un certificado digital en vigor y q podéis entrar a la web de la agencia tributaria con este certificado y ver sus datos fiscales.   En cualquier caso, todo esto es insignificante, en comparación con la cantidad de cosas q os tendréis q ocupar ahora si ella se va trasladar a Holanda: Buscar casa (esto según la zona, puede ser un infierno), mirar como va el tema del transporte, coches, etc ...  Yo he vivido en Holanda en 4 periodos diferentes desde el año 2001 (es decir q me he ido 3 veces, y siempre vuelvo, soy reincidente) y siempre he hecho la declaración de impuestos en España. Estoy en una situación especial, q se llama privilegiada, pq casi siempre he trabajado para un organismo internacional y puedo conservar la residencia fiscal de mi país de origen.  Así q siempre hago la declaración de España pq tenía un piso alquilado en Madrid ...  Como te he dicho, por ahora preocuparos del tema de los impuestos en Holanda, la casa, el transporte (los vuelos ahora están muy caros), etc ...  y más adelante ya miráis lo de España, q es muy fácil.Intentar conseguir lo del 30% en Holanda puede marcar una diferencia importante en la aventura laboral en Holanda… tb no sólo reduce la carga fiscal sobre las rentas del trabajo sino tb sobre las posiciones del ahorro/inversión q tenga tu mujer en cualquier lado del mundo … si no podría tener q pagar impuestos en Holanda por los ahorros q tenga en cualquier lugar del mundo.
Ir a respuesta
Paloi 17/10/22 16:48
Ha respondido al tema Fiscalidad para un trabajo temporal en Países Bajos
Hola,Entiendo q tu mujer seguirá siendo empleada de la empresa actual, q entiendo q tiene sede en España.En cualquier caso quizás os podíais beneficiar de incentivos fiscales.+ Si tu mujer pasa a ser empleada de una empresa holandesa (o con sede fiscal en Holanda), hay un programa en Holanda (se pasan más años de cada década lamentando q no hay mano de obra suficiente, q diciendo q hay algo de desempleo) para reclutar talento cualificado de otros países (no necesariamente restringido a EU) q por unos años tienes un porcentaje de tu salario libre de carga fiscal:https://www.expatica.com/nl/finance/taxes/the-dutch-30-ruling-explained-101641/Pero es muy importante seguir los procesos para poder beneficiarse de esto, y que el nuevo empleador colabore en esto, reclutándote desde fuera y justificándolo bien (el nuevo empleado tiene q tener un salario mínimo medio y cierta formación/cualificación). Es decir es un programa para atraer mano de obra cualificada, no para trabajos básicos, aunq ahora mismo tb hace falta gente en todos los sectores, llevamos ya más de medio año con una situación lamentable en los aeropuertos holandeses.+ Si tu mujer sigue siendo empleada de la empresa española tb la administración fiscal española tiene un programa para alentar q empresas y empleados españoles desarrollen actividad fuera ... y no sé si era algo así como q los primeros 60k de tu salario anual ganado en el extranjero (pero pagado por tu empresa española) está libre de impuestos, o del IRPF español:https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/04/04/legal/1522840448_533960.htmlhaz una búsqueda con: artículo 7 irpf 60.100€ exención extranjeroy encontrarás mucho material.De nuevo necesitas q tu empleador lo gestione bien para no quedarse sin este incentivo ... y si no quiere colaborar e ignora esto, os tocará guiarles porque no aplicar esto es en cierto modo romper con el marco legal q regula esto.
Ir a respuesta
Paloi 21/06/21 00:50
Ha respondido al tema Declarar venta de acciones 123 Banco Santander en renta
Hola a todos,Veo q este hilo es del 2017, así q supongo q ya os enfrentasteis a este confuso tema entonces porque vendisteis acciones en el 2016.Yo vendí mis acciones y las de mi familia de las cuentas de Santander123 a final del año 2020, así q me toca hacer la declaración ahora. Las de Openbank123 aun no las he vendido.El caso es q la declaración de mis padres es más fácil, porque sólo tenían 2 cada uno, pero en mi caso me daban las acciones máximas q daban por el consumo máximo con las tarjetas de crédito. No se si eran 4 acciones cada trimestre, con lo cual el tema de computar el precio al q te han dado cada acciones se convierte en muy laborioso, y no tengo extractos de cada una de las entregas para reflejar un valor más a menos aproximado... Por otro lado en la página del borrador web, he visto el apartado de gestión de carteras que mencionáis, y efectivamente allí en el caso de mis padres hay error, porque falta el registro inicial de cuando se adquirieron las acciones. Si lo añado y pongo un precio aproximado ya pasa a estar todo en verde y esos datos se integran en su declaración.El caso es q hay 2 cosas q yo no acabo de entender:1-. Si las acciones nos las regalaron, como precio de adquisición porque tenemos q poner algo diferente a precio 0€?2-. Si esto no es así, y hay q poner el precio original, no habría q haber declarado estas acciones en el momento o año fiscal en el q nos las dieron?Es que a mi se me hace un poco fuerte decir ahora q he vendido acciones por un valor total de 110€ (es decir igual tenía como 45 acciones)... q no había declarado en años previos. No me va a decir hacienda y esas acciones de donde han salido?El caso es q en los años previos, yo declaré los datos q venían incorporados directamente de los productos bancarios q tenía con Banco Santander ... como los otros bancos españoles ... sólo añadía a mano los intereses generados por productos de ahorro en cuentas en el extranjero como las de Raisin.En estos datos fiscales de los últimos años para la declaración el IRPF modelo 100, vi q aparecían reflejados ingresos por el cobro dividendos por esas acciones, o por la venta de derechos de suscripción ... pero no la entrega inicial en sí q me hizo el banco de Santander en cada trimestre ... creo q aquí algo se me escapa, quizás esto último no era necesario ....Tampoco me importaría mucho declararlas como si las hubiera comprado a 0€ y haber percibido un rendimiento neto de 110€ al venderlas y pagar impuestos por esta cantidad ... aunq no sea un número tan pequeño de acciones, su ínfimo valor cuando las vendí, esos 110€ de ingresos es poca cosa, no creo q me vaya a cambiar mucho la carga tributaria.Bueno quedo a la espera de vuestros consejos yq me contéis como acabó esto en las declaraciones q hicisteis en años previos.
Ir a respuesta
Paloi 16/11/16 20:23
Ha respondido al tema Pago impuestos trabajo en Gibraltar
Hola a Todos, Yo estoy negociando empezar a trabajar con una empresa de Gibraltar.... ahora vivo en Valencia, y a los pocos meses se mudaría allí el resto de la familia, porque lo de hacer conmuting los fines de semana ... hasta q no tenga mi propio avión como q no da tiempo. Volviendo al tema, supongo q viviríamos en la Línea de la Concepción o una zona residencial hacia el Este, por tanto residencia en territorio español. Así que por lo que habéis comentado, los ingresos por las rentas del trabajo en Gibraltar deberían taxarse tb según el IRPF español. Lo q me llama la atención, es q según me han comentado el gobierno de Gibralar tb tasa estos ingresos, de forma laxa, algo así como q al 20%, pero en cierto modo presiento q mis rentas del trabajo estarían expuestas a una doble tasación (o a tasación y media porque una es muy ligera), no? Y claro, según me huele lo q comentáis de las exclusiones de los paraísos fiscales, Gibraltar es parte de las tensión política entre España y UK, y no hay mucho interés en considerar la doble tasación para los residentes en España q trabajan en Gibraltar, no?
Ir a respuesta
Paloi 08/04/16 00:38
Ha respondido al tema Deducción por alquiler. Duda al tener alquiler con mi mujer - Deducción por alquiler de vivienda habitual
Yo hice el contrato de alquiler a nombre de los dos, mi novia y yo. Ahora ella no trabaja, porque se dedica a nuestra pequeña hija por completo, luego no tiene ingresos, pero como no estamos casados entendí q no podía hacer la declaración conjunta. Con esto quiero decir q el alquiler lo pago entero de mi sueldo (porque ella no trabaja). Este año me devolvieron la declaración, y tras pedirme contrato de alquiler, la rectificaron, aludiendo entre otras cosas, q yo sólo podía deducirme por la mitad del alquiler, porque el contrato estaba a nombre de los dos. Les dije q la pagaba yo entera, pero esto no sirvió de nada, solo aceptan la mitad de la deducción. Así q este año intentaré hacer una declaración conjunta, aunq dudo q la acepten, son más fuertes q mi alergia a las bodas.
Ir a respuesta
Paloi 29/04/15 17:22
Ha respondido al tema Me regalan una furgoneta, ¿qué impuestos he de pagar?
Creo q desde hace un tiempo, el cálculo de este valor del impuesto de Transmisiones Patrimoniales no esta referido a lo q pongas el contrato (se solía poner una cantidad simbólica como 10€ o 1000pts, pero no 0,0) sino a unas tablas definidas por hacienda, independientemente del estado del vehículo, las cuales no te costará mucho encontrar contando con la ayuda de google. Así q si te puedes evitar el doble cambio de titular, mejor.
Ir a respuesta